Ordenanza Municipal N° 07/2026/2026
RATIFICACION CONVENIO COMODATO- SITRAVICH-
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HLD.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
ORDENANZA N° 07/2026
TEMA: RATIFICACIÓN CONVENIO COMODATO
VISTO: La solicitud realizada por el Sindicato de Trabajadores Viales Provinciales
del Chubut - SI. TRA.VI.CH, CUIT. N° 30-62946841-9, (Expte. N° 33/2026), y
CONSIDERANDO:
Que, dicha entidad
solicita al Municipio un terreno para realizar un desarrollo
deportivo, cultural y recreativo que incluye: a) construcción de una cancha de fútbol
reducido; b) playón deportivo; c) canchas de tejo; d) baños; y e) un quincho, entre
otras instalaciones, para el uso de sus afiliados conforme a objetivos establecidos
en su Art. 3 Capítulo Il de su Estatuto.
Que, la Municipalidad es propietaria de un inmueble identificado catastralmente
como Cir. 3 - Sector 5 - Chacra 18 - Parcela 27, en el sector denominado Valle
Chico, y en tal carácter da en préstamo la superficie aproximada de 1 ha. 47 as. 07
ca. 23 dms2, conforme el croquis que como Anexo I forma parte de la presente.
Que, es obligación del Municipio velar por el bien común.
Que, por medio de éste tipo de políticas públicas el Gobierno Municipal está
cumpliendo con lo dispuesto en el "Titulo II. Gobierno Municipal. Competencias Art.
233 inc. 1 y 8, de la Constitución Provincial".
Que, asimismo la Constitución Provincial en su Título I, Sección II, Capítulo II
Derechos Sociales "Al Deporte" establece en su Art. 32 "Todo habitante tiene
derecho a acceder libre e igualmente a la practica del deporte de su preferencia. El
estado promueve los deportes cuyas características se vinculen a las
particularidades culturales, ecológicas y geográficas de la región".
Que, en un todo de acuerdo a la importancia que tiene el desarrollo del deporte y
espacios de recreación, en Departamento Ejecutivo con fecha 26/01/2026 suscribe
Convenio de Comodato con el "Sindicato de Trabajadores Viales Provinciales del
Chubut - SI.TRA:VI.CH por una superficie aproximada de 1 ha. 47 as. 07 ca. 23
dms2. que es parte del inmueble mencionado anteriormente:
Que, la Comisión de Asuntos legales del HCD, decide emitir despacho favorable.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI, N° 46, sanciona la
presente:
ORDENANZA
ART. 1°: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar convenio de
préstamo de uso gratuito con el Sindicato de Trabajadores Viales Provinciales de
H. Concejo Deliberante
De Esquel
Chubut por una superficie aproximada de 1 ha. 47 as. 07 ca. 23 dms2. Que es parte
del inmueble identificado catastralmente como Cir. 3 - Sector 5 - Chacra 18 -
Parcela 27 en el sector denominado Valle Chico, por el plazo de diez (10) años.
ART. 2º: RATIFIQUESE en todos sus términos el Convenio de Préstamo de Uso
Gratuito celebrado entre la Municipalidad de Esquel y el Sindicato de Trabajadores
Viales Provinciales del Chubut - SI.TRA.VI.CH, CUIT. N° 30-62946841-9, por una
superficie aproximada de 1 ha. 47 as. 07 ca. 23 dms2. Que es parte del inmueble
identificado catastralmente como Cir. 3 - sector 5 - Chacra 18 - Parcela 27 en el
sector denominado Valle Chico, conforme croquis que como Anexo I se agrega a la
presente.
ART. 3°: Regístrese, comuníquese y cumplido, archívese.
Esquel, 13 de marzo de 2026.-
Mariano Palma
Secretario Legislativo
H. Concejo Deliberante
Héctor Rubén Álvarez
Presidente
H. Concejo Deliberante
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 1° Sesión ordinaria del 2026, bajo
Acta N° 04/2026, registrada como Ordenanza N° 07/2026.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal,) regístrese, dese al Boletín
Municipal ? cumplido archívese.
SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA 26
de marzo de 2026.
JUAN M. RIPA
SECRETARIO GRAL DE INTENDENCIA
MUNICIPALIDAD DE E?QUEL
Matiask. Tacceita
intendente
Municipalidad de Esquel
'ANEXO_
ORD. N° 07/2026
A FOLIO N$.
