Ordenanza Municipal N° 143/2015/2015
FONDO “ESTIMULO FISCO TRIBUTARIO”.
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
ORDENANZA N° 143/15
TEMA: FONDO "ESTIMULO FISCO TRIBUTARIO"
VISTO:
Que uno de los objetivos permanentes de la Secretaría de Hacienda es el mantenimiento
sostenido de la recaudación tributaria que permita el cumplimiento de los fines del estado
municipal y mejorar las condiciones de vida del ciudadano. En este sentido cobra suma
importancia el control del cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes y
responsables respecto de los tributos que recauda (Expte. 156/15) y.
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Rentas es quien tiene a su cargo la Recaudación y Control de la gran mayoría
de los recursos tributarios de Jurisdicción Municipal, requiriendo por ende de personal
capacitado, dinámico, eficiente y cordial.
Que para el cumplimiento de sus fines se requieren capacitaciones constantes en todo el
personal, atendiendo especialmente los aspectos de Atención al Público, Herramientas de control
y mejoras en los circuitos administrativos. El acceso a bibliografía y normativa comparada es de
suma importancia y mejora potencialmente la preparación técnica del personal.
Que resulta necesario la instauración de un fondo equivalente al 0,25% calculado a partir de la
recaudación tributaria de determinados tributos, donde el 90% se distribuya entre los empleados
y el 10% sea destinado a la Capacitación y a la adquisición de bibliografía, materiales o insumos
necesarios y servicios.-
Que la creación del fondo permitirá, además de la realización de las capacitaciones mencionadas y
la actualización bibliográfica, la oportunidad de brindar un beneficio pecuniario remunerativo
para el personal de Rentas, aportando significativamente al crecimiento personal y profesional
del sector.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso
de las atribuciones que le confiere la Ley XVI n° 46, sanciona la presente:
ORDENANZA
ART. 1°: CREASE el Fondo Estímulo destinado al personal que cumple efectivamente funciones
en la Dirección de Rentas, el cual se integrará y distribuirá en base a las pautas que se indican en
la presente ordenanza.
ART. 2º: El Fondo se integrará por el 0,25 por ciento (%) de los ingresos efectivamente
recaudados en los siguientes tributos: Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Impuesto
Inmobiliario, Impuesto Automotor y Tasa Inspección Seguridad e Higiene.-
ART. 3°: La distribución del Fondo será realizada por la Secretaría de Hacienda en forma
/U mensual y por mes vencido, quien deberá imputar los fondos recaudados a la partida en la cuenta
"Dirección de Rentas - Fondo Estímulo", que a tal efecto se habilitará en el Banco del Chubut S.A.
ART. 4º: El fondo creado por la presente tendrá carácter REMUNERATIVO Y NO
BONIFICABLE; y los aportes personales, generados por el mismo, serán descontados del
presente fondo.
ART. 5º: Dicho Fondo será distribuido de la siguiente manera:
ESQUEL
H. Concejo Deliberante
De Esquel
a) Del monto total, el diez por ciento (10%) será destinado a la adquisición de bibliografía,
equipamientos y materiales o insumos necesarios, cursos de capacitación para el personal y
gastos necesarios para la aplicación efectiva del presente fondo;
b) Del 90% restante, el veinte por ciento (20%) se dividirá en partes iguales para todos los
agentes de la Dirección de Rentas, y el ochenta por ciento (80%) en función de la
ART. 6°: A efectos de la percepción del fondo se considerará personal que presta servicios en la
Dirección de Rentas a todo agente que se desempeñe en forma efectiva en la misma, como
personal de Planta Permanente o Temporaria, contratado o pasante. Tratándose de personal
recientemente incorporado, el derecho a la liquidación del adicional regirá a partir del sexto mes
posterior al de su incorporación a la Dirección de Rentas, previo firma de informe favorable
emitido por la Dirección de Rentas y aprobado por la Secretaría de Hacienda.
ART. 7°: El presente fondo entrará en vigencia a partir del 01 de Abril de 2015.
ART. 8°: Registrese, comuníquese y cumplido, archívese.
Esquel, 20 de Agosto de 2015.-
Ciudad de Esquel
Horacio Iturrioz
Presidente
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 09º Sesión Ordinaria del 2015, bajo Acta 11/15,
registrada como Ordenanza N° 143/15.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y
cumplido, archívese.
SECRETARIA DE GOBIERNO: 28 de Agesto de 2015.
p.)
TAFAEL WILUAME
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