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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 158/2015/2015

Fecha de Sanción: 2015-12-31
Fecha de Promulgación: 2015-12-31
Ciudad: Esquel, Chubut

ADHESION A LA LEY Nº 21.477 Y SU MODIFICATORIA Nº 24.320.

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HCD. ESQUEL H. Concejo Deliberante De Esquel ORDENANZA N° 158/15 TEMA: ADHESION A LA LEY N° 21.477 Y SU MODIFICATORIA N° 24.320 - D.E. VISTO: La Ley de Corporaciones Municipales XVI N° 46 y la Ley Nacional 21.477 y su modificatoria N° 24.320, (Expte. 164/15) y CONSIDERANDO: Que la Ley Nacional 24.320, modificatoria de la Ley 21.477, determina los requisitos y procedimientos a seguir para obtener la adquisición de dominio por parte de la Provincia y Municipios por el modo establecido en el Art. 4.015 del Código Civil.- Que dicha Ley Nacional, es de suma importancia en ciudades como la nuestras, fundamentalmente por el abandono que efectúan muchos titulares dominiales de predios que se encuentran en "estado baldío", con las graves consecuencias que ello trae aparejado, debiendo, en la mayoría de los casos, ser limpiados y ordenados por el Estado Municipal.- Que con los mecanismos que aporta la mencionada norma legal, con la adhesión a ella se incorporarían al patrimonio municipal inmuebles por vía administrativa, luego del estudio y evaluación de los mismos con declaración de vacancia por abandono calificado. Que en muchos casos también se permitiría regularizar la titularidad de inmuebles que el Municipio ejerce la posesión de ellos, en forma pacífica, pública e ininterrumpida, correspondiéndoles por distintos actos jurídicos, pero que no se han formalizado para cumplir con la toma de razón en el Registro de la Propiedad Inmueble, no pudiendo acreditar su titularidad, en forma instrumental cuando se le exigen los documentos inscriptos. Que por lo expuesto justifica adherirse a la Ley Nacional 24.320, modificatoria de la Ley 21.477. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente ORDENANZA ART. 1º: ADHERIR en todos sus términos a la Ley Nacional 21.477 y su modificatoria N° 24.320. ART. 2º: Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo y cumplido archívese. Esquel, 20 de Agosto de 2015.- loun Secretaria Legistrtia H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Horacio Iturrioz Presidente H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 09º Sesión Ordinaria del 2015, bajo Acta 11/15, registrada como Ordenanza N° 158/15. POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese/al Boletín Municipal y cumplido, archivese. SECRETARIA DE GOBIERNO: 28 de Agosto de 2015. PABLO FABIÁN DURÁN SECRETARIO DE GOSTERAO MYMICIPALIDAD DE ESQUEL MO RAFAEL PALLAMS intenderfe Municipalidad de Esquel