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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 33/2022/2022

Fecha de Sanción: 2022-04-08
Fecha de Promulgación: 2022-04-13
Ciudad: Esquel, Chubut

PRORROGA ASOCIACIÓN BANCARIA PLAZO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA SEDE SINDICAL

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HED. H. Concejo Deliberante De Esquel "A 40 AÑOS DE LA GESTA DE MALVINAS, HONOR Y GLORIA A NUESTROS VETERANOS Y CAÍDOS* ORDENANZA N° 33/2022 TEMA: PRORROGA CUMPLIMIENTO DE ORDENANZA N° 236/15 VISTO: La Ordenanza N° 236/15, y la nota presentada por la Asociación Bancaria Seccional Trelew (Expte. 240/13) y CONSIDERANDO Que, mediante Ordenanza N° 236/15, se ratificó el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Esquel y la Asociación Bancaria (Sociedad de empleados de bancos), teniendo como finalidad transferir a dicha asociación a valor de fomento el inmueble identificado catastralmente como: C.1 - S. 1 - MZA 28 - P17, ubicado sobre calle Desalojo del 37, entre Mitre y Belgrano, con la condición resolutoria que en el plazo de tres años se construya y funcione la Sede Sindical, salón de recreaciones y demás instalaciones que correspondan para el uso de sus afiliados. Que, el 29 de noviembre del año 2021, solicitan desde la Asociación una extensión del plazo para la construcción de la sede, dado que se paralizó la actividad económica y además hubo retrasos en el perfeccionamiento de los trámites administrativos a raiz de la pandemia por COVID 19. Que, la comisión de asuntos legales, ha evaluado los antecedentes obrantes en el expediente y considera que es viable la posibilidad de otorgarles una prórroga por única y última vez. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente ORDENANZA ART.1°: PRORROGASE, a la Asociación Bancaria (Sociedad de empleados de banco), el plazo estipulado en el Art. 1º del Convenio suscripto entre la Municipalidad de Esquel y dicha Asociación, ratificado mediante Ordenanza N° 236/15, para la construcción de la sede sindical sobre el inmueble identificado catastralmente como: C.1 - S.1 - MZA.28 - P.17 de la ciudad de Esquel, hasta el 31 de diciembre del año 2023 por única y última Vez. ART.2°: La presente prórroga está sujeta al cargo de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ordenanza N° 110/16 sobre limpieza de veredas y terrenos baldíos. ART.3°: Regístrese, comuníquese y cumplido, archivese. Esquel, 08 de abril de 2022. etaro Abog. Emiliana Sartorio Secretaria Legislativa a/c H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 3º Sesión Ordinaria del año 2022, bajo Acta N° 07/2022, registrada como Ordenanza N° 33/2022. POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletin Municipal y cumplido, archívese. SECRETARIA DE GOBIERNO: 13 de Abril de 2022. Lic. Sanchez Uribe Mariela Secretaria de Gobierno Municipalidad de Esquel Arq. SEF Municipalidad de Esquei