Ordenanza Municipal N° 192/2010/2010
REGLAMENTO RESIDENCIA DEPORTIVA.
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
M.c.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
ORDENANZA N° 192/10
TEMA: REGLAMENTO RESIDENCIA DEPORTIVA
VISTO
La Ordenanza 166/10 de creación del cargo para el personal responsable de la
Residencia Deportiva (Expte. 156/10), y
CONSIDERANDO
Que es necesario contar con un reglamento de uso de la Residencia Deportiva, para
el buen desarrollo de las actividades que atañen a la misma.
Que desde la Subsecretaría de Deportes de la Municipalidad e integrantes de la
Comisión de Turismo y Deportes del H.C.D., se ha redactado el instrumento que
regirá el funcionamiento de la Residencia Deportiva.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en
uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46 sanciona la presente.
ORDENANZA
Art.1°: APRUEBASE el Reglamento Interno de la Residencia Deportiva Municipal, cuyo
texto figura como Anexo I de la presente Ordenanza.
ART.2°: Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo, y cumplido archívese.
Esquel, 09 de Diciembre de 2010.
reeta Spegate
Acuntien
Me Diay
President
Secretaria Legislativa
H. Concejo Deliberante
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 17ª Sesión Ordinaria de 2010, bajo Acta 22/10,
registrada como Ordenanza N° 192/10.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y
cumplido, archívese
SECRETARIA DE GOBIERNO: 15 de Diciembre de 2010
fes
REGLAMENTO INTERNO RESIDENCIA DEPORTIVA
ANEXO I - ORDENANZA N° 192/10
1. DEL OBJETO
El presente reglamento tiene por objeto:
a. Comunicar las disposiciones
que la Subsecretaria de Deportes y Recreación de la
Municipalidad de Esquel establezca para el funcionamiento de la Residencia Deportiva
Municipal.
b. Establecer las disposiciones que rigen y se hacen extensivas a todos los usuarios.
c. Cumplimentar el código de convivencia.
d. Brindar sus servicios sólo a aquellas personas que participen activamente de actividades
deportivas, facilitando el acceso al deporte.
2. DE LOS SERVICIOS QUE PRESTA
a. La Residencia Deportiva Esquel prestará servicios de alojamiento únicamente.
b. La capacidad máxima para alojar personas de la Residencia Deportiva Municipal es de 80
personas.
c. Cada habitación cuenta con una capacidad máxima de hasta 8 personas, distribuidas en
10 habitaciones, 4 de ellas adaptadas para personas con discapacidad.
3. DE LOS USUARIOS DEL SERVICIO.
Podrán ser usuarios de los servicios que presta la Residencia Deportiva aquellas personas
que en el marco de eventos deportivos auspiciado y/o realizados por la Subsecretaria de
Deportes y Recreación se encuentren enmarcados en las siguientes categorías:
a. Delegaciones deportivas que participen activamente.
b. Coordinadores de los grupos que participen.
c. Acompañantes, en el caso de los menores de edad, los cuales no podrán exceder el 15 %
de la totalidad del grupo.
4. DE LAS RESERVAS.
Las reservas deberán hacerse hasta cinco días hábiles antes del ingreso. Caso contrario,
el servicio se brindará dependiendo de su disponibilidad.
Para realizar la reserva deberán informar a la Residencia:
a. Apellido y nombre.
b. DNI.
c. Fecha de nacimiento
d. Deporte que realiza.
e. Acompañantes del Grupo.
f. Lugar de procedencia.
9.
Coordinador el grupo.
h.
Fecha de ingreso a la Residencia.
i.
Fecha de egreso de la residencia.
j.
Evento en el que participan.
k.
Teléfono.
Cumplentin
Secretaria Legislativa
M.C.D. de Esquel
la T
DR. HECTOR C. TROTTA
???
PRESADENTE
NOVORABLE COACEJO DELHBERANTE
CIUDAD DE ESQUEL
5. CÓDIGO DE CONVIVENCIA.
a) Cada grupo deberá designar un delegado que lo represente ante la Gerencia.
b) El horario de ingreso por las noches no podrá ser después de las 01.00 hs. Pasada
dicha hora no podrá ingresar a la Residencia.
c) El horario de salida será hasta las 13.00 hs.
d) Cualquier pasajero que llegue en estado de ebriedad se le negará la entrada a la
Residencia.
e) Las personas
que realicen acciones perjudiciales a la normal convivencia de la
Residencia serán pasibles de expulsión.
f) En caso de que asista alguna persona con tratamiento médico, éste queda bajo
exclusiva responsabilidad del delgado designado.
9) No se podrán ingresar a las habitaciones con comida y/o bebidas.
h) Queda prohibido el ingreso de toda persona que no esté debidamente registrada.
i) Desde las 22.00 horas en todas las habitaciones deberá moderarse el volumen
acústico. En las habitaciones, aunque sea sólo un usuario quien lo pida, se deben
apagar las luces y respetar el silencio. Se deberá respetar también el silencio
nocturno en los pasillos y escaleras.
j)
Está prohibido fumar en todas las instalaciones de la Residencia Deportiva
(Ordenanza N° 202/09).
6. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS.
6.1.1. Derechos:
a. Utilizar conforme al Código de Convivencia el servicio de la Residencia Deportiva
Municipal.
b. Solicitar a la gerencia el cumplimiento de los servicios, en caso que no se cumplan.
c. Comunicar a la gerencia su queja o disconformidad respecto de cualquier usuario y de
la prestación del servicio en general.
6.1.2. Obligaciones.
a. Conocer el presente Reglamento y cumplir sus disposiciones como así también las
que oportunamente se den a conocer.
b. Mantener una conducta acorde a la sana y armoniosa convivencia, teniendo
presente la razón de su permanencia y la de los demás pasajeros.
c. Informarse sobre las medidas de seguridad existentes en la residencia.
d. Evitar situaciones de riesgo o conflicto que comprometan la seguridad personal
y/o del grupo.
e. Mantener la higiene del edificio en general.
f. Cuidar todos los elementos de la residencia (muebles, artefactos, instalaciones,
etc.).
9.
En caso de deterioro no proveniente del uso normal, pérdida o rotura de algún
elemento de las habitaciones o del edificio; el costo de/l bien/es perdidos o
dañados será abonado por el o los pasajeros, en forma individual si existe un
responsable o en forma conjunta si no se puede identificar a un responsable.
Cumplir con las prohibiciones estipuladas en el punto 6.2.
-secretaria Legisiativa
H.C.D. de Esquel
PRESIDENTE
RESALE CONCE DELIBERANTE
CIUDAD DE ESQUEL