D.
r.F +
CONVENIO
Municipalidad", por una parte, y por la otra el SINDICATO DE TRABAJADORES
VIALES PROVINCIALES DEL CHUBUT - SI.TRA.VI.CH, CUIT. N° CUIT. 30-
62946841-9, Personería Gremial otorgada por Resolución N° 894 de fecha 21/10/2005 inscripta
en el registro respectivo bajo el N° 1710, Legajo 5299, representado en este acto por el Sr.
Luis Emanuel SUAREZ IBANEZ, DNI. N° 32.801.245, con domicilio en Av. Fontana
N° 301 de esta ciudad, en adelante "El Sindicato", convienen en celebrar el presente
convenio, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones: -_.
PRIMERA: "La Municipalidad" en su carácter de propietaria del inmueble identificado
catastralmente como Circunscripción 3, Sector 5, Chacra 18, Parcela 27, da a "El
Sindicato" y éste acepta de conformidad, en préstamo de uso gratuito una superficie
aproximada de 1 ha. 47 as. 07 ca. 23 dms.2, en el estado y con los límites que surgen del
croquis adjunto, que como Anexo I forma parte del presente, en adelante "La Fracción
"El Sindicato" acepta y se obliga a: 1) Respetar la duración y objeto del Comodato. 2)
Conservar y respetar la delimitación del predio dado en préstamo. 3) Cumplir con todas
las medidas de seguridad establecidas por la normativa vigente. -
SEGUNDA: "El Sindicato" acepta y se compromete a dar a "La Fracción Del Terreno"
un fin exclusivamente orientado a la realización de un desarrollo deportivo que incluye:
a) la construcción de una cancha de fútbol once y/o fútbol reducido, b) playón deportivo.
c) canchas de tejo, d) baños, e) un quincho, entre otras instalaciones. En caso de
contravención a lo aquí dispuesto, "La Municipalidad" puede
inmediata de la cosa prestada, y la reparación de los daños y perjuicios. ----
TERCERA: El presente convenio tendrá una vigencia de diez (10) años, contados a
partir de la correspondiente ratificación por parte del Honorable Concejo Deliberante de
nuestra ciudad, El plazo asignado al comodato es perentorio, se opera por el simple
vencimiento del mismo, sin que sea necesario que medie interpelación judicial o
extrajudicial alguna. Pudiendo renovarse por igual periodo, previo acuerdo entre las
partes. En adelante se denomina al objeto del presente convenio "La Fracción Del
Terreno". --
CUARTA: Queda expresamente prohibido a "El Sindicato" cambiar el destino de "La
Fracción del Terreno",
", como asimismo agregar personas físicas o jurídicas en calidad de
comodatarios, transferir, ceder, comodatar o sublocar de forma total o parcial.
permanente o temporaria "La Fracción Del Terreno", bajo pena de rescisión inmediata
del presente Convenio de Comodato. —…....
Toda actividad que no encuadre dentro de las especificaciones de la cláusula segunda
sobre el inmueble y que "El Sindicato" desee incorporar, deberá contar con autorización
expresa y previa emitida por "La Municipalidad", —
QUINTA: "El Sindicato" declara conocer el buen estado de "La Fracción Del Terreno"
objeto del comodato, obligándose a efectuar todas las mejoras necesarias para su
mantenimiento y a restituirlo en perfecto estado de conservación. "El Sindicato" se hará
cargo por sí o por terceros de las obras necesarias para adecuar la superficie cedida en
comodato gratuito a las necesidades del proyecto a llevar a cabo. Asimismo "EI
DIRECCIÓN TIERRAS FISCALES
Sindicato" tendrá a su exclusivo cargo el pago -desde la efectiva entrega del inmueble y
MUNICIPALFAnE ESQUEpOr el término del presente comodato- de los servicios e impuestos. y tasas quic
correspondan al inmueble cedido en comodato. La efectivanentrega del inmueble se
formaliza mediante la firma del "Acta de Entrega" respectiva./ Concluido el convenio por
ARO TAN PER SARA eStituir "La
cualquiera de las causales de extinción previstas en el presente, "El Sindicato" deberá
Fracción Del Terreno" indefectiblemente con todas las mejoras
PENSAMOR DErSO La Municipalidad".
apenas pomuintroducidas, y ubre de ocupantes, s?n derecho a reclamo alguno por ningún concepto a
st
Luis Emanuel SUAREZ IBAÑEZ ar. Marieno Palma
Secretaria General
Cecretario Legislativo
mondente
SI.THA.VI.CH.
H. Concejo Deliberante Remopalidad do Esquel
Ciudad de Esque!
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