Ordenanza Municipal N° 33/2022/2022
PRORROGA ASOCIACIÓN BANCARIA PLAZO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA SEDE SINDICAL
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HED.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"A 40 AÑOS DE LA GESTA DE MALVINAS, HONOR Y GLORIA A NUESTROS VETERANOS Y CAÍDOS*
ORDENANZA N° 33/2022
TEMA: PRORROGA CUMPLIMIENTO DE ORDENANZA N° 236/15
VISTO: La Ordenanza N° 236/15, y la nota presentada por la Asociación Bancaria
Seccional Trelew (Expte. 240/13) y
CONSIDERANDO
Que, mediante Ordenanza N° 236/15, se ratificó el Convenio suscripto entre la
Municipalidad de Esquel y la Asociación Bancaria (Sociedad de empleados de bancos),
teniendo como finalidad transferir a dicha asociación a valor de fomento el inmueble
identificado catastralmente como: C.1 - S. 1 - MZA 28 - P17, ubicado sobre calle
Desalojo del 37, entre Mitre y Belgrano, con la condición resolutoria que en el plazo de
tres años se construya y funcione la Sede Sindical, salón de recreaciones y demás
instalaciones que correspondan para el uso de sus afiliados.
Que, el 29 de noviembre del año 2021, solicitan desde la Asociación una extensión del
plazo para la construcción de la sede, dado que se paralizó la actividad económica y
además hubo retrasos en el perfeccionamiento de los trámites administrativos a raiz de
la pandemia por COVID 19.
Que, la comisión de asuntos legales, ha evaluado los antecedentes
obrantes en el
expediente y considera que es viable la posibilidad de otorgarles una prórroga por única
y última vez.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente
ORDENANZA
ART.1°: PRORROGASE, a la Asociación Bancaria (Sociedad de empleados de banco),
el plazo estipulado en el Art. 1º del Convenio suscripto entre la Municipalidad de Esquel
y dicha Asociación, ratificado mediante Ordenanza N° 236/15, para la construcción de la
sede sindical sobre el inmueble identificado catastralmente como: C.1 - S.1 - MZA.28 -
P.17 de la ciudad de Esquel, hasta el 31 de diciembre del año 2023 por única y última
Vez.
ART.2°: La presente prórroga está sujeta al cargo de dar cumplimiento a lo dispuesto
en la Ordenanza N° 110/16 sobre limpieza de veredas y terrenos baldíos.
ART.3°: Regístrese, comuníquese y cumplido, archivese.
Esquel, 08 de abril de 2022.
etaro
Abog. Emiliana Sartorio
Secretaria Legislativa a/c
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 3º Sesión Ordinaria del año 2022, bajo
Acta N° 07/2022, registrada como Ordenanza N° 33/2022.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal,
registrese, dese al Boletin
Municipal y cumplido, archívese.
SECRETARIA DE GOBIERNO: 13 de Abril de 2022.
Lic. Sanchez Uribe Mariela
Secretaria de Gobierno
Municipalidad de Esquel
Arq. SEF
Municipalidad de Esquei