Ordenanza Municipal N° 44/2016/2016
Tarifa natatorio que modifica 308/15.
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
H. Concejo Deliberante
De Esquel
ORDENANZA Nº 44/16
TEMA: MODIFICACION ORDENANZA Nº 308/15
VISTO:
La Ordenanza Nº 308/15, de fecha 17 de Diciembre de 2015, (Expte. 355/15) y,
CONSIDERANDO:
Que, los insumos que se utilizan en el natatorio municipal han sufrido un incremento como
consecuencia de la suba de precios.
Que, consecuentemente con la actividad que se desarrolla en el natatorio Municipal resulta de
extrema necesidad contar con insumos tales como cloro, decantadores a los fines de la limpieza y
purificación del agua.
Que, los mismos deben ser utilizados a los fines de proteger la salud de los usuarios.
Que es necesario modificar el Art. Nº 1 de la Ordenanza Nº 308/15.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de
las atribuciones que le confiere la ley XVI Nº 46, sanciona la presente:
ORDENANZA
ART.1º: Modificase el Artículo Nº 1 de la Ordenanza Nº 308/15, el cual quedará redactado de la
siguiente manera: ART.1º:“FIJASE a partir de la promulgación de la Presente, las siguientes
tarifas en Módulos Municipales para el uso del Natatorio en los siguientes valores:
A) PASE DIARIO:
? Individual Mayor ………………………………………………….… 2,4 MÓDULOS (por día)
? Individual Menor ……………………………………………………. 1,2 MÓDULOS (por día)
B) PASE NO RESIDENTE POR DÍA:
? Individual Mayor/Individual Menor ……………………CUATRO (4) MÓDULOS
C) PASE MENSUAL INDIVIDUAL MAYOR:
? Individual Mayor por Mes …………………………………..…DOCE (12) MÓDULOS
? Individual Mayor por Semana………………………………… CINCO (5) MÓDULOS
? Individual Mayor por Quincena…………………………………OCHO (8) MÓDULOS
D) PASE MENSUAL INDIVIDUAL MENOR:
? Individual Menor por Mes…………………………………….…… SEIS (6) MÓDULOS
? Individual Menor por Semana…………………………………DOS COMA SEIS (2,6) MÓDULOS
? Individual Menor por Quincena……………………………CUATRO (4) MÓDULOS
E) PASE MENSUAL PARA EL GRUPO FAMILIAR:
? Grupo Familiar por Mes……………………………………… VEINTE (20) MÓDULOS
Entiéndase por familiar aquella unidad familiar conformada por un matrimonio, pareja de hecho, o
unidad familiar monoparental con hijos menores de 18 años, hasta cuatro (4) integrantes del
mismo grupo familiar independientemente de su edad. Por cada integrante que exceda la cantidad
de cuatro, abonará CUATRO (4) Módulos por persona por mes.
F) La CUOTA MENSUAL para ADULTOS MAYORES, Jubilados y/o Pensionados a partir de
65 años será de TRES MÓDULOS COMA SEIS (3,6).-
H. Concejo Deliberante
De Esquel
G) La CUOTA MENSUAL de ESTUDIANTE de Niveles terciarios o Universitarios,
acreditados con el correspondiente certificado de alumno regular tendrá un descuento del
50%.-
H) La CUOTA MENSUAL de alumnos de escuelas provinciales será de UN MODULO y MEDIO
(1,5).-
I) Los alumnos de Nivel Inicial de las Escuelas Provinciales y las personas que acrediten con el
correspondiente carnet de discapacidad accederá SIN CARGO.-
J) La Cuota mensual para alumnos de Nivel Inicial de escuelas Privadas será de UN MODULO y
MEDIO (1,5).-
K) Los integrantes del Equipo Municipal de Natación tendrán una cuota de CUATRO (4)
MODULOS.-
L) Los empleados municipales tendrán un descuento del 50% en el costo de la cuota mensual.
Este descuento será personal e intransferible. Este beneficio incluye al grupo familiar
primario (conyugue, hijos menores y padres del empleado)
M) En todos los casos de usuarios que tomen clases con profesores (menores, adultos, adultos
mayores) el abono mensual de las clases será de SEIS (6) MODULOS.-
N) El costo mensual del alquiler del andarivel para el dictado de clases particulares será de
CINCUENTA (50) MÓDULOS; los que corresponden a 2 (dos) estímulos semanales de 1
(una) hora reloj. Y quien alquile el andarivel deberá declarar en forma mensual su grupo de
usuarios y presentar el libre deuda municipal de impuesto a los Ingresos Brutos.-
ART.2 º: AUTORIZASE al Secretario de Deportes y Recreación de la Municipalidad de Esquel a
realizar acuerdos y fijar una tarifa diferencial para todos aquellos casos especiales de
Instituciones, Grupo de Usuarios, Docentes o Prestadores de Salud que no se encuentren
regulados en el Art. 1º de la presente Ordenanza y que requieran hacer uso del Natatorio con
fines determinados y que no estén contemplados en las tarifas del artículo precedente. Dichos
acuerdos deberán ser remitidos a este Concejo para su conocimiento debiendo incluir el cuadro
Tarifario particular.-
ART.3 º: Cada usuario deberá abonar la cuota de seguro SIN EXCEPCIÓN para el ingreso al
natatorio. No así en el caso de usuarios de Escuelas de todos los niveles provinciales, los cuales
poseen la cobertura del seguro del Ministerio de Educación.-
ART.4 º: Regístrese, Comuníquese y cumplido archívese.-
Esquel, 28 de Abril de 2016.-
Mariela Sánchez Uribe Jorge Junyent
Secretaria Legislativa Presidente
H. Concejo Deliberante H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 4º Sesión Ordinaria del 2016, bajo Acta 06/16,
registrada como Ordenanza Nº /16
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y cumplido,
archívese.
SECRETARIA DE GOBIERNO: de de 2016.