Ordenanza Municipal N° 29/2026/2026
CONDONACION Y EXIMICION DE DEUDA IMPUESTO INMOBILIARIO-
CONDONACION Y EXIMICION DE DEUDA IMPUESTO INMOBILIARIO-SR. VALENTIN CONTRERAS-
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
H. Concejo
"AÑO DEL A p avERSAR'O DEL GOLPE civlco MILITAR MEMORIA, VEROAO Y JUSTICIA
ORDENANZA NO 29/2026
TEMA: CONDONACIÓN Y EXIMICIÓN DEUDA DE IMPUESTOS INMOBILIARIOS
VISTO: La presentación realizada por el Sr. Contreras Valentin DNI 10.657.441
(Expte. 08/26) y,
CONSIDERANDO:
Que, el Sr. Contreras solicita la condonación de la deuda que mantiene con la Municipalidad de Esquel en concepto de impuestos inmobiliarios, dado que el mismo es pensionado y presenta certificado único de discapacidad.
Que, el Código Tributario Municipal, en Su Art. 98 establece que, se encuentran exentos del pago del impuesto inmobiliario la unidad habitacional en donde residan personas con discapacidad debidamente certificada.
Que, por todo 10 expuesto, la comisión de Hacienda del HCD, decide emitir despacho favorable.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI NO 46, sanciona la presente:
ORDENANZA
ART. 10: CONDÓNASE al sr. Valentin Contreras DNI 10.657.441, la totalidad de lo adeudado en concepto de impuesto inmobiliario, hasta la fecha de promulgación de la presente ordenanza que recae sobre el inmueble identificado como Objeto 10001450, en virtud de lo establecido en el art. 98 de la Ordenanza NO 201/23.
ART.20: EXÍMASE al Sr. Valentin Contreras DNI 10.657.441, del pago del impuesto inmobiliario, hasta el mes de diciembre del corriente año, por el inmueble identificado en el artículo precedente, en virtud de lo estipulado en el Art. 124 de la Ordenanza NO 201/23.
ART. 30: NOTIFÍQUESE al Sr. Contreras que, en el mes de diciembre de cada año deberá realizar los trámites de exención de pago sobre el impuesto inmobiliario ante el Departamento Ejecutivo Municipal por encuadrar dentro de lo establecido en el Art. 124 de la Ordenanza NO 201/23.
ART. 40: En relación con la deuda que registra con la Municipalidad en concepto de Tasa de Protección Medioambiental, deberá proceder a su regularización ante la Secretaría de Economía y Desarrollo Productivo de la Municipalidad.
ART. 50: Regístrese, comuníquese y, cumplido, archívese.
Esquel, 27 de Marzo de 2026.-
H. Concejo Deliberante
Esquel
"AÑO DEL ANIVERSARIO GOLPE OE ESTADO chaco WLITAR. VERDAD Y JOSTEIA
D. Mario Palma
Secretario Legislativo
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Héctor Rubén Álvarez
Presidente
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Dada en la sala de Sesiones del H.C.D. en la 20 Sesión ordinaria del 2026, bajo Acta NO 05/2026, registrada como Ordenanza NO29/2026.
POR TANTO: Téngase Como Ordenanza Municipal, regístrese, dés al Boletín Municipal y cumplido archívese
SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA: de AL 4 de 2026.
JUAN RIPA
SECRETARIO
MUNICIPALIDAD DE ESQUEL
Matías F. Taccetta
Intendente
Municipalidad de Esquel