Ordenanza Municipal N° 247/2017/2017
VALUACIONES INMOBILIARIOS.
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
ORDENANZA Nº 247/17
TEMA: VALUACIONES INMOBILIARIOS
VISTO: La Ordenanza Municipal N° 046/88 que establece los valores unitarios básicos para
tierra y edificaciones, y elementos, fórmulas y procedimientos para la obtención de la
valuación fiscal en el área urbana; y las Ordenanzas Municipales N° 152/08 y 291/14, (Expte
Nº324/17); y
CONSIDERANDO
Que la valuación es un instrumento que posibilita el conocimiento valuatorio del patrimonio
de los inmuebles pertenecientes a la jurisdicción.
Que desde el punto de vista de la valuación fiscal masiva, ha de tenerse en cuenta que la fiscalidad inmobiliaria
es uno de los pilares que fundamenta la estructura tributaria de las sociedades modernas.
Que la contribución territorial debe convertirse en una de las principales fuentes de ingresos tributarios, para lo
cual se debe hacer un notable esfuerzo de ordenamiento y gestión, logrando con ello que la contribución
territorial sea una efectiva base económica.
Que esto se logrará a través del diseño de normas y procedimientos sustentados en los principios de equidad
e imparcialidad, los cuales dependen de la existencia de una proporcionalidad y acercamiento prudente entre
el valor catastral y el valor de mercado.
Que las normas deben ser uniformes, de aplicación general y capaces de expresar con la mayor exactitud y
sencillez todos los elementos que conforman los valores; evitando factores personales y midiendo valores con
unidades comparables.
Que por consiguiente, la revisión de valores fiscales se realiza con el fin de conseguir una mayor objetividad,
que refleje la distribución en el tiempo y en el espacio de los valores que se dan en la realidad.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL,
en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente
ORDENANZA
ART. 1º: Los valores unitarios básicos por metro cuadrado edificado a los que hacen
referencia el ANEXO I de la presente Ordenanza, serán de aplicación a partir del 01 de
Enero de 2018.-
ART. 2º: Regístrese, Comuníquese, dese al Boletín Municipal y cumplido archívese.
Esquel, 14 de Diciembre de 2017
Mariela Sánchez Uribe Jorge Junyent
Secretaria Legislativa Presidente
H. Concejo Deliberante H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 18º Sesión Ordinaria del 2017, bajo Acta
21/17, registrada como Ordenanza Nº 247/ 17.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y
cumplido, archívese.
SECRETARIA DE GOBIERNO: de de 2017.