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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 78/2021/2021

Fecha de Sanción: 2021-12-31
Fecha de Promulgación: 2021-12-31
Ciudad: Esquel, Chubut

PRORROGA N° 20/21 AL 30/06/21– APOYO TRANSPORTE ESCOLAR Y TAXIS POR COVID 19

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

MCD H. Concejo Deliberante De Esquel ORDENANZA N° 20/2021 TEMA: "PROGRAMA DE APOYO TRANSPORTE ESCOLAR, ALQUILER DE VEHICULOS SIN CHOFER Y TAXIS DE LA CIUDAD DE ESQUEL EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA COVID 19" VISTO: Los Decretos 260/2020 del PEN que declara la EMERGENCIA SANITARIA en todo el país y N° 297/2020 que establece el AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO; el Decreto Provincial N° 544/20 el cual dispone el DISTANCIAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO, para las personas de la totalidad de las localidades de la provincia del Chubut; y los numerosos decretos, resoluciones y disposiciones Provinciales (Expte. 58/20) y; CONSIDERANDO: Qué, todas estas medidas de estricto carácter sanitario, han ocasionado una abrupta disminución de las actividades comerciales y laborales, afectando económicamente a gran parte de la población. Que, la adopción de medidas de flexibilización posteriores para el sector comercial ha permitido el inicio de algunas actividades. Que a pesar de las nuevas medidas tomadas, el sector turístico de nuestra ciudad no ha logrado recuperarse de la crisis ocasionada por la pandemia de COVID-19. Que, una de las actividades que sufrieron un alto impacto en su actividad comercial debida a la baja en las actividades relacionadas al turismo, ha sido el sector de alquiler de vehículos. Que, el sector del transporte de pasajeros sin duda fue también una de las. actividades económicas más impactadas, permaneciendo muchas de ellas aún sin poder retomar sus actividades. Que, el sector de taxis se ve impactado directamente en su actividad debido a la situación descripta, fundamentalmente en la caída de recaudación por la participación que tienen en su labor la actividad turística, escolar, transporte de pasajeros que llegan a nuestra ciudad por transportes terrestres o aéreos y viajes interurbanos. Qué, el transporte escolar no ha tenido actividad desde el mes de marzo del año laud 2020 debido al cierre de los edificios escolares por la Pandemia COVID 19. Que, esta situación podrá llevar inexorablemente a empeorar la situación de los trabajadores y propietarios, con la consiguiente ruptura de la cadena de pagos y el cierre de fuentes de trabajo que en comunidades pequeñas como la de la ciudad de Esquel, resultan esenciales. Que, la presente no afecta el espíritu del CODIGO FISCAL suscripto por el Municipio de Esquel, y se ampara en el inciso h), del Art. N° 10 "Exenciones", dada la si ación por la pandemia COVID- 19. Que la Ordenanza N° 119/20 que otorgaba beneficios a propietarios de coches taximetro y transporte escolar, caducó el 31 de Diciembre del año 2020. Que a pesar de las nuevas actividades habilitadas en nuestra ciudad, los propietarios de coches taxímetros no han visto mejoras en su recaudación. Que, la situación epidemiológica en la ciudad se ha agravado, debido al aumento de casos y a la circulación comunitaria del virus COVID - 19. H. Concejo Deliberante De Esquel POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente ORDENANZA ART. 1°: EXÍMASE a partir del 1 de Enero hasta el 30 de Junio del corriente año, en un 100% (cien por ciento) del impuesto de patente automotor, a todas las unidades habilitadas para funcionar como transporte escolar y patentadas en la ciudad de Esquel. ART.2°: BONIFICASE a partir del 1 de Enero hasta el 30 de Junio del corriente año, 50% (cincuenta por ciento), del impuesto patente automotor, a todas las unidades habilitadas para funcionar como alquiler de automóviles sin conductor y patentadas en la ciudad de Esquel. ART. 3º: BONIFÍCASE a partir del 1 de Enero hasta el 30 de Junio del corriente año, en un 50% (cincuenta por ciento) del impuesto de patente automotor, a todas las unidades habilitadas para funcionar como coche taxímetro y patentadas en la ciudad de Esquel. ART.4°: En el caso de aquellos contribuyentes, alcanzados por la presente, hayan abonado dichos conceptos, la Secretaría de Hacienda deberá diseñar la forma de compensación en cada caso. ART. 5: Registrese, comuniquese, y cumplido, archívese. - Esquel, 09 de Abril delde 2021. Vowel Lorena Anderson Secretaria LegiSlativa a/c H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Presidente H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 2º Sesión Ordinaria del 2021, bajo Acta N° 06/21, registrada como Ordenanza N° 20/2021. POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín Municipal y cumplido, archívese. SECRETARIA DE GOBIERNO: 16 de Abril de 2021. MUNICIPALIDAO DE ESQUEL arq. SERGIO ONGARAT Intendent Municipalidad de Esquel