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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 134/2026/2026

Fecha de Sanción: 2026-08-07
Fecha de Promulgación: 2026-08-24
Ciudad: Esquel, Chubut

CREACION CONSORCIO INCENDIOS FORESTALES B° PERCY-CONCEJAL ESCALONA

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HCD H. Concejo Deliberante De Esquel "Año del Centésimo Vigésimo Aniversario de la Ciudad de Esquel" "AÑO DEL QUINCUAGÉSIMO ANIVERSARIO DEL GOLPE DE ESTADO CÍVICO MILITAR, MEMORIA, VERDAD Y JUSTICIA" ORDENANZA N°134/2026 TEMA: CREACIÓN DE CONSORCIO DE INCENDIOS FORESTALES EN B° RIO PERCY VISTO: La Ley Nacional N° 27.287 de creación del sistema nacional para la gestión integral del riesgo y la protección civil, la 26.815 de presupuestos mínimos de protección ambiental en materia de incendios forestales y rurales en el ámbito de! territorio nacional, la Ley Provincial XIX- N° 32 de manejo del fuego e incendios forestales o rurales en Chubut, XVI - N° 46, la Ordenanza 121/19, la 112/23 la ocurrencia temporada de incendios forestales y de interfase (expte. 382/24) y, CONSIDERANDO: Que, la Nacional N° 27.287 crea el Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil con financiamiento para acciones de prevención. Que, la Ley Provincial XIX-N°32 faculta a la autoridad de aplicación a promover la formación de Consorcios para la prevención y el ataque inicial de incendios forestales y rurales, y que los municipios pueden adherirse a esta normativa, lo que representa una herramienta legal valiosa para la autoprotección de los vecinos y un complemento a la respuesta del estado. Que, la Ley XVI - N° 46 indica que es competencia de las Corporaciones Municipales atender, entre otras cuestiones, a la seguridad de sus ciudadanos y al desarrollo sustentable. Que, establece, específicamente, que los municipios deben solventar con recursos propios los gastos normales de la emergencia que en sus respectivos ámbitos se originen para atender las necesidades que surjan en materia de Protección Civil/Defensa Civil. Que, la Ordenanza 121/19 crea la Dirección de Protección Civil Municipal, con misiones de prevención, planificación, capacitación y colaboración interinstitucional para todo lo referido a emergencias. Que, la Ordenanza 112/23 establece que para la aplicación de la norma previamente citada se debe constituir el Centro de Operaciones de Emergencia Municipal, para la coordinación operativa de los recursos y materiales para emergencias. H. Concejo Deliberante De Esquel "Año del Centésimo Vigésimo Aniversario de la Ciudad de Esquel" "AÑO DEL QUINCUAGÉSIMO ANIVERSARIO DEL GOLPE DE ESTADO CÍVICO MILITAR, MEMORIA, VERDAD Y JUSTICIA' Que, se han registrado incendios forestales de gran magnitud en las últimas temporadas, con afectaciones de bienes y servicios ambientales y particulares, en zonas de bosques nativos, implantados y de interfase. Que, en este sentido, los organismos técnicos de manejo de incendios forestales, prevén una temporada tórrida, con condiciones de sequía anormales a excepcionales para nuestra región, con amplia disponibilidad de material disponible para un evento de este tipo. Que, las políticas del actual gobierno nacional, como se demostró en los recientes incendios forestales, demora la asistencia para el combate ampliado. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones y facultades que le confiere la Ley XV - N° 46 sanciona la presente ORDENANZA ART.10: ENCOMIÉNDESE al Departamento Ejecutivo Municipal, la promoción y apoyo de un Consorcio de Incendios Forestales para el B° Rio Percy, a los fines de fortalecer las capacidades de prevención y primera respuesta vecinal ante incendios forestales. ART.2°: ESTABLÉZCASE que como autoridad de aplicación de la presente Ordenanza a la Dirección de Protección Civil Municipal. ART. 3°: Registrese, comuníquese, y cumplido, archívese. Esquel, 07 de agosto de 2026. un por the Mariano Palma Héctor Rubén Álvarez Secretario Legislativo Presidente H. Concejo Deliberante H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 9º Sesión Ordinaria del 2026, bajo Acta N° 12/2026, registrada como Ordenanza N° 134/2026. POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y cumplido, archívese. SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA: 2H de agosto de 2026. JUAN M. RIPA SECRETARIO GRAL DE INTENDENCIA MUNICIPALIDAD DE ESQUEL Matlas F. Taccefta Intendente Munieipalidad de Egguel