Ordenanza Municipal N° 237/2020/2020
MODIFICACION C.P.U. ( ZONA PARQUE INDUSTRIAL) (RELACIONADA CON 100/21 - 117/18-103/18-221/14-93/12) DEROGADA POR ORD 207/21
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD
H. Concejo Deliberante
De ESQUEL
"2020 AÑO DE LA ENFERMERÍA - ENFERMERIA AHORA"
ORDENANZA Nº237/2020
TEMA: MODIFICACION C.P.U
VISTO:
La Ordenanza N° 153/98, CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO de la Ciudad de
Esquel (293/08), Y
CONSIDERANDO:
Que dado el tiempo transcurrido desde su puesta en vigencia, se verifica la necesidad de
adecuar su redacción a las nuevas demandas que el crecimiento de nuestra ciudad
Que el CPU vigente establece que el suelo de urbanización diferida es aquel en que se
valora de interés municipal su rol como posible suelo urbanizable a largo plazo; y esta
declaración del suelo puede hacerse sobre un suelo clasificado primariamente como rural
o como urbano
Que, resulta necesaria la ampliación y consolidación de la planta urbana de la ciudad,
con la generación de tierras aptas para la localización de futuras urbanizaciones e
industrias limpias.
Que en la clasificación actual no hay indicadores urbanísticos para el desarrollo de las
zonas de Paisaje Protegido y Banda Agroindustrial.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente
ORDENANZA
ART. 10: INCORPÓRASE el Art. 15 ter al CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO de la
ciudad de Esquel - Ord. N° 153/98- el que quedará redactado de la siguiente manera:
"ART. 15 TER: En los fraccionamientos a realizar en el ÁREA DE PAISAJE
PROTEGIDO (A.P.P.) se establecen los indicadores urbanísticos correspondientes a la
zona Residencial Jardín 4 (RJ4), siendo obligatorio la instalación subterránea de todas
las redes de servicios actuales y/o futuros y la construcción de cordones cuneta en las
calles a abrir y ceder al dominio público".
ART. 2º: MODIFICASE el ART. 158º del CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO de la
ciudad de Esquel - Ord. N° 153/98- el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 158° : (Zonificación del Área Urbana).-
El Área Urbana comprende las siguientes zonas:
a) Area Centro,
b)
Corredores Urbanos,
c) Área Residencial Urbana,
d) Área Residencial Jardín,
e) Áreas Mixtas,
f) Área de Extensión Oeste,
g) Corredor Periférico a Trevelin,
h) El área destinado a Parque Industrial (C3- S3 - Mzas. 1 a 16) incluida en el Corredor
Periférico al Aeropuerto,
i) Áreas de Usos especiales, incluidas las zonas de suelo diferido del Regimiento (DRE)
y de la Cantera (DCA).
H. Concejo Deliberante
De ESQUEL
"2020 AÑO DE LA ENFERMERÍA - ENFERMERIA AHORA"
j) Área de Parques Urbanos (entiéndase por Parque Urbano a los espacios verdes
públicos con destinos recreativos con posibilidades de infraestructura cultural y deportiva,
preferentemente circundado por calles y/o límites naturales. Superficie de suelo no
edificable y que amerita la inclusión de usos y equipamientos públicos acordes al destino
principal y a la escala de la Ciudad)."
ART. 3°: INCORPORASE al Art. 284 inciso b), el punto ill, al CÓDIGO DE
PLANEAMIENTO URBANO de la ciudad de Esquel - Ord. N° 153/98- el que quedará
redactado de la siguiente manera:
"... ili. Una banda de quinientos (500) metros a ambos lados del eje de la Ruta Nacional
259, entre la calle José Adán (Chango) Ibáñez de acceso a la Casa Estudiantil y la
rotonda de intersección con la ruta nacional 40 en la que se admitirán fraccionamientos
residenciales. Se establecen los indicadores urbanísticos correspondientes a la zona
Residencial Jardín 3 (RJ3), siendo obligatorio la instalación subterránea de todas las
redes de servicios actuales y/o futuros y la construcción de cordones cuneta en las calles
a abrir y ceder al dominio público".
ART. 4%: Registrese, comuníquese ? cumplido archívese.
Esquel, 17 de diciembre de 2020
lown
Secretaria Legislativa a/c
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
alejandro Wengiend
Concejo Deliberahte
Ciudad de Esquel
Dada en la sala de Sesiones del H.C.D. en la 16° Sesión Ordinaria del 2020, bajo Acta N°
29/2020, registrada como Ordenanza N°237/2020.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín Municipal
y cumplido archivese
SECRETARIA DE GOBIERNO: 30 de Diciembre de 2020.
"NE SECRETARIA"
Municipalidad de Esquel