Ordenanza Municipal N° 268/2018/2018
MODIFICACIÓN Nº 151/00.
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
ORDENANZA Nº 268/18
TEMA: MODIFICACIÓN ORDENANZA Nº 151/00
VISTO:
La Ordenanza Nº 151/00 Creación del Banco de Tierras (Expte. 152/00), y
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza cuenta ya con dieciocho (18) años de funcionamiento, durante este
tiempo en el que ya se han realizado muchas operaciones inmobiliarias, solucionando
parcialmente los problemas habitacionales de los vecinos.
Que en la actualidad el Banco de Tierras cuenta con importantes fondos que son necesarios
redireccionarlos para optimizar el funcionamiento del mismo.
Que existe la posibilidad de poder adquirir nuevas hectáreas para la realización de nuevas
urbanizaciones.
Que es necesario contar con fondos para poder afrontar los gastos de aparcelamiento,
contratación de agrimensores o manejos de suelo para la regularización de los predios.
Que existe la posibilidad que la Municipalidad construya viviendas para ser adjudicadas en
venta a los vecinos de la ciudad.
Que la Municipalidad de Esquel cuenta con terrenos cuyas medidas son suficientes para
construir esas viviendas.
Que estas modificaciones permitirán dar respuestas aún más concretas a los
requerimientos habitacionales de la comunidad.
Que por lo expuesto anteriormente es necesario modificar la ordenanza del visto para
poder disponer de esos fondos.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL,
en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona la presente
ORDENANZA:
ART. 1°: MODIFICASE, el Art. 1º de la Ordenanza Nº 151/00, que quedará redactado de la
siguiente manera: “ART. 1º: CREASE el BANCO DE TIERRAS MUNICIPALES DE
ESQUEL, cuyos objetivos serán la obtención de terrenos con destino al uso público y la
construcción de viviendas para ser adjudicadas en venta a quienes resulten beneficiarios.”
ART. 2°: MODIFICASE el Inciso “C” del Art. 4º de la Ordenanza Nº 151/00, que quedará
redactado de la siguiente manera: “C) La construcción de infraestructura de interés social
y/o para el desarrollo de nuevas urbanizaciones aprobados por el Departamento Ejecutivo
con el acuerdo del HCD. Estas obras de infraestructura deberán ser contratadas mediante
los procedimientos establecidos por la normativa provincial vigente”.
ART. 3°: MODIFICASE el inciso “A” al ART. 4º de la Ordenanza Nº 151/00, que quedará
redactado de la siguiente manera:
“A) La adquisición de predios mayores, a lotear para planes de viviendas de personas de
escasos recursos, o para la provisión de lotes a las familias de idéntica situación socio-
económica y la construcción de viviendas para ser adjudicadas en venta para los vecinos
de la ciudad de Esquel que cumplan con los requisitos que se establezcan al efecto.”
ART. 4°: MODIFICASE el ART. 5º de la Ordenanza Nº 151/00, que quedará redactado de
la siguiente manera. “ART. 5º: El Departamento Ejecutivo establecerá los mecanismos mas
beneficiosos para el interés general, con respecto a la venta de terrenos y viviendas. Podrá
disponer hasta el 75 % de los fondos del Banco de Tierras para la adquisición de nuevas
parcelas y/o construcción de viviendas.”
ART. 5°: MODIFICASE el ART. 6º de la Ordenanza Nº 151/00, que quedará redactado de
la siguiente manera. “ART. 6º: El Departamento Ejecutivo Municipal, dispondrá a través de
la Dirección de Tierras Fiscales de un registro permanente de inmuebles y de terrenos
afectados al Banco de Tierras como así también del estado y desarrollo de los proyectos
estén afectados al Banco de Tierras. Esta Dirección también tendrá a su cargo la
actualización del registro de solicitudes para la adquisición de terrenos o viviendas.”
ART. 6°: Regístrese, comuníquese y cumplido archívese.
Esquel, 29 de noviembre de 2018.-
Mariela Sánchez Uribe Jorge Junyent
Secretaria Legislativa Presidente
H. Concejo Deliberante H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 17º Sesión Ordinaria del 2018, bajo Acta Nº
27/18, registrada como Ordenanza Nº 268/18.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y
cumplido, archívese.
SECRETARIA DE GOBIERNO: de Diciembre de 2018.