Ordenanza Municipal N° 74/2021/2021
ADHESIÓN A LA LEY PROVINCIAL I. N° 674 “RECONOCIMIENTO DE LA LENGUA DE SEÑAS ARGENTINA”.
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
“2021 AÑO DEL BICENTENARIO DEL FALLECIMIENTO DEL GENERAL MARTÍN MIGUEL DE GÜEMES”
ORDENANZA Nº 74/21
TEMA: ADHESIÓN A LA LEY PROVINCIAL I- N° 674 “RECONOCIMIENTO DE LA
LENGUA DE SEÑAS ARGENTINA”.
VISTO: La Ley Provincial I Nº 674 (Expte. 118/20) y ;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Provincial I N° 674, tiene por objeto la supresión de las barreras
comunicacionales existentes entre la comunidad de personas sordas y el resto de la
sociedad, mediante el reconocimiento de la Lengua de Señas Argentina, y del derecho
que tienen los sordos a usarla como medio de expresión y comunicación válido, en el
ámbito del territorio de la Provincia de Chubut;
Que, se entiende como Lengua de Señas Argentina (en adelante LSA), al modo de
comunicación viso-espacial que utilizan las personas sordas que habitan la República
Argentina, y que contiene diversos regionalismos según la zona en la que es usada;
Que, la LSA se erige como la fuente de interacción entre personas Sordas y oyentes,
transformándose en un puente comunicacional que une dos realidades muy distintas;
Que, se reconoce como lengua oficial, en el territorio de la Provincia de Chubut, a la LSA
con los regionalismos propios que contiene, de acuerdo a su Artículo Nº4;
Que, la lengua de seña son Idiomas naturales estructuralmente distintos de las lenguas
orales. Se trata de una lengua visual, por lo que requiere de una correcta utilización y
visualización manual y gestual para garantizar la comprensión efectiva del mensaje;
Que mediante la Ordenanza 67/21, aprobada recientemente por este HCD, se
implementará en la Municipalidad de Esquel, el Servicio de Mediador de LSA, en sus
oficinas con atención al público.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N.º 46, sanciona la
presente;
ORDENANZA
ART. 1°: ADHIÉRASE en todos sus términos a la Ley Provincial I – N°674 “Ley de
Reconocimiento de la Lengua de Señas Argentina”.
ART. 2°: Regístrese, comuníquese y cumplido archívese.
Esquel, 18 de Junio de 2021.
Lic. Lorena Anderson Arq. Alejandro Wengier
Secretaria Legislativa A/C Presidente
H. Concejo Deliberante H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 7° Sesión Ordinaria del 2021, bajo Acta N°
15/2021, registrada como Ordenanza Nº 74/2021.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal
y cumplido, archívese.
SECRETARIA DE GOBIERNO: de de 2021.