Ordenanza Municipal N° 39/2021/2021
CUADRO TARIFARIO DE REMISES.
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
H. Concejo Deliberante
De Esquel“2021AÑO DEL BICENTENARIO DEL FALLECIMIENTO DEL GENERAL MARTÍN MIGUEL DE GÜEMES”
ORDENANZA Nº 39/2021
TEMA: CUADRO TARIFARIO DE REMISES
VISTO: La Ordenanza Nº 214/2020 y su modificatoria Ord. N° 233/2020 (Expte. 183/06), y
CONSIDERANDO:
Que, las Ordenanzas mencionadas en el Visto, determinan zonificación y tarifas del servicio.
Que, es necesario efectuar un ajuste razonable de dichas tarifas en razón de la variación del
precio del combustible y de los cálculos de inflación reflejados en el corriente año.
Que, en virtud del análisis efectuado en la Comisión de Servicios Públicos y Transporte, es
menester efectuar dicha adecuación a las tarifas de la prestación del servicio regulando el
incremento a partir del 31 de mayo del corriente año, según Anexo I de la presente.
Que la Comisión de Servicios Públicos y Transporte, entiende que es necesario realizar el
ajuste correspondiente de las tarifas del servicio.
Que corresponde dictar la norma legal correspondiente.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en
uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI – Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
ART. 1º: APRUEBASE a partir del 31 de Mayo del corriente año, el cuadro tarifario del Servicio
de Remises para la ciudad de Esquel, que forma parte de la presente como Anexo I.
ART.2º: Para los destinos que se detallan en el presente artículo se establecen las siguientes
tarifas a partir del 31 de mayo del corriente año:
1. ESCUELA 107 NAHUEL PAN ………..……..$ 660(PESOS SEISCIENTOS SESENTA).
2. ESCUELA 188 RIO PERCY………………..$ 660 (PESOS SEISCIENTOS SESENTA).
3. LOCALIDAD DE TREVELIN …………………$ 1180 (PESOS UN MIL CIENTO OCHENTA).
4. AEROPUERTO ………………………………$ 1180 (PESOS UN MIL CIENTO OCHENTA).
5. LA HOYA ……………………………………… $ 1180 (PESOS UN MIL CIENTO OCHENTA).
6. POR KILOMETRO RECORRIDO……………$ 60 (PESOS SESENTA). El cual se tomará
como valor de referencia.
ART.3º: Los viajes no comprendidos en la presente Ordenanza podrán ser pactados entre las
partes, quedando los mismos desregulados.
ART. 4º: La revisión del cuadro tarifario, establecido en la presente Ordenanza, se realizará
semestralmente, tomándose como fecha de referencia el día 31 de Mayo y el día 30 de
Noviembre de cada año, junto a la revisión del cuadro tarifario del servicio de taxis. En el
supuesto que el Índice de Precios al Consumidor (IPC) para la Patagonia, elaborado por el
INDEC, supere el diez por ciento (10%) en un trimestre, se podrá adelantar la fecha de la
revisión tarifaria.
ART. 5º:En aquellos casos en el cual surgiera del monto total a abonar, diferencias menores a
PESOS DIEZ ($10.00), y fuese imposible la devolución pertinente, dicha diferencia será
siempre a favor del usuario del servicio de remises de la ciudad.
ART 6º: Regístrese, comuníquese y cumplido archívese.
Esquel, 7 de mayo de 2021.
Lic. Lorena Anderson Arq. Alejandro Wengier
Secretaria Legislativa a/c Presidente
H. Concejo Deliberante H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 4º Sesión Ordinaria del 2021, bajo Acta Nº 10/2021,
registrada como Ordenanza Nº 39/2021.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y cumplido,
archívese.
SECRETARIA DE GOBIERNO: de de 2021.
H. Concejo Deliberante
De Esquel“2021AÑO DEL BICENTENARIO DEL FALLECIMIENTO DEL GENERAL MARTÍN MIGUEL DE GÜEMES”
ANEXO I – ORDENANZA N° 39/21
Salida
Llegad
a
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