Ordenanza Municipal N° 40/2022/2022
BENEFICIOS FISCALES PARA EMPRESAS DE TRIPLE IMPACTO EN LA CIUDAD DE ESQUEL ( EMPRESAS, MI PYMES- CERFICIACION B- CERTIFICACION ODS - INTERES COLECTIVO)
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"A 40 AÑOS DE LA GESTA DE MALVINAS, HONOR Y GLORIA A NUESTROS VETERANOS Y CAÍDOS"
ORDENANZA N° 40/2022
TEMA: BENEFICIOS FISCALES PARA LAS EMPRESAS DE TRIPLE IMPACTO EN
LA MUNICIPALIDAD DE ESQUEL-
VISTO: La necesidad de impulsar desde nuestra Ciudad un nuevo modelo empresarial
basado en capacidades compartidas, justicia social y económica, especialmente en los
Derechos Humanos (Expte. 189/21) y
CONSIDERANDO:
Que, bajo una nueva tipología de organización empresarial se persigue lograr no
solamente un beneficio económico, sino también la generación de un impacto positivo en
la comunidad y en el medio ambiente.
Que, las empresas de TRIPLE IMPACTO integran la creación de valor económico, social
y ambiental considerado clave para evolucionar hacia una economía inclusiva y
sustentable. En el marco de la pandemia por el COVID-19 este concepto de una Nueva
Economía adquiere especial dimensión.
Que, en el contexto de la pandemia generada por el COVID-19 se torna esencial un giro
sustancial en la consideración de una nueva economía global, pues tal como fuera
expresado por Antonio Guterres (Secretario General de la ONU) recientemente los
derechos humanos no pueden ser una idea secundaria en tiempos de crisis y ellos
deben guiar la respuesta y la recuperación ante la situación global creada por el COVID-
19, "... siendo imprescindible la toma de decisiones más eficaces e inclusivas para la
construcción de economías y sociedades más equitativas, inclusivas y sostenibles. A su
vez, serán más
resistentes a las pandemias, a las crisis
económicas, al cambio
climático, y a los desafíos mundiales a los que nos enfrentamos"
Que, es clara la necesidad de promover este tipo de empresas que generan impacto
positivo en alguna
siguientes categorias y que por ello se consideran tan
necesarias como base de la transformación hacia una Nueva Economía, a saber:
a) Soluciones Ambientales:
•
Oferta de productos/servicios que generen impacto ambiental positivo;
• Procesos de producción que generen impacto ambiental positivo;
•
Capacitación de los actores
de las áreas de selección y contratación para
potenciar el impacto positivo;
b) Soluciones Sociales:
Inclusión de las comunidades vulnerables mediante la creación de empleo
transformador y/o cadena de valor inclusiva;
•
Acceso a productos/servicios básicos para comunidades vulnerables (vivienda,
salud, educación, energía, acceso al agua);
•
Capacitación de otros actores para potenciar el impacto positivo.
Que, en línea con las consideraciones precedentes en América Latina han nacido,
dentro de lo que es el concepto de Triple Impacto, las sociedades comerciales llamadas
Sociedades de Beneficio e Interés Colectivo (Sociedades BIC) y que en la República
Argentina ha sido expresada en un anteproyecto de ley que se encuentra en trámite en
la Cámara de Diputados de la Nación.
Que, el objetivo de la norma (anteproyecto de ley de Sociedades BIC) que se ha puesto
a consideración del Honorable Congreso de la Nación, es promover el desarrollo de un
ecosistema conformado por empresas que tengan entre sus fines, el cuidado de la
problemática social, la preservación del ambiente, así como el diseño de soluciones de
mercado innovadoras que busquen atender objetivos sociales y ambientales a través de
las pertinentes políticas privadas y públicas.
internacionalmente
reconocida,
siendo que los objetivos citados en la presente
trascienden los límites políticos de nuestra ciudad y nos impulsan a un trabajo en
conjunto para el desarrollo de políticas económicas, entendiendo la importancia regional
y global del Triple Impacto.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"A 40 AÑOS DE LA GESTA DE MALVINAS, HONOR Y GLORIA A NUESTROS VETERANOS Y CAÍDOS"
Que, por Ordenanza N° 33/18 se declaró de Interés Municipal el desarrollo del
Ecosistema B, las Sociedades de Beneficio de Interés Colectivo y las Empresas B dentro
del ejido de la Ciudad de Esquel.
Que, por Ordenanza citada precedentemente N°168/20 se incorporó el criterio de Triple
Impacto dentro del régimen de contrataciones y Compras Públicas en la Municipalidad
de la Ciudad de Esquel.
Que, dicha Ordenanza creó el Registro Único de Empresas de Triple Impacto Municipal,
con el objeto de que puedan
ser identificadas y de esa forma promuevan los
emprendimientos de impacto social y ambiental.
Que, es necesario, a través de incentivos fiscales, estimular y apoyar a que cada vez
más
empresas que realizan sus actividades productivas y comerciales se vean
motivadas a sumarse a este cambio.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI, N° 46, sanciona la
presente
ORDENANZA
ART. 1°: CREASE el Programa de Beneficios Fiscales para EMPRESAS DE TRIPLE
IMPACTO en la Ciudad de Esquel.
ART. 2°: BENEFICIARIOS: Serán objeto de la presente, aquellas empresas y MiPymes
con domicilio fiscal en la ciudad de Esquel y que acrediten a través de una certificación
nacional o internacional, tales como la Certificación B, Certificación de calidad ODS,
registración como Sociedad de Beneficio de Interés Colectivo u otras que acrediten su
accionar en el marco del TRIPLE IMPACTO, a través de un modelo de impacto social
y/o ambiental.
ART. 3º: BENEFICIOS FISCALES: Las empresas referidas en el artículo precedente
tendran los siguientes beneficios fiscales:
a)
BONIFICACIÓN del cien por ciento (100%) en la alícuota de Ingresos Brutos por
el término de doce meses (12) a partir de su registración.
BONIFICACIÓN del cincuenta por ciento (50%) en la alícuota de Ingresos Brutos
por el termino de doce meses (12) a partir del segundo año de su registración.
BONIFICACIÓN del cincuenta por ciento (50%) en el impuesto inmobiliario por el
término de doce meses (12) a partir de su registración.
ART. 4°: Registrese, comuníquese y cumplido, archívese. •
Esquel, 22 de abril de 2022
og. Emiliana Sarto
TÉM Diego Austin
Becretaria Legislativa a/c
Presidente
H. Concejo Deliberante
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Ciudad de Esquel
D?da en la Sala de Sesiones del H.C.D.
• enía 4º Sesión Ordinaria del año 2022, bajo
Acta N° 08/2022, registrada como Ordenanza N° 40/2022
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal
y cumplido, archivese
SECRETARIA DE GOBIERNO: 27 de Abril de 2022.
Lic. Sanchez Uribe Mariela
Secretaria de Gobierno
Municipalidad de Esquel
Arqu SERGIO ONGARATO
Intendente
Municipalidad de Esquel