🏛️ Concejo Deliberante de Esquel | Portal Oficial
Volver al Inicio
Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 87/2020/2020

Fecha de Sanción: 2020-06-25
Fecha de Promulgación: 2020-06-30
Ciudad: Esquel, Chubut

AMPLIACIÓN DE CONTENIDO DEL PROGRAMA PAM (AMPLIA ORDENANZA 03/2015) DE ALFABETIZACION MUNICIPAL

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HCD H. Concejo Deliberante De Esquel "2020 AÑO DE LA ENFERMERÍA - ENFERMERÍA AHORA" ORDENANZA N° 87 /2020 TEMA: AMPLIACIÓN DE CONTENIDO DEL PROGRAMA PAM. VISTO: La Ordenanza N° 03/15 (expte 121/14)y; CONSIDERANDO: Que, la misma crea en el ámbito de la Secretaría de Cultura y Educación el Programa de Alfabetización Municipal (P.A.M.). Que, el Programa P.A.M. entre sus objetivos prevé democratizar el conocimiento, privilegiando el aprendizaje a través del encuentro y la interacción, la construcción colectiva y el intercambio de Que, desde el Area de Extensión Educativa de la Secretaría de Cultura y Educación y en el marco de las actividades que se realizan en consonancia a los principios de Ciudades Educadoras bajo el lema "Esquel: Una Ciudad que Educa" se sumaron proyectos que contemplan la alfabetización y profundización en sentido amplio: Proyecio de Iniciación a la lecto-Escritura -ESPACIOS DE ALFABETIZACIÓN DE ADULTOS. • Proyecto de iniciación a lenguajes artísticos. - Ta.M.F.I. (Talleres Municipales de Formación Integral). • Proyecto de Formación y Profundización en lenguajes artísticos - Ta.M.Fo.C. (Talleres Municipales de Formación Continua). • Proyecto ESPACIO JOVEN - Capacitación y formación para generar producciones artísticas. Proyecto ESPACIOS DE ALFABETIZACION DIGITAL, promueve el desarrollo de autonomía y adquisición de competencias para socializar activamente en relación con el entorno mediático y semiotico producto de la actual revolución digital y comunicativa. Que, habiendo sumado proyectos al Programa P.A.M., corresponde modificar la Ordenanza N°03/15, para detallar cada uno de los Proyectos que lo componen. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTEDE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones y facultades que le confiere la Ley XVI, N° 46 sanciona la presente ORDENANZA ART 1: MODIFICASE el ART.1° de la Ordenanza 03/15, que quedará redactado de la siguiente "ART. 12: IMPLEMÉNTASE en el ámbito del Área de Extensión Educativa de la Secretaria de Cultura y Educación de la Municipalidad de Esquel, el Programa de Alfabetización Municipal (P.A.M.), dentro de las actividades que se realizan en el marco de los principios de Ciudades Educadoras bajo el lema "Esquel: UNA CIUDAD QUE EDUCA" sumando proyectos que contemplan la alfabetización y profundización en sentido amplio: 1. Proyecto de Iniciación a la lecto-Escritura -ESPACIOS DE ALFABETIZACION DE ADULTOS. 2. Proyecto de iniciación a lenguajes artísticos-Ta. M.F.I. (Talleres Municipales de Formación Integral) 3. Proyecto de Formación y Profundización en lenguajes artísticos - Ta.M.Fo.C. (Talleres Municipales de Formación Continua) 4. 5. Proyecto ESPACIO JOVEN - Capacitación y formación para generar producciones artísticas. Proyecto ESPACIOS DE ALFABETIZACIÓN DIGITAL, promueve el desarroilo de autonomía y adquisición de competencias para socializar activamente en relación con el entomo mediático y semiótico producto de la actual revolución digital y comunicativa." ARt. 3: Registrese, comuniquese al Departamento Ejecutivo y cumplido archivese Esquel, 25 de/JUNIO de/2020. oun e. Lorena Anderson Secretaria Legisiatod H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Presidente Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 6° Sesión Ordinaria del 2020, bajo Acia N° 13/20, registrada como Ordenanza N° 87/2020. POR TANTO: Téndase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y cumplido, archívese. SECRETARIA DE GOBIERNO: 30 de funio de 2020 CDOR. TACCETTA MATIAS F SECRETARIO DEICOORDINACION DE GESTIÓN Y FINANZAS MUNICIPALIDAD DELESQUEL Arg. SERGIO ONGARATO Intendente Municinalidad de Esquel