Ordenanza Municipal N° 145/2026/2026
RATIFICACION CONVENIO- HILANDO FUTURO ECONOMIA CIRCULAR- D.E-
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCA
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del Centésimo Vigésimo Aniversario de la Ciudad de Esquel"
"AÑO DEL QUINCUAGÉSIMO ANIVERSARIO DEL GOLPE DE ESTADO CÍVICO MILITAR, MEMORIA, VERDAD Y JUSTICIA"
ORDENANZA N° 145/2026
TEMA: RATIFICACIÓN CONVENIO - RATIFICA RESOLUCION MUNICIPAL
VISTO: La Resolución Municipal N° 1292/2026 y el convenio de aporte de fondos
entre la Secretaría de Trabajo de la Provincia del Chubut y la Municipalidad de
Esquel, de fecha 26 de mayo del corriente año, a fin de proyectar la capacitación
denominada "HILANDO FUTURO, ECONOMIA CIRCULAR" en el marco del
Decreto 1237/5, de Fomento de Empleo (Expte. N° 248/26), y
CONSIDERANDO:
Que, el mencionado convenio tiene por objeto otorgar a la Municipalidad de Esquel
un aporte no reintegrable de pesos cinco millones novecientos ocho mil setecientos
uno con 00/100 ($5.908.701,00) destinada a la ejecución de la capacitación
"HILANDO FUTURO, ECONOMIA CIRCULAR".
Que, el mencionado importe está distribuido de la siguiente manera: pesos cinco
millones seiscientos un mil doscientos uno ($5.601.201,00) destinados a la compra
de Equipamiento y pesos trescientos siete mil quinientos con 00/100 centavos
($307.500,00) destinados a la compra de insumos, de acuerdo a las cláusulas
tercera y cuarta.
Que, dicho financiamiento permitirá realizar una capacitación inclusiva en
clasificación, desarmado y armado textil, incorporando principios de economía
circular, destinada a personas con discapacidad, adultos mayores, mujeres y
personas de la diversidad, promoviendo la inclusión social, el cuidado ambiental y
el desarrollo de capacidades laborales en la ciudad de Esquel.
Que, el Municipio se compromete a capacitar laboralmente en el tema citado a once
(11) beneficiarios con domicilio en la provincia del Chubut, otorgándose al final del
curso la certificación correspondiente.
Que, se acuerda que el plazo de capacitación se extenderá por el plazo de cuatro
(4) meses. El Municipio tendrá un plazo de gracias de dos (02) meses en caso de
no poder comenzar.
Que, el Municipio se compromete a presentar ante la Secretaría dentro de los treinta
(30) días de recibido el depósito inicial, las facturas originales correspondiente a la
adquisición de insumos y equipamiento los cuales deberán ser detalladas de
acuerdo a lo solicitado en el proyecto correspondiente.
Que, en caso de haber concluído la compra y tener dinero sobrante, el Municipio
deberá depositarlo en la Cuenta N° 203443/3-T-Tesorera General de la Provincia, y
presentar ante la Secretaría el comprobante correspondiente.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del Centésimo Vigésimo Aniversario de la Ciudad de Esquel"
"AÑO DEL QUINCUAGÉSIMO ANIVERSARIO DEL GOLPE DE ESTADO CÍVICO MILITAR, MEMORIA, VERDAD Y JUSTICIA"
Que, la Secretaría deberá contratar un seguro por accidentes personales por los
siniestros que pudieren sufrir los beneficiarios de este Convenio a razón del
desarrollo de los cursos y como consecuencia de ellos. Así mismo, los beneficiarios
poseeran la cobertura que será materializada a través de la Secretaría de Salud de
la Provincia a través del sistema hospitalario.
Que, el presente podrá ser renovado, previa conformidad de las partes. Así mismo,
de no ser ejecutado en el tiempo y forma estipulado en el presente convenio, el
Municipio deberá restituir los fondos otorgados para tal fin.
Que, el Municipio se compromete a presentar ante la Secretaría y al culminar la
capacitación, informe final de la misma.
Que, el Municipio se compromete a presentar ante la Secretaría al culminar la
capacitación, un (1) video grabado en forma vertical de máximo de un (1) minuto, y
entre cuatro (4) y seis (6) fotos que acrediten la capacitación brindada; los cuales
deberán enviarse al siguiente correo electrónico: proyectos.trabajo@chubut.gov.ar.
Que, para todos los efectos judiciales y extrajudiciales que pudieran surgir con
motivo del presente convenio la Secretaría constituye domicilio legal en Pedro
Martínez N° 153 de la ciudad de Rawson y el Municipio en calle Bartolomé Mitre N°
524- Esquel.
ART. 2: El presente acto administrativo se dicta AD REFERÉNDUM del Honorable
Concejo Deliberante de la Municipalidad de Esquel, debiendo ser elevadas las
actuaciones a dicho Cuerpo Legislativo para su convalidación ART. 3: Regístrese,
comuniquese, dese al boletín Municipal y cumplido archívese.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones y facultades que le confiere la Ley XVI N° 46
sanciona la presente:
ORDENANZA
ART.1°: RATIFICASE, en todos sus términos, la Resolución Municipal N°
1292/2026, la cual se adjunta a la presente como Anexo I, referida al convenio de
aporte de fondos entre la Secretaría de Trabajo de la Provincia del Chubut y la
Municipalidad de Esquel, de fecha 26 de mayo del corriente año, a fin de proyectar
la capacitación denominada "HILANDO FUTURO, ECONOMIA CIRCULAR" en el
marco del Decreto 1237/5, de Fomento de Empleo.
ART.2°: Registrese, comuníquese, y cumplido, archívese.
Esquel, 07 de agosto de 2026.-
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del Centésimo Vigésimo Aniversario de la Ciudad de Esquel"
"AÑO DEL QUINCUAGÉSIMO ANIVERSARIO DEL GOLPE DE ESTADO CÍVICO MILITAR, MEMORIA, VERDAD Y JUSTICIA"
Dr. Mariano Palma
Secretario Legislatio
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Auske Man
Héctor Rubén Álvarez
Presidente
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Dada en la sala de Sesiones del H.C.D. en la 9°Sesión ordinaria del 2026, bajo Acta
N° 12/2026, registrada como Ordenanza N° 145/2026.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín
Municipal y cumplido archívese.
SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA: 12
de agosto de 2026.
JUAN M. RIPA
SECRETARIO GRAL DE INTENDÉNCIA
MUNICIPALIDAD DE ESQUEL
Maras A Taccetta
/Interdente
Aunicipalidad de Esquel
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