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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 74/2021/2021

Fecha de Sanción: 2021-12-31
Fecha de Promulgación: 2021-12-31
Ciudad: Esquel, Chubut

ADHESIÓN A LA LEY PROVINCIAL I. N° 674 “RECONOCIMIENTO DE LA LENGUA DE SEÑAS ARGENTINA”.

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel “2021 AÑO DEL BICENTENARIO DEL FALLECIMIENTO DEL GENERAL MARTÍN MIGUEL DE GÜEMES” ORDENANZA Nº 74/21 TEMA: ADHESIÓN A LA LEY PROVINCIAL I- N° 674 “RECONOCIMIENTO DE LA LENGUA DE SEÑAS ARGENTINA”. VISTO: La Ley Provincial I Nº 674 (Expte. 118/20) y ; CONSIDERANDO: Que, la Ley Provincial I N° 674, tiene por objeto la supresión de las barreras comunicacionales existentes entre la comunidad de personas sordas y el resto de la sociedad, mediante el reconocimiento de la Lengua de Señas Argentina, y del derecho que tienen los sordos a usarla como medio de expresión y comunicación válido, en el ámbito del territorio de la Provincia de Chubut; Que, se entiende como Lengua de Señas Argentina (en adelante LSA), al modo de comunicación viso-espacial que utilizan las personas sordas que habitan la República Argentina, y que contiene diversos regionalismos según la zona en la que es usada; Que, la LSA se erige como la fuente de interacción entre personas Sordas y oyentes, transformándose en un puente comunicacional que une dos realidades muy distintas; Que, se reconoce como lengua oficial, en el territorio de la Provincia de Chubut, a la LSA con los regionalismos propios que contiene, de acuerdo a su Artículo Nº4; Que, la lengua de seña son Idiomas naturales estructuralmente distintos de las lenguas orales. Se trata de una lengua visual, por lo que requiere de una correcta utilización y visualización manual y gestual para garantizar la comprensión efectiva del mensaje; Que mediante la Ordenanza 67/21, aprobada recientemente por este HCD, se implementará en la Municipalidad de Esquel, el Servicio de Mediador de LSA, en sus oficinas con atención al público. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N.º 46, sanciona la presente; ORDENANZA ART. 1°: ADHIÉRASE en todos sus términos a la Ley Provincial I – N°674 “Ley de Reconocimiento de la Lengua de Señas Argentina”. ART. 2°: Regístrese, comuníquese y cumplido archívese. Esquel, 18 de Junio de 2021. Lic. Lorena Anderson Arq. Alejandro Wengier Secretaria Legislativa A/C Presidente H. Concejo Deliberante H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 7° Sesión Ordinaria del 2021, bajo Acta N° 15/2021, registrada como Ordenanza Nº 74/2021. POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y cumplido, archívese. SECRETARIA DE GOBIERNO: de de 2021.