Ordenanza Municipal N° 99/2021/2021
FIJA TARIFAS NATATORIO MUNICIPAL. ( PASES- ANDARIVEL- CONVENIOS CON INSTITUCIONES)
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
H. Concejo Deliberante
De Esquel “2021 AÑO DEL BICENTENARIO DEL FALLECIMIENTO DEL GENERAL MARTÍN MIGUEL DE GÜEMES”
ORDENANZA Nº 99/2021
TEMA: TARIFAS NATATORIO MUNICIPAL
VISTO: La necesidad de actualizar y modificar las tarifas para el ingreso al Natatorio
Municipal de acuerdo a la Ordenanza Nº 152/18 (Expte. 325/17) y,
CONSIDERANDO:
Que, teniendo en cuenta el ambiente geográfico e hidrográfico que presenta y rodea a la
ciudad de Esquel, se considera sumamente importante que la natación esté presente y sea
alcanzable para la mayoría de sus habitantes, ya que se trata de una actividad no solo
creativa, sino preventiva.
Que, actualmente el natatorio municipal posee una gran demanda, cuya composición se
puede dividir en: alumnos de Escuelas Municipales de Natación, alumnos de Escuelas
Provinciales (Jardines, escuelas primarias, secundarias, privadas y especiales); alumnos de
profesores privados, grupos de policías y usuarios libres.
Que, el natatorio Municipal comprende: una pileta climatizada de 25 x 12.5 mts, con seis (6)
andariveles, y una pileta chica de 25 x 5,5 mts; la cual es apta para realizar Torneos
Provinciales, Patagónicos y Nacionales, ya que posee medidas reglamentarias para ello.
Que, por sus características, es el espacio que mayor consumo energético tiene, así como la
de productos químicos para el mantenimiento del agua, personal para realizar estas tareas,
así como de maquinaria especial para poder disponer de la temperatura ideal del agua y del
ambiente, y la correcta ventilación del mismo.
Que, a los efectos de su normal funcionamiento es necesaria la adquisición de insumos y
equipamiento, cuyos precios se han incrementado durante los últimos años, y por tal motivo
resulta necesario actualizar las tarifas para los usuarios, requiriéndose para ello el dictado del
correspondiente instrumento legal.
Que, la Comisión de Hacienda del HCD, emite despacho favorable a la actualización del
cuadro tarifario del Natatorio Municipal.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en
uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente
ORDENANZA
ART.1º: FIJÁNSE a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, las tarifas en
Módulos Municipales para el uso del Natatorio Municipal, en los siguientes valores:
A) PASE DIARIO:
? Individual Mayor……………………………………………………..7 (SIETE) MODULOS.
? Individual Menor……………………………………………………..5 (CINCO) MODULOS.
B) PASE NO RESIDENTE POR DÍA:
? Individual Mayor/Individual Menor………………10,5 (DIEZ COMA CINCO) MODULOS.
C) PASE MENSUAL INDIVIDUAL MAYOR:
? Individual Mayor por Mes……………………………24 (VEINTICUATRO) MODULOS.
? Individual Mayor por Semana……………………………….…. 11 (ONCE) MODULOS.
? Individual Mayor por Quincena………………………….. 18 (DIECIOCHO) MODULOS.
D) PASE MENSUAL INDIVIDUAL MENOR:
? Individual Menor por Mes ……………………………24 (VEINTICUATRO) MODULOS.
? Individual Menor por Semana………………………….…… 9 (NUEVE) MODULOS
? Individual Menor por Quincena………………………………... 15 (QUINCE) MODULOS
E) PASE MENSUAL PARA GRUPO FAMILIAR:
? Grupo Familiar por Mes…………………………55 (CINCUENTA Y CINCO) MODULOS.
Entiéndase por unidad familiar la cual está conformada por un matrimonio, pareja en unión
convivencial o unidad familiar monoparental, hasta 4 (cuatro) integrantes del mismo grupo
familiar independientemente de la edad. Por cada integrante que exceda la cantidad de 4
(cuatro), abonará DOCE (12) MODULOS, por persona de manera mensual.
H. Concejo Deliberante
De Esquel “2021 AÑO DEL BICENTENARIO DEL FALLECIMIENTO DEL GENERAL MARTÍN MIGUEL DE GÜEMES”
F) La cuota mensual para adultos mayores, jubilados y/o pensionados, será de siete (7)
módulos mensuales.
G) La cuota mensual de estudiante de Niveles Terciarios o Universitarios, acreditados con
el correspondiente certificado de alumno regular, tendrá un descuento del cincuenta por
ciento (50%).
H) La cuota mensual de alumnos de escuelas provinciales será sin cargo, abonando
únicamente el seguro.
I) Los alumnos de nivel inicial de escuelas provinciales y las personas que acrediten con
el correspondiente carnet de discapacidad accederán sin cargo.
J) La cuota mensual para alumnos de nivel inicial de escuelas privadas será de cinco (5)
módulos mensuales.
K) Los integrantes del equipo municipal de natación tendrán una cuota de doce (12)
módulos mensuales.
L) En todos los casos de usuarios que tomen clases con profesores (menores, adultos,
adultos mayores), el abono mensual de las clases será de quince (15) módulos.
M) El costo mensual del alquiler del andarivel para el dictado de clases particulares será
de cien (100) módulos, correspondiendo a dos estímulos semanales de una hora reloj cada
uno. Y quien alquile el andarivel deberá declarar en forma mensual su grupo de usuarios y
presentar el libre deuda municipal.
O) Los usuarios menores de tres (3) años, abonarán únicamente el seguro.
P) Las fuerzas de seguridad que asistan a tomar clases con profesores provistos por su
institución, el abono mensual será de diez (10) módulos.
ART. 2°: AUTORIZASE al Secretario de Deportes y Recreación de la Municipalidad de
Esquel a realizar convenios, fijar tarifa diferencial o exceptuar del pago (en el caso que así lo
amerite), para todos aquellos casos especiales de Instituciones, Grupos de Usuarios,
Docentes o Prestadores de Salud que no se encuentren regulados en el Art. 1° de la
presente Ordenanza y que requieran hacer uso del Natatorio con fines determinados y que
no estén contemplados en las tarifas del artículo precedente. Dichos convenios deberán ser
remitidos al Concejo Deliberante para su conocimiento debiendo incluir el cuadro Tarifario
particular.
ART. 3°: Los montos correspondientes al seguro sin excepción, deberán liquidarse junto al
comprobante correspondiente a la cuota diaria, semanal, quincenal o mensual.
ART. 4º: DEROGASE la Ordenanza N° 152/18 y toda otra norma que se oponga a la
presente.
ART. 5°: Regístrese, comuníquese, y cumplido, archívese.-
Esquel, 13 de Agosto de 2021
Lic. Lorena Anderson Arq.Alejandro Wengier
Secretaria Legislativa a/c Presidente
H. Concejo Deliberante H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 8º Sesión Ordinaria del 2021, bajo Acta N°
17/21, registrada como Ordenanza Nº99/21.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y
cumplido, archívese.
SECRETARIA DE GOBIERNO: de de 2021.