Ordenanza Municipal N° 19/2026/2026
Ordenanza N° 19/2026 - Condonación y Eximición de Deuda de Impuestos Inmobiliarios
-Ordenanza N° 19/2026 - Condonación y Eximición de Deuda de Impuestos Inmobiliarios
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
De Esquel
Vigesim Ani—'o
"Año DEL GOLPE OE ESTACO CLICO VERDAD Y ASTEA
ORDENANZA NO 19/2026
TEMA: CONDONACIÓN Y EXIMICIÓN DEUDA DE IMPUESTOS INMOBILIARIOS
VISTO: La presentación realizada por la Sra. Rosa Blanca González DNI: 17.900.787 (Expte.67/11) y,
CONSIDERANDO:
Que, la Sra. González solicita la condonación y eximición del pago del impuesto inmobiliario; dado que percibe una pensión con los haberes mínimos, siendo el único sostén económico familiar y además cuenta con certificado de discapacidad.
Que, a través de la Ordenanza NO 201/23, en su Art. 98 Inc. 8 y sus modificatorias, establece que, tanto las personas jubiladas y/o pensionadas, como aquellas que habiten la unidad habitacional con personas con discapacidad, serán exentas del pago del impuesto inmobiliario.
Que, la Comisión de Hacienda del HCD, decide condonar y eximir del pago a la Sra. Gonzalez sobre el impuesto inmobiliario, en virtud de las constancias que acreditan en el expediente Su estado de vulnerabilidad económica.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI NO 46, sanciona la presente.
ORDENANZA
ART.IO: CONDONASE a la Sra. González Rosa Blanca DNI: 17.900.787, la totalidad de 10 adeudado a la Municipalidad en concepto de impuestos inmobiliarios hasta la fecha de promulgación de la presente ordenanza. Dicho beneficio recae sobre el inmueble identificado como objeto: 10011535.
ART.20: EXIMASE a la Sra. González del pago del impuesto inmobiliario que recae sobre el inmueble mencionado precedentemente desde la fecha de promulgación de la presente Ordenanza hasta el día 31 de diciembre del corriente año: en virtud de encontrarse contemplada en la Ordenanza NO 201/23 y sus modificatorias, en su art. 98 Inc. 8.
ART. 30; NOTIFICASE a la vecina que, en el mes de diciembre de cada año deberá tramitar la exención del pago del impuesto inmobiliario ante el Departamento Ejecutivo Municipal por encontrarse contemplada Su situación en la Ordenanza NO 201/23 y sus modificatorias
H. Concejo Delibeméte
•Año de
-AÑO aulNcuAGÉSIMO ANIVERSAMO DEL GOLPE DE ESTADO cinco wu•rAR. VERDAD Y -nJSTuNA
ART. 40 En relación con la deuda que registra con la Municipalidad en concepto de Tasa de Protección Medioambiental, deberá proceder a Su regularización ante la Secretaria de Econornía y Desarrollo Productivo de la Municipalidad.
ART. 50: Regístrese, comuníquese y, cumplido, archívese.
Esquel, 27 de Marzo de 2026.-
Dr. Mariano Pa ma
Secretario Legisiatiü
Ciudad de Esquel
Héctor Rubén Álvarez
Presidente
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Dada en la sala de Sesiones del H.C.D. en la 20 Sesión ordinaria del 2026, bajo Acta NO 05/2026, registrada corno Ordenanza NO 19/2026.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y cumplido archívese.
SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA: de de 2026.
JUAN M. RIPA
MUNICIPAL'OAD OE ESQUEL
Matías E Taccetta
Intendente
Municipalidad de Esquel