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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 17/2026/2026

Fecha de Sanción: 2026-03-13
Fecha de Promulgación: 2026-04-07
Ciudad: Esquel, Chubut

CONDONACION Y EXIMICION DE DEUDA IMPUESTO INMOBILIARIO

CONDONACION Y EXIMICION IMPUESTO INMOBILIARIO-SRA. YOLANDA PILAR ALVAREZ-

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

H. Concejo Deliberante Esquel ORDENANZA NO 17/2026 TEMA: CONDONACIÓN Y EXIMICIÓN DEUDA DE IMPUESTOS INMOBILIARIOS VISTO: La presentación realizada por la Sra. Álvarez Yolanda Pilar (Expte.403/25) CONSIDERANDO: Que, la Sra. Álvarez solicita la condonación de la deuda que mantiene con la Municipalidad de Esquel en concepto de impuestos inmobiliarios. Dicha solicitud la formula en su carácter de jubilada. Que, en el expediente de referencia se encuentran debidamente acreditada la condición de jubilada de la Sra. Álvarez. Que, a través de la Ordenanza NO 201/23, en su Art. 98 Inc. 8 y sus modificatorias, establece que, tanto las personas jubiladas y/o pensionadas, como aquellas que habiten la unidad habitacional Con personas con discapacidad, serán exentas del pago del impuesto inmobiliario. Que, dicha exención no es subjetiva, no obra de pleno derecho, por tal motivo, es necesario que la contribuyente, en el mes de diciembre de cada año, realice el trámite de exención de pago del impuesto inmobiliario para el año siguiente, presentando la correspondiente documentación ante el Departamento Ejecutivo, nuevamente deuda alguna sobre el tributo en el que se solicita la exención. Que, la Comisión dé Hacienda del HCD, decide emitir despacho favorable a 10 solicitado por la Sra. Álvarez. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI NO 46, sanciona la presente: ORDENANZA ART. 10: CONDÓNASE a la Sra. Álvarez Yolanda Pilar DNI: 16.121.916, la totalidad de 10 adeudado en concepto de impuesto inmobiliario hasta la fecha de promulgación de la presente ordenanza que recae sobre el inmueble identificado como Objeto 10012496. ART.20: EXIMASE a la Sra. Álvarez Yolanda Pilar DNI: 16.121.916 del pago del impuesto inmobiliario que recae sobre el inmueble mencionado precedentemente desde la fecha de promulgación de la presente Ordenanza hasta el día 31 de diciembre del corriente año; en virtud de encontrarse contemplada en la Ordenanza NO 201/23 y sus modificatorias, en Su art. 98 Inc. 8. ART. C: NOTIFIQUESE a la vecina que, en el mes de diciembre de cada año deberán tramitar la exención del pago del impuesto inmobiliario ante el Departamento Ejecutivo Municipal por encontrarse contemplada Su situación en la Ordenanza NO 201/23 y sus modificatorias. ART. 40 En relación con la deuda que registra con la Municipalidad en concepto de Tasa de Protección Medioambiental, deberá proceder a Su regularización ante la Secretaría de Economía y Desarrollo Productivo de la Municipalidad. ART. 50: Regístrese, comuníquese y, cumplido, archívese. Esquel, 13 de Marzo de 2026.- Dr. Mariano Palma Secretario legislativ H, Concejo Deliberante Presiden le H. Concejo Dada en la sala de Sesiones del H.C.D. en la 10 Sesión ordinaria del 2026, bajo Acta NO 04/2026, registrada como Ordenanza NO 17/2026. POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y cumplido archívese. SECRETARIA GENERAL pe INTENDENCIA: o? deAi*dde2026 WAN M. RIPA DE ESOQEL Matlas F. raccatta Intendente Municipalidad de Esquel