🏛️ Concejo Deliberante de Esquel | Portal Oficial
Volver al Inicio
Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 143/2026/2026

Fecha de Sanción: 2026-08-07
Fecha de Promulgación: 2026-08-12
Ciudad: Esquel, Chubut

RATIFICACION CONVENIO N° 2058/26- CORDONES CUNETA- DEPTO. EJECUTIVO-

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

Ma H. Concejo Deliberante De Esquel Año del Centésimo Vigésimo Aniversario de la Ciudad de Esque ANO DEL QUINCUAGÉSIMO ANIVERSARIO DEL GOLPE DE ESTADO CÍVICO MILITAR, MEMORIA, VERDAD Y JUSTICI ORDENANZA N° 143/2026 TEMA: RATIFICACIÓN CONVENIO MODIFICATORIO ENTRE LA ADMINISTRACIÓN DE VIALIDAD PROVINCIAL Y LA MUNICIPALIDAD DE ESQUEL-CONVENIO 2058/2026 VISTO: El convenio modificatorio Nº2058/2026, celebrado entre la Municipalidad de Esquel y la Administración de Vialidad Provincial referido a la construcción de cordones cuneta en distintas arterias de la ciudad de esquel, (Expte. 236/25) y, CONSIDERANDO: Que, la Administración de Vialidad Provincial, representada por su Presidente Ing. Federico Drescher y la Municipalidad de Esquel, representada por el Sr. Intendente Cdor. Matías Federico Taccetta, suscribieron el Convenio Modificatorio N°2058/2026. Que, el Convenio Modificatorio N°2058/2026 modifica la Cláusula Primera del Convenio 1978/2025, incorporando nuevas arterias al proyecto original quedando comprendidas las siguientes calles: 1) Fleming entre Av. Alvear y Av. Ameghino; 2) Dante Brozzi entre 9 de Julio y Av. Ameghino; 3) Darwin entre Av. Alvear y Don Bosco; 4) Brun entre Av. Alvear y Adolfo Alsina; y 5) Belgrano entre Roggero y Adolfo Alsina, manteniéndose una longitud total de TRES MIL METROS LINEALES (3.000 ml), conforme a los planos que oportunamente deberá presentar la Municipalidad antes del inicio de los trabajos. Que, la incorporación de nuevas arterias permitirá optimizar la ejecución de la obra, mejorando la infraestructura vial y las condiciones de transitabilidad en distintos sectores de la ciudad. Que, resulta necesario que el Honorable Concejo Deliberante ratifique el Convenio suscripto por el Departamento Ejecutivo Municipal, otorgando el debido respaldo institucional al acuerdo y habilitando su plena ejecución. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI - N° 46 sanciona la presente: ORDENANZA ART. 1°: RATIFICASE en todos sus términos el Convenio Modificatorio N°2058/2026 celebrado entre la Administración de Vialidad Provincial y la Municipalidad de Esquel el día 12 de junio 2026, mediante el cual se modifica la H. Concejo Deliberante De Esquel "Año del Centésimo Vigésimo Aniversario de la Ciudad de Esquel" 'AÑO DEL QUINCUAGÉSIMO ANIVERSARIO DEL GOLPE DE ESTADO CÍVICO MILITAR, MEMORIA, VERDAD Y JUSTICIA" Cláusula Primera del Convenio 1978/2025, incoporando nuevas arterías al plan de ejecución de la obra de construcción de tres mil metros (3.000 ml) de cordones cuneta en la ciudad de Esquel. ART 2°: Registrese, comuníquese y cumplido, archívese.- Esquel, 7 de agosto de 2026. Mariano Palm Secretario Legislativo H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Héctor Rubén Álvarez Presidente H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 9° Sesión Ordinaria del 2026, bajo Acta N° 12/2026, registrada como Ordenanza N° 143/2026. POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín Municipal y cumplido, archívese. SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA: 12 de agosto de 2026. JUAN M. RIPA SECRETARIO GRAL DE INTENDENCIA MUNICIPALIDAD DE ESQUEL Madas * Taccetta Untendente Municipalidad de Esquel ano de la innovacion y mouernizacion aer estaao ae la trovincia del 'nubut " REPUBLICA ARGENTINA Provincia del CHUBUT SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA, ENERGIA Y PLANIFICACIÓN Administración de Vialidad Provincial ==2058 ANEXO_ 20. NO 143/1026 54 CONVENIO MODIFICATORIO En la Ciudad de Esquel, Provincia del Chubut, a los 12 días del mes de Junio del año 2026, entre la ADMINISTRACIÓN DE VIALIDAD PROVINCIAL, con domicilio legal en Love Jones Parry N° 533 de Rawson, representada en este acto por su PRESIDENTE, Ing. Federico DRESCHER, por una parte, en adelante LA ADMINISTRACIÓN; y por la otra la MUNICIPALIDAD DE ESQUEL, con domicilio legal en Calle Bartolomé Mitre n° 524 de la ciudad de Esquel, representada en este acto por el Sr. INTENDENTE, Cdor. Matias Federico TACCETTA, convienen en celebrar la presente modificación al Convenio marco N° 01978/2025, Expediente N° 1098-AVP-25, firmado el 27 de Junio del año 2025, Registrado al Tomo 3, Folio 251, con fecha 03 de Julio de 2025, del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Provincia del Chubut. En virtud a la solicitado por la municipalidad mediante nota de fecha 11 de Junio del 2026, Firmada por el Gerente de la UEPROMU Sr. Cesar NAVARRO PRIMERA: Modificase la Cláusula Primera del convenio marco N° 01978/2025, Expediente N° 1098-AVP-25, la que quedará redactada de la siguiente forma: --- PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD construirá Cordones-Cuneta en las calles, 1) FLEMING el Av. Alvear y Av. Ameghino, 2) DANTE BROZZI e/ 9 de Julio y Av. Ameghino, 3) DARWIN e/ AV. Alvear y Don Bosco 4) BRUN e/ Av. Alvear y Adolfo Alsina y 5) Belgrano e/ Roggero y Adolfo Alsina, en una Longitud total de TRES MIL METROS LINEALES (3.000 ml); de acuerdo a los planos que oportunamente deberá presentar la MUNICIPALIDAD antes de inicio de los trabajos. -- SEGUNDA: La MUNICIPALIDAD asumirá, con carácter exclusivo y a su cargo, bajo su entera responsabilidad financiera, la diferencia correspondiente a los metros lineales de cordón cuneta que pudiesen surgir del presente Convenio Modificatorio, quedando expresamente establecido que dicho importe será afrontado en su totalidad por La MUNICIPALIDAD. TERCERA: Manténganse en vigencia todas las disposiciones contenidas en el Convenio de referencia N° 01978/2025, Expediente N° 1098-AVP-25, que no se opongan a lo establecido en el presente Convenio Modificatorio. En prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor, en el lugar y fecha indicados en el encabezado. Taccetia tendente en de Cogee corretano Legitio M. Concojo Dollberani• Pieded de Cat! PDF extraction limited to the first 3 pages