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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 144/2015/2015

Fecha de Sanción: 2015-12-31
Fecha de Promulgación: 2015-12-31
Ciudad: Esquel, Chubut

MULTAS AUTOMÁTICAS POR NO PRESENTACION DE DDJJ.

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HCD. ESQUEL H. Concejo Deliberonte De Esquel ORDENANZA N° 144/15 TEMA: MULTAS AUTOMÁTICAS POR NO PRESENTACION DE DDJJ - D.E. VISTO: Las ordenanzas 132/98 y 239/13 y sus modificatorias (Expte. 162/15) y. CONSIDERANDO: Que resulta necesario dotar al Municipio del marco legal que permita determinar nuevas instrumentos tributarios necesarios para el buen desempeño fiscal. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente: ORDENANZA ART. 1°: INCORPORASE el Artículo 52º bis al CÓDIGO TRIBUTARIO MUNICIPAL el que quedará redactado de la siguiente manera: los Ingresos Brutos y/o de la Tasa de inspección de Seguridad e Higiene, dará lugar a la aplicación automática a los contribuyentes de una multa fija, equivalente a 2,5 módulos y se aplicará sin sumario previo a partir del día hábil siguiente al vencimiento establecido en el calendario tributario anual." ART. 2º: MODIFICASE el Artículo 1º del Código de Procedimiento en Materia de Faltas aprobado por la Ordenanza N° 132/98 y sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Art. 1°: AMBITO DE APLICACIÓN: Este Código regirá el juzgamiento de las faltas o contravenciones a las disposiciones municipales, y a las normas provinciales y nacionales cuya aplicación y juzgamiento competa por delegación a la Municipalidad de Esquel, con exclusión de: a) Las cometidas por el Personal Municipal con relación a su Estatuto Comunal o a otras normas que les impongan deberes en su condición de agentes, y b) Las reguladas en el artículo 52° bis del Código Tributario Municipal aprobado por Ordenanza N° 239/13 y modificatorias, referidas a las multas Automáticas por no presentación de declaraciones juradas". ART. 3º: La presente Ordenanza tendrá vigencia a partir del 01 de Septiembre de 2015.- ART. 4°: Regístrese, comuníquese, y cumplido, archívese.- Esquet, 20 de Agosto de 2015.- loun Lorena Andersor Secretaria Legislatina H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Horacio Iturrioz Presidente H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 09º Sesión Ordinaria del 2015, bajo Acta 11/15, registrada como Ordenanza N° 144/15. POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín Municipal y cumplido, archívese. SECRETARIA DE GOBIERNO:/28 de Agosto de 2015. ??? PAOLO FABIÁN DURÁN /SECRETARIO DE GOSHERNO MUNICIPALIDAD DE ESQUEL Intehdente Municipalidad de Esquel