Ordenanza Municipal N° 245/2019/2019
ADHESIÓN A LEY PROVINCIAL IX Nº 146 (“PROMOCION INDUSTRIA DEL SOFTWARE”.
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
ORDENANZA Nº 245/19
TEMA: ADHESIÓN A LEY PROVINCIAL IX Nº 146 (“PROMOCION INDUSTRIA
DEL SOFTWARE”).-
VISTO: La Ley Nacional Nº 25.922 y la Ley Provincial IX Nº 146, (Expte. 366/19) y
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley IX Nº 146, la Provincia del Chubut se adhirió a Ley Nacional Nº
25.922.
Que, el Art. 4º de la Nacional Nº 25.922 establece que las actividades comprendidas
en el régimen establecido son la creación, diseño, desarrollo, producción e
implementación y puesta a punto de los sistemas de software desarrollados y su
documentación técnica asociada, tanto en su aspecto básico como aplicativo,
incluyendo el que se elabore para ser incorporado a procesadores utilizados en
bienes de diversa índole, tales como consolas, centrales telefónicas, telefonía
celular, máquinas y otros dispositivos.
Que, el Art. 2º de la Ley Provincial IX Nº 146 considera la actividad de producción
del software como una actividad productiva de transformación asimilable a una
actividad industrial, a los efectos de la percepción de los beneficios impositivos,
crediticios y de cualquier otro tipo que se establezcan.
Que, a partir de dicha adhesión toda aquella persona, humana o jurídica que adhiera
al régimen de promoción de la Industria del Software que establece la Ley Nacional
N° 25.922 y se encuentre comprendido en los beneficios establecidos en la misma,
estarán exentos del pago del impuesto sobre los ingresos brutos y, asimismo,
estarán también exentos de pago del impuesto de sellos en aquellos actos jurídicos
relacionados con cada una de las actividades a que hace referencia el Art. 4° de la
Ley Nacional N° 25922; en los términos de la Ley IX N° 80 (antes Ley N° 5854).
Que, es necesario continuar legislando en nuestra Localidad con leyes que
promuevan la producción y el desarrollo de las industrias locales/regionales.
Que, el Estado Municipal debe ser uno de los protagonistas del desarrollo local,
actuando de manera eficaz ante las necesidades que se demandan de los diferentes
sectores productivos en pos del beneficio de nuestra comunidad.
Que, seria acertado, que el Municipio de Esquel, continúe adoptando medidas y
políticas públicas para el desarrollo económico-productivo local.
Que, el Art. 8º de la Ley Provincial IX Nº 146 invita a los Municipios de la provincia
del Chubut a adherir a la misma.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona la
presente:
ORDENANZA
ART. 1º: ADHIÉRASE en todos sus términos a la Ley Provincial IX Nº 146
(“PROMOCION INDUSTRIA DEL SOFTWARE”).-
ART. 2º: Invitar al Poder Ejecutivo Municipal a realizar las modificaciones internas
que fueran necesarias para adecuarse a la presente Ley.-
ART. 3º: Remitir copia de la misma a los demás Concejos Deliberantes de la
Provincia del Chubut a fin de que se tome conocimiento de la presente y se
pronuncien en un mismo sentido.-
ART. 4º: Regístrese, comuníquese y cumplido archívese.-
Esquel, 28 de Noviembre de 2019.
Mariela Sánchez Uribe Jorge Junyent
Secretaria Legislativa Presidente
H. Concejo Deliberante H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 15° Sesión Ordinaria del 2019, bajo
Acta N° 24/19, registrada como Ordenanza Nº 245/19.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín
Municipal y cumplido, archívese.
SECRETARIA DE GOBIERNO: de Diciembre de 2019.