Ordenanza Municipal N° 70/2021/2021
BONIFICACIONES PARA VEHÍCULOS HÍBRIDOS y ELÉCTRICOS.
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel “2021 AÑO DEL BICENTENARIO DEL FALLECIMIENTO DEL GENERAL MARTÍN MIGUEL DE GÜEMES”
ORDENANZA Nº 70/2021
TEMA: BONIFICACIONES PARA VEHÍCULOS HÍBRIDOS y ELÉCTRICOS
VISTO: La necesidad de impulsar la adquisición de vehículos eléctricos e híbridos que
minimizan el impacto ambiental (Expte. 90/21) y
CONSIDERANDO:
Qué, la industria y comercialización de los autos que incorporan motores híbridos,
motores eléctricos y las celdas de combustible se encuentra en un proceso de incentivo
e implementación a nivel mundial, dadas las ventajas que ello implica en términos
ambientales como contrapartida a la emisión de gases producida por los tradicionales
motores de combustión interna.
Qué, este tipo de motorizaciones no sólo conlleva una menor emisión de gases tóxicos,
sino también notorias ventajas tanto desde un punto de vista ambiental, como
consumos de hasta un cuarenta por ciento (40%) menos de combustible, menor
contaminación sonora y la utilización de energías limpias y renovables.
Qué, el Decreto Nacional N° 331/17 estableció medidas iniciales para una primera
etapa de comercialización de dichos vehículos, estableciendo una reducción transitoria
de los derechos de importación extrazona para una cantidad limitada de seis mil(6.000)
vehículos, durante un período transitorio de treinta y seis (36) meses.
Qué, a nivel local, tanto el mercado de los vehículos híbridos como eléctricos es
incipiente y costoso, por lo cual debe ser incentivado tributariamente en razón de los
indudables beneficios en el cuidado del ambiente que su uso ocasiona.
Qué, en virtud de todo lo expuesto a través de la presente norma municipal se propone
un sistema de beneficios impositivos para aquellos vehículos que utilizan una
tecnología de motorización alternativa a los motores convencionales de combustión
interna.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente
ORDENANZA
ART. 1°: ESTABLÉZCASE una bonificación del ciento por ciento (100%) en el pago del
impuesto automotor, para aquellos vehículos que revistan las características de
eléctricos o híbridos, entendiéndose como tales aquellos que utilicen una tecnología de
motorización alternativa a los motores convencionales de combustión interna
propulsados por un motor eléctrico y alternativamente en forma conjunta por uno de
combustión interna (híbridos) como así también con celda de combustible (a
hidrógeno).
ART. 2°: El beneficio mencionado en el Artículo 1° será aplicado durante el primer año
calendario en el que dichos vehículos fueran dados de alta en la Municipalidad de
Esquel.
Durante el 2do y el 3er año de radicación la bonificación será del cincuenta por ciento
(50%) en el valor del impuesto automotor.
ART. 3°: Los taxis, remises y taxifletes que utilicen este tipo de vehículos, tendrán una
bonificación del cincuenta por ciento (50%) en el impuesto a los Ingresos Brutos
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel “2021 AÑO DEL BICENTENARIO DEL FALLECIMIENTO DEL GENERAL MARTÍN MIGUEL DE GÜEMES”
durante dos (2) años a partir de la inscripción del vehículo en la Municipalidad de
Esquel.
ART. 4°: Otras actividades comerciales que utilicen el tipo de vehículos mencionados
en el Artículo 1° recibirán una bonificación del dos por ciento (2,00%)en el impuesto a
los Ingresos Brutos por un plazo de dos (2) años a partir de su inscripción, por cada uno
de los automotores patentados en la Municipalidad de Esquel.
ART. 5°: Regístrese, comuníquese, y cumplido, archívese. -
Esquel, 18 de Junio de 2021.
Lic. Lorena Anderson Arq. Alejandro Wengier
Secretaria Legislativa A/C Presidente
H. Concejo Deliberante H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 7°Sesión Ordinaria del 2021, bajo Acta Nº
15/2021, registrada como Ordenanza Nº 70/2021.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín
Municipal y cumplido, archívese.
SECRETARIA DE GOBIERNO: de de 2021.