Ordenanza Municipal N° 152/2018/2018
DEROGADA POR ORD. 99/21- TARIFAS NATATORIO MUNICIPAL.
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
ORDENANZA Nº 152/18
TEMA: TARIFAS NATATORIO MUNICIPAL
VISTO: La necesidad de actualizar las tarifas para el ingreso al Natatorio Municipal
de acuerdo a la Ordenanza Nº 290/14 (Expte. 325/17) y,
CONSIDERANDO:
Que, a los efectos de su normal funcionamiento la adquisición de insumos en el
mercado local, cuyos precios se han ido incrementando durante todo el año.
Que, el último ajuste de tarifas se realizó con fecha de 28 de Abril de 2016, y desde
entonces no se ha realizado ninguna modificación.
Que, resulta necesario actualizar las tarifas que abonan los usuarios, requiriéndose
para ello el dictado de correspondiente de un instrumento legal.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente
ORDENANZA
ART.1º: FIJÁNSE a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, las tarifas
en Módulos Municipales para el uso del Natatorio Municipal, en los siguientes
valores:
A) PASE DIARIO:
? Individual Mayor………………………………………………………..4 (CUATRO)
MODULOS.
? Individual Menor………………………………………………………..1.5 (UNO
COMA CINCO) MODULOS.
B) PASE NO RESIDENTE POR DÍA:
? Individual Mayor/Individual Menor…………………….…6 (SEIS) MODULOS.
C) PASE MENSUAL INDIVIDUAL MAYOR:
? Individual Mayor por Mes ……………………………………….13 (TRECE)
MODULOS.
? Individual Mayor por Semana……………………………….….6 (SEIS)
MODULOS.
? Individual Mayor por Quincena………………………………..10(DIEZ)
MODULOS.
D) PASE MENSUAL INDIVIDUAL MENOR:
? Individual Menor por Mes …………………………………………8 (OCHO) MODULOS.
? Individual Menor por Semana…………………………….… 4 (CUATRO) MODULOS.
? Individual Menor por Quincena………………………………...5 (CINCO) MODULOS.
E) PASE MENSUAL PARA GRUPO FAMILIAR:
? Grupo Familiar por Mes……………………………….……30 (TREINTA) MODULOS.
Entiéndase por unidad familiar la cual está conformada por un matrimonio, pareja
de hecho o unidad familiar monoparental, con hijos, hasta 4 (cuatro) integrantes del
mismo grupo familiar independientemente de la edad. Por cada integrante que
exceda la cantidad de 4 (cuatro), abonará SEIS (6) MODULOS, por persona de
manera mensual.
F) LA CUOTA MENSUAL PARA ADULTOS MAYORES, JUBILADOS Y/O
PENSIONADOS, será de CINCO (5) MODULOS.
G) LA CUOTA MENSUAL DE ESTUDIANTE de Niveles Terciarios o
Universitarios, acreditados con el correspondiente certificado de alumno
regular, tendrá un descuento del 50%.
H) LA CUOTA MENSUAL DE ALUMNOS DE ESCUELAS PROVINCIALES SERÁ
DE DOS (2) MODULOS.
I) LOS ALUMNOS DE NIVEL INICIAL DE ESCUELAS PROVINCIALES Y LAS
PERSONAS QUE ACREDITEN CON EL CORRESPONDIENTE CARNET DE
DISCIPACIDAD ACCEDERÁN SIN CARGO.
J) LA CUOTA MENSUAL PARA ALUMNOS DE NIVEL INICIAL DE ESCUELAS
PRIVADAS SERÁ DE DOS (2) MODULOS.
K) LOS INTEGRANTES DEL EQUIPO MUNICIPAL DE NATACIÓN TENDRÁN
UNA CUOTA DE CUATRO (4) MODULOS.
I) LOS EMPLEADOS MUNICIPALES TENDRÁN UN DESCUENTO DEL 50% EN
EL COSTO DE LA CUOTA MENSUAL, ESTE DESCUENTO SERÁ
PERSONAL E INTRANSFERIBLE. ESTE BENEFICIO INCLUYE AL GRUPO
FAMILIAR PRIMARIO (CONYUGE, HIJOS MENORES Y PADRES DEL
EMPLEADO).
M) EN TODOS LOS CASOS DE USUARIOS QUE TOMEN CLASES CON
PROFESORES (MENORES, ADULTOS, ADULTOS MAYORES), EL ABONO
MENSUAL DE LAS CLASES SERA DE SIETE (7) MODULOS.
N) EL COSTO MENSUAL DEL ALQUILER DEL ANDARIVEL PARA EL DICTADO
DE CLASES PARTICULARES SERA DE SETENTA (70) MODULOS,
CORRESPONDIENDO A DOS ESTIMULOS SEMANALES DE UNA HORA
RELOJ CADA UNO. Y QUIEN ALQUILE EL ANDARIVEL DEBERÁ
DECLARAR EN FORMA MENSUAL SU GRUPO DE USUARIOS Y
PRESENTAR EL LIBRE DEUDA MUNICIPAL.
O) LOS USUARIOS MENORES DE TRES (3) AÑOS, ABONARÁN UNICAMENTE
EL SEGURO Y DESDE LOS TRES (3) AÑOS EN ADELANTE ABONARÁN EL
PASE CORRESPONDIENTE Y EL SEGURO.
ART. 2°: AUTORIZASE al Secretario de Deportes y Recreación de la
Municipalidad de Esquel a realizar acuerdos y fijar tarifa diferencial para todos
aquellos casos especiales de Instituciones, Grupos de Usuarios, Docentes o
Prestadores de Salud que no se encuentren regulados en el Art. 1° de la presente
Ordenanza y que requieran hacer uso del Natatorio con fines determinados y que
no estén contemplados en las tarifas del artículo precedente. Dichos acuerdos
deberán ser remitidos a este Concejo para su conocimiento debiendo incluir el
cuadro Tarifario particular.
ART. 3°: Cada usuario deberá abonar la cuota del seguro, sin excepción para el
ingreso al natatorio, que asciende a la suma de cero con cincuenta (0,50)
MODULOS MENSUAL. No así en el caso de los usuarios de escuelas de todos
los niveles provinciales, las cuales poseen la cobertura del seguro del Ministerio
de Educación.
Los integrantes del equipo municipal de natación deberán abonar la cuota anual
del seguro para el ingreso al natatorio, que asciende a la suma de CINCO (5)
MODULOS
Los montos correspondientes al seguro sin excepción deberán liquidarse junto al
comprobante correspondiente a la cuota diaria, semanal, quincenal o mensual.-
Art. 4º: Regístrese, comuníquese, y cumplido, archívese.-
Esquel, 23 de Agosto de 2018
Mariela Sánchez Uribe Jorge Junyent
Secretaria Legislativa Presidente
H. Concejo Deliberante H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 10º Sesión Ordinaria del 2018, bajo
Acta N° 19/18, registrada como Ordenanza Nº 152/18.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín
Municipal y cumplido, archívese.
SECRETARIA DE GOBIERNO: de Agosto de 2018.