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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 39/2022/2022

Fecha de Sanción: 2022-04-22
Fecha de Promulgación: 2022-04-27
Ciudad: Esquel, Chubut

CONVENIO SUSCRIPTO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE ESQUEL Y EL CLUB SOCIAL, CULTURAL Y DEPORTIVO GENERAL SAN MARTÍN - ADSCRIPCION DE SEBASTIAN GARAT - ( A CAMBIO ALBERGUE DEL CLUB, HORAS DE CANCHA FUTBOL 11 HASTA 21/12/2021

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HCD. H. Concejo Deliberante De Esquel "A 40 AÑOS DE LA GESTA DE MALVINAS, HONOR Y GLORIA A NUESTROS VETERANOS Y CAÍDOS" ORDENANZA N° 39/2022 TEMA: RATIFICACIÓN CONVENIO CON CLUB SAN MARTIN - ADSCRIPCIÓN - VISTO: El convenio suscripto entre el Club Social, Cultural y Deportivo General San Martín y la Municipalidad de Esquel, (Expte. N° 17/13) y, CONSIDERANDO Que, el convenio mencionado en Visto, tiene como finalidad la adscripción al Club Social, Cultural y Deportivo General San Martín, del Agente Municipal, Garat Sebastián DNI: 25.725.365, dependiente de la Secretaria de Deportes, quien se desempeñará en el club como técnico de la primera categoría y coordinador de las inferiores de fútbol. Que, las partes manifiestan que por el presente pretenden satisfacer intereses comunes: Que, como contraprestación, el Club General San Martín se compromete a poner a disposición del municipio para su utilización, previa coordinación con la Institución, el albergue que posee las instalaciones del gimnasio con capacidad para veinte (20) personas, una vez al mes; las instalaciones del propio gimnasio, dos horas por mes, y el uso de la cancha de fútbol once, cuatro horas al mes. Que, el presente convenio tendrá vigencia a partir del 1 de enero del 2022, venciendo indefectiblemente el 31 de diciembre del 2022, sin necesidad de notificación alguna. Que, corresponde ratificar el convenio suscripto entre la Municipalidad de Esquel y el Club Social, Cultural y Deportivo General San Martín. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI, N° 46, sanciona la presente ORDENANZA ART. 1°: RATIFICASE, en todos sus términos, el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Esquel y el Club Social, Cultural y Deportivo General San Martín, teniendo como finalidad la adscripción a dicho Club, del Agente Municipal Sebastián Garat, DNI. 25.725.365, dependiente de la Secretaria de Deportes; el cual se adjunta como Anexo I de la presente. ART. 2°: Registrese, comuníquese y cumplido archívese. Esquel, 22 de abril de 2022. Abog. Emiliana Sartorio Secretarin Legislation a/c H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel TEM Diego Austin Presidente H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 4° Sesión Ordinaria del año 2022, bajo Acta N° 08/2022, registrada como Ordenanza N° 39/2022 POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y cumplido, archívese. SECRETARIA DE GOBIERNO: 27 de Abril de 2022. Lic. Sanchez Uribe Mariela Secretaria de Gobierno Municipalidad de Esquel Ara. SERGIO ONGARATO Intendente Municipalidad de Esquel FOLIO Nº.4. CONVENIO Entre LA MUNICIPALIDAD DE ESQUEL, con domicilio en calle Bartolomé Mitre N° 524 de Esquel, representada en este acto por el señor Intendente Municipal Arq. Sergio Ongarato, en adelante "LA MUNICIPALIDAD", por una de las partes y por la otra el Presidente del Club General San Martin, Sr. FREEMAN, Juan Manuel DNI. N° 13.330.127, con domicilio en Av. Fontana y Av. Alvear de esta ciudad, convienen en celebrar el presente convenio: PRIMERA: Las partes manifiestan que por el presente pretenden satisfacer intereses comunes.- SEGUNDA: En consideración a lo expuesto en la cláusula anterior, LA MUNICIPALIDAD DE ESQUEL posibilita la adscripción del agente municipal GARAT Sebastián DNI: 25.725.365, quien se desempeñará en el CLUB GENERAL SAN MARTÍN como Técnico de la primera y coordinador de las categorías inferiores de Futbol. - TERCERA: Como contraprestación, el CLUB GENERAL SAN MARTIN se compromete a poner a disposición del Municipio previa coordinación con nuestra institución: el Alberque que posee en las instalaciones del gimnasio con capacidad para 20 personas, el que podrá ser utilizado una vez al mes; las instalaciones del propio gimnasio, las que podrán ser utilizadas 2 horas por mes; y el uso de la chancha de futbol once, las que podrán ser utilizadas 4 horas por mes. El uso de las instalaciones deberán ser solicitadas con antelación para poder coordinar la disponibilidad de las mismas, y no serán acumulativas de un mes al otro. - CUARTA: El presente convenio tendrá vigencia a partir del 01 de Enero de 2022, venciendo indefectiblemente el 31 de Diciembre de 2022, sin necesidad de notificación alguna.- QUINTA: Para todos los efectos legales de las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Circunscripción Judicial del Noroeste del Chubut, con asiento en la ciudad de Esquel, renunciando expresamente a cualquier otro fuero que pudiera corresponder y fijando sus domicilios especiales en los indicados precedentemente, donde serán validas todas las comunicaciones y/o notificaciones que se cursen.-.... De conformidad ambas partes firman tres (3) ejemplares de igual tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Esquel, a los 21 días del mes de Diciembre de 2021. JUAN MANUEL FREEMAN 0,350 DESIDENTI CLUB SAN MART?N Ara. SERGIO ONGARATO Intendente Municipalidad de Esquel