Ordenanza Municipal N° 134/2026/2026
CREACION CONSORCIO INCENDIOS FORESTALES B° PERCY-CONCEJAL ESCALONA
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del Centésimo Vigésimo Aniversario de la Ciudad de Esquel"
"AÑO DEL QUINCUAGÉSIMO ANIVERSARIO DEL GOLPE DE ESTADO CÍVICO MILITAR, MEMORIA, VERDAD Y JUSTICIA"
ORDENANZA N°134/2026
TEMA: CREACIÓN DE CONSORCIO DE INCENDIOS FORESTALES EN B° RIO
PERCY
VISTO: La Ley Nacional N° 27.287 de creación del sistema nacional para la gestión
integral del riesgo y la protección civil, la 26.815 de presupuestos mínimos de
protección ambiental en materia de incendios forestales y rurales en el ámbito de!
territorio nacional, la Ley Provincial XIX- N° 32 de manejo del fuego e incendios
forestales o rurales en Chubut, XVI - N° 46, la Ordenanza 121/19, la 112/23 la
ocurrencia temporada de incendios forestales y de interfase (expte. 382/24) y,
CONSIDERANDO:
Que, la Nacional N° 27.287 crea el Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo
y la Protección Civil con financiamiento para acciones de prevención.
Que, la Ley Provincial XIX-N°32 faculta a la autoridad de aplicación a promover la
formación de Consorcios para la prevención y el ataque inicial de incendios forestales
y rurales, y que los municipios pueden adherirse a esta normativa, lo que representa
una herramienta legal valiosa para la autoprotección de los vecinos y un complemento
a la respuesta del estado.
Que, la Ley XVI - N° 46 indica que es competencia de las Corporaciones Municipales
atender, entre otras cuestiones, a la seguridad de sus ciudadanos y al desarrollo
sustentable.
Que, establece,
específicamente, que los municipios deben solventar con recursos
propios los gastos normales de la emergencia que en sus respectivos ámbitos se
originen para atender las necesidades que surjan en materia de Protección
Civil/Defensa Civil.
Que, la Ordenanza 121/19 crea la Dirección de Protección Civil Municipal, con misiones
de prevención, planificación, capacitación y colaboración interinstitucional para todo lo
referido a emergencias.
Que, la Ordenanza 112/23 establece que para la aplicación de la norma previamente
citada se debe constituir el Centro de Operaciones de Emergencia Municipal, para la
coordinación operativa de los recursos y materiales para emergencias.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del Centésimo Vigésimo Aniversario de la Ciudad de Esquel"
"AÑO DEL QUINCUAGÉSIMO ANIVERSARIO DEL GOLPE DE ESTADO CÍVICO MILITAR, MEMORIA, VERDAD Y JUSTICIA'
Que, se han registrado incendios forestales de gran magnitud en las últimas
temporadas, con afectaciones de bienes y servicios ambientales y particulares, en
zonas de bosques nativos, implantados y de interfase.
Que, en este sentido, los organismos técnicos de manejo de incendios forestales,
prevén una temporada tórrida, con condiciones de sequía anormales a excepcionales
para nuestra región, con amplia disponibilidad de material disponible para un evento
de este tipo.
Que, las políticas del actual gobierno nacional, como se demostró en los recientes
incendios forestales, demora la asistencia para el combate ampliado.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones y facultades que le confiere la Ley XV - N° 46
sanciona la presente
ORDENANZA
ART.10: ENCOMIÉNDESE al Departamento Ejecutivo Municipal, la promoción y apoyo
de un Consorcio de Incendios Forestales para el B° Rio Percy, a los fines de fortalecer
las capacidades de prevención y primera respuesta vecinal ante incendios forestales.
ART.2°: ESTABLÉZCASE que como autoridad de aplicación de la presente
Ordenanza a la Dirección de Protección Civil Municipal.
ART. 3°: Registrese, comuníquese, y cumplido, archívese.
Esquel, 07 de agosto de 2026.
un por the
Mariano Palma
Héctor Rubén Álvarez
Secretario Legislativo
Presidente
H. Concejo Deliberante
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 9º Sesión Ordinaria del 2026, bajo Acta
N° 12/2026, registrada como Ordenanza N° 134/2026.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín
Municipal y cumplido, archívese.
SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA: 2H de agosto de 2026.
JUAN M. RIPA
SECRETARIO GRAL DE INTENDENCIA
MUNICIPALIDAD DE ESQUEL
Matlas F. Taccefta
Intendente
Munieipalidad de Egguel