Ordenanza Municipal N° 139/2026/2026
AUTORIZACION PARA FIRMA DE COMODATO- MUDELTRA-D.E-
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
2240
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del Centésimo Vigésimo Aniversario de la Ciudad de Esquel"
"AÑO DEL QUINCUAGÉSIMO ANIVERSARIO DEL GOLPE DE ESTADO CÍVICO MILITAR, MEMORIA, VERDAD Y JUSTICIA"
ORDENANZA N° 139/2026
TEMA: AUTORIZACIÓN PARA FIRMA DE COMODATO
VISTO: La solicitud realizada por la entidad Mutual del Trabajador "MUDELTRA"
ante el Poder Ejecutivo Municipal (Expte. 226/26), y
CONSIDERANDO:
Que, por el expediente obrante ante el Poder Ejecutivo Municipal, la Institución
requiere al Sr. Intendente un predio propiedad de la Municipalidad para llevar a
cabo la construcción de un complejo recreativo para los afiliados de la Mutual y
la comunidad en general, con el fin de crear un espacio de esparcimiento,
capacitación y desarrollo social, y poder llevar a cabo parte de sus objetivos y
fines sobre todo los del inc. e) Art. 2 de su Estatuto, aprobador por Resolución
2070 de fecha 31/10/08 autorizada a funcionar como Asociación Mutual inscripta
en el Registro Nacional de Mutualidades con la Matrícula N°98, de la Provincia
del Chubut, de conformidad a lo establecido en las leyes N°19.331 y 20.321
otorgándole el carácter de Persona Jurídica conforme el CCC.
Que, la Municipalidad cuenta con una fracción de terreno de su propiedad que
es parte de una mayor superficie identificada catastralmente como: Cir. 3- Sector
5- Chacra 20 (ex Chacra 97) de esta ciudad.
Que, teniendo en cuenta que, dentro de las finalidades de la mencionada
Institución:
"e) Proporcionar
servicios de
asistencia
integral,
farmacéutica, de proveeduría, recreación, turismo, culturales y otros compatibles
con el desarrollo físico y espiritual de los asociados", lo que surge de sus
Que, es necesario que la Asociación cuente con un espacio propio para poder
cumplir eficazmente con sus objetivos, que los jóvenes tengan un lugar de
contención, formar a deportistas e integración familiar.
Que, es obligación del municipio velar por el bien común y resolver la situación
social de los vecinos.
Que, por medio de este tipo de políticas públicas el Gobierno Municipal está
cumpliendo con lo dispuesto en el Título II. Gobierno Municipal. Competencias
Art. 233 Inc. 1 y 8 de la Constitución Provincial.
Que, asimismo la Constitución Provincial en su Título I, Sección II, Capítulo II
Derechos Sociales ... Al Deporte establece en su Art. 32 "Todo habitante tiene
derecho a acceder libre e igualmente a la práctica del deporte de su preferencia.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del Centésimo Vigésimo Aniversario de la Ciudad de Esquel"
'AÑO DEL QUINCUAGÉSIMO ANIVERSARIO DEL GOLPE DE ESTADO CÍVICO MILITAR, MEMORIA, VERDAD Y JUSTICIA"
El Estado promueve los deportes cuyas características se vinculen a las
particularidades culturales, ecológicas y geográficas de la región.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones y facultades que le confiere la Ley XVI Nº
46 sanciona la presente:
ORDENANZA
ART.1°: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir con la
entidad MUTUAL DEL TRABAJADOR "MUDELTRA", autorizada a funcionar
como Asociación Mutual inscripta en el Registro Nacional de Mutualidades con
la Matrícula N°98, de la Provincia del Chubut, de conformidad a lo establecido
en las leyes N°19.331 y 20.321, un Convenio de Comodato sobre una superficie
aproximada de 10.000,00 ms.2, que es parte de una mayor superficie identificada
catastralmente como: Cir. 3- Sector 5- Chacra 20- Parcela 1 (dato provisorio)
cuyas medidas y ubicación se
establecen en el croquis adjunto a la presente
Ordenanza como Anexo I.
ART.2°: El Convenio de Comodato,
autorizado por la presente Ordenanza,
deberá contemplar las siguientes consideraciones:
1. La duración del Comodato no podrá ser superior a los tres (3) años desde
la firma del convenio.
2. Conservación, delimitación y cerramiento del predio por parte de la
Comodataria con el uso exclusivo para el desarrollo de sus actividades
conforme el objeto de su Estatuto, en los plazos y etapas que le fije la
Comodante.
3. Contratar los seguros
correspondientes a las actividades que se
desarrollen en el predio.
4. Cualquier otra consideración que la Secretaría de Gestión Ambiental,
Secretaría de Turismo, Deporte y Cultura del Municipio de Esquel, crean
conveniente incorporar en el Convenio.-
Art. 3°: Registrese, comuníquese, y cumplido, archívese.
Esquel, 07 de agosto de 2026.-
Dr. Mariano Palma
Secretario Legislativ
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
ware thon
Héctor Rubén Álvarez
Presidente
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del Centésimo Vigésimo Aniversario de la Ciudad de Esquel"
'AÑO DEL QUINCUAGÉSIMO ANIVERSARIO DEL GOLPE DE ESTADO CÍVICO MILITAR, MEMORIA, VERDAD Y JUSTICIA"
Dada en la sala de Sesiones del H.C.D. en la 9° Sesión ordinaria del 2026, bajo
Acta N° 12/2026, registrada como Ordenanza N°139/2026
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín
Municipal ? cumplido archívese.
SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA: 1Z de agosto de 2026.
JUAN M. RIPA
SECRETARIO GRAL DE INTENDENCIA
MUNICIPALIDAD DE ESQUEL
Matias F. Taccetta
Intendente
Muncipalidad de Esquel
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