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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 11/2022/2022

Fecha de Sanción: 2022-03-11
Fecha de Promulgación: 2022-03-17
Ciudad: Esquel, Chubut

modifica art 28 de ord. 132/98 - AUTORIZA AL TRIBUNAL DE FALTAS A REALIZAR PLAN DE PAGO HASTA VEINTE CUOTAS

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HED. H. Concejo Deliberante De Esquel ORDENANZA N° 11/2022 TEMA: AUTORIZA AL TMF A REALIZAR PLAN DE PAGO HASTA VEINTE CUOTAS VISTO: Las Ordenanzas N° 132/98 y 41/19 (Expte 388/18), y CONSIDERANDO: Que, mediante el Art. 28º de la citada norma se autoriza excepcionalmente y por Resolución fundada que el Juez podrá, al aplicar pena de multa, autorizar al infractor al pago en cuotas, fijando el monto y la fecha de los respectivos vencimientos según las condiciones económicas del condenado. Que resulta necesario establecer un máximo de cuotas en los planes de pago que puede autorizar el Juzgado Municipal de Faltas, que permita previsibilidad en la organización tanto del propio tribunal como de los infractores condenados con pena de multa. Que, teniendo en cuenta que la Ordenanza tarifaria establece un máximo de veinticuatro cuotas para los planes de pago para la cancelación de deudas tributarias, resulta razonable otorgar un similar plazo que permitirá la adecuada cancelación de la multas en los casos en que el infractor condenado requiera un plan de pago ajustado a las condiciones económicas actuales. POR ELLO: EL HONORALE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI - N° 46, sanciona la presente ORDENANZA ART.1°: MODIFÍCASE el art. 28 de la Ordenanza 132/98, el que quedará redactado de la siguiente manera: "ART. 28°: Excepcionalmente y por Resolución fundada el Juez podrá, al aplicar la pena de multa, autorizar al infractor al pago en cuotas, fijando el monto y las fechas de los respectivos vencimientos, según las condiciones económicas del condenado. Los planes de pago no podrán exceder de veinte (20) cuotas. El incumplimiento hará caducar el beneficio, que podrá otorgarse una sola vez, debiendo el Juez pasar de inmediato las actuaciones a la Dirección de Asesoría Legal del Municipio a fin de iniciar las acciones pertinentes, sin perjuicio de los recargos que prevea la Legislación Tributaria Municipal"'. ART 2°: Registrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal y cumplido, Archívese. Esquel, 11 de marzo de 2022. WorIou Abog. Emiliana Sartorio Secretaria Legislativa a/c H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 1º Sesión Ordinaria del 2022, bajo Acta N° 04/2022, registrada como Ordenanza N° 11/2022. POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y cumplido, archivese. SECRETARIA DE GOBIERNO: 17 de marzo de 2022. Lic. Sanchez Uribe Mariel Secretaria de Gobierno Municipalidad de Esquel Ara. SERGIO ONGARATO Intendente Municipalidad de Esquel