🏛️ Concejo Deliberante de Esquel | Portal Oficial
Volver al Inicio
Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 31/2022/2022

Fecha de Sanción: 2022-04-08
Fecha de Promulgación: 2022-04-13
Ciudad: Esquel, Chubut

PRORROGA AL MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE CHUBUT PLAZO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS TUTELADAS

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HED. H. Concejo Deliberante De Esquel 'A 40 AÑOS DE LA GESTA DE MALVINAS, HONOR Y GLORIA A NUESTROS VETERANOS Y CAÍDOS" ORDENANZA N° 31/2022 TEMA: PRORROGA CUMPLIMIENTO DE ORDENANZA N° 108/15 VISTO: La Ordenanza N° 108/15, y la nota presentada por el Servicio de Salud Mental del Hospital Zonal Esquel (Expte. 143/15) y CONSIDERANDO Que, mediante Ordenanza N° 108/15, se transfirió a favor del Ministerio de Salud de la Provincia de Chubut, el terreno identificado catastralmente como: C1. - S.4 - MZA. 77 P. 6, ubicado sobre calle Mitre, con la condición resolutoria que en el plazo de dos años se construyan viviendas tuteladas para las personas asistidas desde el Servicio de Salud Mental del Hospital Zonal Esquel. Que, el 18 de marzo del corriente año, desde el servicio de Salud Mental del Hospital Zonal Esquel, solicitan una prórroga sobre el plazo estipulado en el Art. 1 de la Ordenanza N° 108/15, dado que, recién al día de la fecha, cuentan con los recursos económicos, humanos y operativos para llevar a cabo dicha construcción. Que, la comisión de asuntos legales, ha evaluado los antecedentes obrantes en el expediente y considera que es viable la posibilidad de otorgarles una prórroga por única y última vez. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente ORDENANZA ART.1°: PRORROGASE, al Ministerio de Salud de la Provincia de Chubut, el plazo estipulado en el Art. 1º de la Ordenanza N° 108/15, para la construcción de viviendas tuteladas para personas asistidas desde el Servicio de Salud Mental del Hospital Zonal Esquel y para el funcionamiento social, terapéutico, ambiental de las mismas, sobre el inmueble identificado catastralmente como: C.1 - S.4 - MZA.77 - P.6 de la ciudad de Esquel, hasta el 31 de diciembre del año 2023 por única y última vez. ART.2°: La presente prórroga está sujeta al cargo de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ordenanza N° 110/16 sobre limpieza de veredas y terrenos baldíos. ART.3°: Regístrese, comuníquese y cumplido, archívese. Esquel, 08 de abril de 2022. /TEM. Diego Austi Secretaria Legislativa a/c H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 3º Sesión Ordinaria del año 2022, bajo Acta N° 07/2022, registrada como Ordenanza N° 31/2022. POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y cumplido, archívese. SECRETARIA DE GOBIERNO: 13 de Abril de 2022. Lic. Sanchez Wribe Martela Secretaria de Goblerno Municipalidad de Esquel ff Arg. SER • ONGARATO tendente Municipalidad de Esquel