Ordenanza Municipal N° 148/2026/2026
RATIFICACION RESOLUCION MUNICIPAL. N° 1210/26- PARQUE LINEAL MEDARDO- D.E-
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del Centésimo Vigésimo Aniversario de la Ciudad de Esquel"-
'AÑO DEL QUINCUAGÉSIMO ANIVERSARIO DEL GOLPE DE ESTADO CÍVICO MILITAR, MEMORIA, VERDAD Y JUSTICIA"
ORDENANZA N°148/2026
TEMA: RATIFICACION RESOLUCION MUNICIPAL N° 1210/2026 -
VISTO: La Resolución N°1210/2026, remitida por el Departamento Ejecutivo Municipal
y el Convenio de aportes de fondos entre la Provincia del Chubut y la Municipalidad
de Esquel, de fecha 30 de junio del corriente año, a fin de proyectar la ejecución de la
obra denominada: para la ejecución de la Obra "PARQUE LINEAL MEDARDO
MORELLI"; (Expte. N° 233/2026), y
CONSIDERANDO:
Que, el mencionado convenio tiene por objeto otorgar a la Municipalidad de Esquel un
aporte no reintegrable de pesos SETECIENTOS NOVENTA Y TRES MILLONES
SETECIENTOS DIEZ MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA CON con 00/100
($793.710.450,00) destinado a la ejecución de la obra denominada "PARQUE LINEAL
MEDARDO MORELLI"
Que, dicho financiamiento permitirá ejecutar una obra de gran relevancia para nuestra
ciudad, permitiendo la recuperación y puesta en valor de espacios públicos,
favoreciendo la integración urbana, el esparcimiento, la recreación y el mejoramiento
de la calidad de vida de los vecinos.
Que, es menester llevar adelante todos los actos administrativos y contables
necesarios y pertinentes a fin de garantizar la apertura y recepción de los fondos.
Que, la Municipalidad de Esquel deberá proceder a la apertura de una cuenta corriente
específica en el Banco del Chubut, a los fines de percibir los fondos respectivos, según
Cláusula cuarta del convenio mencionado en el visto.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente:
ORDENANZA
ART. 1°: RATIFICASE, en todos sus términos, la Resolución Municipal N° 1210/2026
la cual se adjunta a la presente como Anexo I, referida al convenio de aporte de
fondos, suscripto entre la Provincia del Chubut y la Municipalidad de Esquel, en fecha
30 de Junio del corriente año, a fin de proyectar la ejecución de la obra denominada:
"PARQUE LINEAL MEDARDO MORELLI".
ART. 2°: Registrese, comuníquese, y cumplido, archívese. -
Esquel, 07 de agosto de 2026.-
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del Centésimo Vigésimo Aniversario de la Ciudad de Esquel"-
"AÑO DEL QUINCUAGÉSIMO ANIVERSARIO DEL GOLPE DE ESTADO CÍVICO MILITAR, MEMORIA, VERDAD Y JUSTICIA"
Dr. Mariano Palma
warz
Héctor Rubén Alvarez
Secretario Legislativo
Presidente
H. Concejo Deliberante
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 9º Sesión Ordinaria del año 2026, bajo
Acta N°12/2026, registrada como Ordenanza N°148/2026
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese
al Boletín
Municipal y cumplido, archívese.
SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA: 12 de agosto de 2026.
SEGRETARIO GRAL DE INTENDENCIA
MUNICIPALIDAD DE ESQUEL
Matías E Taccetta
Intendent
Municipalidad de Esque
Serratar
Esqua
POLIO
ANEXO
ORD. N°.
148/2026
RESOLUCIÓN N° 12/0 /2026
VISTO:
El convenio de aporte de fondos entre la Provincia del Chubut y la
Municipalidad de Esquel, de fecha 30 de Junio del corriente año, a fin de
proyectar la ejecución de la Obra Denominada "PARQUE LINEAL MEDARDO
MORELL!"; y
CONSIDERANDO:
Que, el mencionado convenio tiene por objeto otorgar a la Municipalidad de
Esquel un aporte no reintegrable de PESOS SETECIENTOS NOVENTA Y TRES
MILLONES
SETECIENTOS DIEZ MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA CON
00/100 ($793.710.450,00) destinada a la ejecución de la obra denominada
"PARQUE LINEAL MEDARDO MORELLI".
Que, dicho financiamiento permitirá ejecutar una obra de gran relevancia
para nuestra ciudad, permitiendo la recuperación y puesta en valor de espacios
públicos, favoreciendo la integración urbana, el esparcimiento, la recreación y el
mejoramiento de la calidad de vida de los vecinos.
Que,
menester llevar adelante todos los
actos administrativos y
contables necesarios y pertinentes a fin de garantizar la apertura y recepción de
los fondos.
Que, la Municipalidad de Esquel deberá proceder a la apertura de una
cuenta corriente especifica en el Banco del. Chubut, a los fines de percibir los
fondos respectivos, según Clausula Cuarta del convenio mencionado en el visto.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ESQUEL, EN USO DE
LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY XVI - N° 46 (Antes
3098)
RESUELVE
ART. 1: RATIFIQUESE, en todos sus términos, el convenio de aporte de fondos
entre la Provincia del Chubut y la Municipalidad de Esquel, de fecha 30 de Junio
del corriente año, a fin de proyectar la ejecución de la Obra Denominada
"PARQUE LINEAL MEDARDO MORELLI"
ART. 2: El presente
acto administrativo se dicta AD REFERÉNDUM del
Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Esquel, debiendo ser
elevadas las actuaciones a dicho Cuerpo Legislativo para su convalidación
ART. 3: Registrese, comuniquese, dese al boletín Municipal y cumplido
archívese.
Esquel, 06 de Julio
de 2026.
ECRETARIO GRAL DE INTE
VUNICIPALIDAD DE ESQUEI
Maries
eleccott
tendent
Municipaldad do Esquel
Deoretario Lesteladoo
M. Conocio Pollharant*
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