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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 31/2026/2026

Fecha de Sanción: 2026-03-27
Fecha de Promulgación: 2026-04-16
Ciudad: Esquel, Chubut

CONDONACION Y EXIMICION DE DEUDA-

CONDONACION Y EXIMICION DE DEUDA-SRA. DORILA SANCHEZ-

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

H, Concejo -AÑO At•zvERSARIO t,EL gmPE SE ESTADO civxco M.ll_xrn. Y iusnaA ORDENANZA NO 3112026 TEMA: CONDONACIÓN Y EXIMICIÓN DEUDA VISTO: La presentación realizada por la Sra. Dorila Sánchez (Expte. 278/2025) y, CONSIDERANDO: Que, la Sra. Sánchez solicita la condonación y eximición del pago del impuesto inmobiliario, fundando Su petición en que Su único ingreso corresponde a una jubilación mínima. Que, el inmueble en el que actualmente reside la vecina se encuentra registrado a nombre del Sr. Bahamondes Elías, quien en vida fuera su concubino, vínculo que se encuentra acreditado mediante las Ordenanzas NO 33/12, 216/14 y 212/25. Que, a través de la Ordenanza NO 201/23, en su Art. 98 Inc. 8 y sus modificatorias, establece que, tanto las personas jubiladas y/o pensionadas, como aquellas que habiten la unidad habitacional con personas con discapacidad, serán exentas del pago del impuesto inmoblliario. Que, dicha exención no es subjetiva, no obra de pleno derecho, por tal motivo, es necesario que la contribuyente, en el mes de diciembre de cada año, realice el trámite de exención de pago del impuesto inmobiliario para el año siguiente, presentando la correspondiente documentación ante el Departamento Ejecutivo, no existiendo deuda alguna sobre el tributo en el que se solicita la exención. Que, existiendo deuda al dia de la fecha, corresponde al Concejo Deliberante contemplar la posibilidad de condonar la misma y, eximirla del pago hasta el 31 de diciembre del corriente a los fines que la contribuyente pueda en este último mes realizar los trámites correspondientes para el otorgamiento del beneficio de exención mencionado con anterioridad. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones y facultades que le confiere la Ley XVI NO 46 sanciona la presente: ORDENANZA ART.IO• CONDONASE a la Sra. Dorila Sánchez DNI: 5.996.185, la totalidad de 10 adeudado a la Municipalidad en concepto de impuestos inmobiliarios hasta la fecha de promulgación de la presente ordenanza. Dicho beneficio recae sobre el inmueble identificado como objeto: 10002593 (Titular: Bahamondes Elías). ART.20: EXIMASE a la Sra. Sánchez del pago del impuesto inmobiliario que recae sobre el inmueble mencionado precedentemente desde la fecha de promulgación de la presente Ordenanza hasta el día 31 de diciembre del corriente año; en virtud de encontrarse contemplada en la Ordenanza NO 201/23 y sus modificatorias, en su art. 98 Inc. 8, ART. 30: NOTIFICASE a la vecina que, en el mes de diciembre de cada año deberá tramitar la exención del pago del impuesto inmobiliario ante el Departamento Ejecutivo Municipal por encontrarse contemplada su situación en la Ordenanza NO 201/23 y sus modificatorias. H. Deliberante Esquel "AÑO «mztJAsÉSINO ANIVERSARIO oa OE ESTADO cinco NEMORIA. VõDAb Y ART. 40: En relación con la deuda que registra con la Municipalidad en concepto de Tasa de Protección Medioambiental, deberá proceder a Su regularización ante la Secretaria de Economía y Desarrollo Productivo de la Municipalidad. ART. 50:Regístrese, comuníquese, y cumplido, archívese. Esquel, 27 de marzo de 2026. Mariano Palma Secretario H. Deliberante Ciudad Esquel Héctcw Ru bén Álvarez Presidente H. Concejo Deliberante Ciuda de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 20 Sesión Ordinaria del 2026, bajo Acta NO 05/2026, registrada como Ordenanza N031/2026. POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y cumplido, archívese. SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA. de de 2026. JUAN RIPA SECREIAE NTENOENCIA DE ESQEL Matías F. Taccett2 Intendente Municipalidad de Esquel