Ordenanza Municipal N° 158/2019/2019
ADHESION LEY PROVINCIAL Nº VIII Nº 129.
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
ORDENANZA Nº 158/19
TEMA:ADHESION LEY PROVINCIAL Nº VIII Nº 129
VISTO: La ley Nacional Nº 27.499 y la Ley Provincial VIII Nº 129 (Expte. 116/19) y,
CONSIDERANDO:
Que porla importancia en materia de lucha contra la violencia de género es
sancionada la ley Nacional Nº 27.499/18 por el Congreso Nacional en fecha 19 de
Diciembre del año 2018, en Homenaje a Micaela García, joven de 21 años de edad,
quien fuera víctima de abuso sexual y femicidio en el año 2017 en la Localidad de
Gualeguay, Provincia de Entre Ríos.
Que dicha normativa dispuso la capacitación obligatoria en temática de género y
violencia contra las mujeres para todas las personas que trabajen en los tres
estamentos del Estado, cumpliendo con el compromiso que asumió nuestro país al
suscribir la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar, y Erradicar la
violencia contra la mujer.
Que la “Ley Micaela”, asimismo implica que funcionarios/as públicos conozcan las
normas legales vigentes sobre el tema; también promueven la concientización sobre
la discriminación que sufren las mujeres en todos los ámbitos en el que participan.
Que los rectores de todas las Universidades del país resolvieron adherir a la Ley
Micaela, de capacitación obligatoria en perspectiva de género a docentes, no
docentes y autoridades.
Que el gobernador de la Provincia de Chubut promulgó la adhesión de la Ley
Micaela, dando cumplimiento con los compromisos asumidos sobre las
capacitaciones en materia de perspectiva de género y en la misma invita a adherir
a todos los Municipios.
Que por lo antedicho, es necesario, que el Municipio de Esquel adhiera a la Ley
Provincial VIII Nº 129, y adopte y gestione medidas, colaborando en políticas
públicas para erradicar las diversas formas de violencia ejercidas sobre las mujeres.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTEDE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones y facultades que le confiere la Ley XVI, Nº 46
sanciona la presente
ORDENANZA
ART.1º: ADHIERASE en todos sus términos a la Ley Provincial VII Nº 129 “Ley
Micaela”, de capacitación obligatoria en género para todas las personas que
integran los tres poderes del Estado Provincial.
ART.2°:Invitar al Poder Ejecutivo Municipal a realizar las modificaciones internas
que fueran necesarias para adecuarse a dicha Ley provincial.
ART. 3º: REMITASE la presente Ordenanza a los Concejos Deliberantes de la
Provincia de Chubut, a los efectos de que se tome conocimiento y se pronuncien en
un mismo sentido.
ART. 4º: Regístrese, comuníquese, y cumplido, archívese. -
Esquel, 22 de Agostode 2019.
Mariela Sánchez Uribe Jorge Junyent
Secretaria Legislativa Presidente
H. Concejo Deliberante H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 10° Sesión Ordinaria del 2019, bajo
Acta N°17/19, registrada como Ordenanza Nº 158/19.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín
Municipal y cumplido, archívese.
SECRETARIA DE GOBIERNO: de Agosto de 2019.