Ordenanza Municipal N° 31/2022/2022
PRORROGA AL MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE CHUBUT PLAZO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS TUTELADAS
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HED.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
'A 40 AÑOS DE LA GESTA DE MALVINAS, HONOR Y GLORIA A NUESTROS VETERANOS Y CAÍDOS"
ORDENANZA N° 31/2022
TEMA: PRORROGA CUMPLIMIENTO DE ORDENANZA N° 108/15
VISTO: La Ordenanza N° 108/15, y la nota presentada por el Servicio de Salud Mental
del Hospital Zonal Esquel (Expte. 143/15) y
CONSIDERANDO
Que, mediante Ordenanza N° 108/15, se transfirió a favor del Ministerio de Salud de la
Provincia de Chubut, el terreno identificado catastralmente como: C1. - S.4 - MZA. 77
P. 6, ubicado sobre calle Mitre, con la condición resolutoria que en el plazo de dos años
se construyan viviendas tuteladas para las personas asistidas desde el Servicio de
Salud Mental del Hospital Zonal Esquel.
Que, el 18 de marzo del corriente año, desde el servicio de Salud Mental del Hospital
Zonal Esquel, solicitan una prórroga sobre el plazo estipulado en el Art. 1 de la
Ordenanza N° 108/15, dado que, recién al día de la fecha, cuentan con los recursos
económicos, humanos y operativos para llevar a cabo dicha construcción.
Que, la comisión de asuntos legales, ha evaluado los antecedentes obrantes en el
expediente y considera que es viable la posibilidad de otorgarles una prórroga por única
y última vez.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente
ORDENANZA
ART.1°: PRORROGASE, al Ministerio de Salud de la Provincia de Chubut, el plazo
estipulado en el Art. 1º de la Ordenanza N° 108/15, para la construcción de viviendas
tuteladas para personas asistidas desde el Servicio de Salud Mental del Hospital Zonal
Esquel y para el funcionamiento social, terapéutico, ambiental de las mismas, sobre el
inmueble identificado catastralmente como: C.1 - S.4 - MZA.77 - P.6 de la ciudad de
Esquel, hasta el 31 de diciembre del año 2023 por única y última vez.
ART.2°: La presente prórroga está sujeta al cargo de dar cumplimiento a lo dispuesto
en la Ordenanza N° 110/16 sobre limpieza de veredas y terrenos baldíos.
ART.3°: Regístrese, comuníquese y cumplido, archívese.
Esquel, 08 de abril de 2022.
/TEM. Diego Austi
Secretaria Legislativa a/c
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 3º Sesión Ordinaria del año 2022, bajo
Acta N° 07/2022, registrada como Ordenanza N° 31/2022.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín
Municipal y cumplido, archívese.
SECRETARIA DE GOBIERNO: 13 de Abril de 2022.
Lic. Sanchez Wribe Martela
Secretaria de Goblerno
Municipalidad de Esquel
ff
Arg. SER
• ONGARATO
tendente
Municipalidad de Esquel