Ordenanza Municipal N° 25/2026/2026
CONDONACION DEUDA IMPUESTO INMOBILIARIO Y TASA-
CONDONACION DEUDA IMPUESTO INMOBILIARIO Y TASA- SR. ERNESTINO GALVAN-
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
H. Concejo
oa oe ESTACO cívico MILITAR. VõbAO Y TusTICI.A
ORDENANZA NO 25/2026
TEMA: CONDONACIÓN DE DEUDA DE IMPUESTO INMOBILIARIO Y TASA DE
CONSERVACION MEDIOAMBIENTAL
VISTO La presentación realizada por el Sr. Galván Ernestino Zenón (Expte. 17/25) y,
CONSIDERANDO
Que, el Sr. Galván solicita la condonación y eximición del pago del impuesto inmobiliario y
de la tasa de conservación medioambiental.
Que, el Sr. Galván, ha presentado certificación negativa emitida por ANSES y Declaración
Jurada N 768/2025 J.P.E., mediante los cuales ha acreditado Su particular situación de
vulnerabilidad, documentación que obra en el expediente.
Que, mediante Ordenanza NO 69/25 se le ha otorgado el beneficio de condonación y
eximición de la deuda que mantenía por impuestos inmobiliarios y mediante la Ordenanza
NO 377125 se condonó 10 adeudado por tasa de conservación medioambiental; en virtud
de su situación particular:
Que, en la Ordenanza NO 201/23, en su Art. 98 Inc. 11 y, sus modificatorias, establece
que, estarán exentas del pago del impuesto inmobiliario aquellas personas que se
encuentren en situación de desempleo.
Que, la Comisión de Hacienda del HCD, decide condonar y eximir del pago del impuesto
inmobiliario yde la tasa de conservación medioambiental al Sr. Galván
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL
en uso de las atribuciones y facultades que le confiere la Ley XVI, NO 46 sanciona la
presente;
ORDENANZA
ART.IO: CONDONASE al Sr. Galván Ernestino Zenón DNI: 14.743.500, la totalidad de 10
adeudado a la Municipalidad en concepto de impuestos inmobiliarios y tasa de
conservación medioambiental, hasta la fecha de promulgación de la presente Ordenanza.
Dicho beneficio recae sobre el inmueble identificado como objeto: 10015029.
ART. 20 EXIMASE al Sr. Galván Ernestino Zenón DNI: 14.743.500 del pago del impuesto
inmobiliario y tasa de conservación medioambiental que recae sobre el inmueble
mencionado precedentemente desde la fecha de promulgación de la presente Ordenanza
hasta el dia 31 de diciembre del corriente año
ART. 30: NOTIFICASE al vecino que, en el mes de diciembre de cada año deberá tramitar
la exención del pago del impuesto inmobiliario ante el Departamento Ejecutivo Municipal
por encontrarse contemplada su situación en la Ordenanza NO 201/23 y sus
modificatorias.
ART. 40: Regístrese, comuníquese, y cumplido, archívese.-
Esquel, 27 de marzo de 2026.
H. Deliberante
Esquel
Da QUINCUAGÉSIMO ANIVERSARIO KLPE civrco MILITAR. MEMORIA. VERDAD y
Dr. Mariano palma
Secretario Legislativo
H Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Héctor Rubén AJvarez
Presidente
H Concejo
Ciudad Esque,'
Dada en la Sala de Sesiones det H.C.D. en la 20 Sesión Ordinaria del 2026, bajo Acta NO
05/2026, registrada como Ordenanza NO 25/2026.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal
y cumplido, archivese_
SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA: Lde AL-,4 de2026.
JUAN RIPA
SECRETARIO GRAL
MUNICIPALIDAD OE ESQUEL
Matías F. Taccetta
Intendente
Municipalidad de Esquel