Ordenanza Municipal N° 57/2022/2022
ADHESIÓN AL “DIA NACIONAL DE LA DONACIÓN DE ÓRGANOS” ( ADHIERE A LEY NACIONAL 27447 Y LEY PROV. I Nº634)
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HED.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"A 40 AÑOS DE LA GESTA DE MALVINAS, HONOR Y GLORIA A NUESTROS VETERANOS Y CAÍDOS"
ORDENANZA N° 57/2022
TEMA: ADHESIÓN AL "DIA NACIONAL DE LA DONACIÓN DE ÓRGANOS" - LEY
27447 Y I N° 634;
VISTO: La Ley N° 27.447 "Ley de Trasplante de órganos, tejidos y células" y la Ley
Provincial | - 634 (Expte. 218/19) y;
CONSIDERANDO:
Que, la ley 27.447 tiene por objeto regular las actividades vinculadas a la obtención y
utilización de órganos, tejidos y células de origen humano, en todo el territorio de la
República Argentina, incluyendo la investigación, promoción, donación, extracción,
preparación, distribución, el trasplante y su seguimiento;
Que, en el mes de Octubre del 2018 la Provincia del Chubut mediante la Ley Provincial
1 - 634, adhiere a la legislación nacional;
Que, desde el año 1998, el INCUCAI y los Ministerios de Salud del país promueven el
Día Nacional de la Donación de Órganos y Tejidos (Decreto 1079/97 del PEN), el cual
se conmemora el día 30 de mayo de cada año, con el objetivo de concientizar a la
sociedad sobre la importancia de este acto voluntario, altruista y solidario que salva
vidas;
Que, la mencionada fecha fue establecida en conmemoración al nacimiento del hijo de
la primera mujer trasplantada hepática en un hospital público de Argentina;
Que, según informe del Ministerio de Salud de Nación en el año 2021 se realizaron más
de 3.000 trasplantes de órganos y de córneas, lo que representa un aumento un 40 por
ciento con respecto al año 2020;
Que, resulta necesario adherir al Dia Nacional de la Donación de Órganos, con el fin de
concientizar a la comunidad en general, sobre la importancia de desarrollar este acto
voluntario;
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N.° 46, sanciona la
presente;
ORDENANZA
ART. 1°: ADHIERASE, en todos los términos, a la Ley N° 27.447 "Ley de Trasplante de
órganos, tejidos y células" y la Ley Provincial | - 634 que tienen como objeto regular las
actividades vinculadas a la obtención y utilización de órganos, tejidos y células de
origen humano, en todo el territorio de la República Argentina, incluyendo la
investigación, promoción, donación, extracción, preparación, distribución, el trasplante y
su seguimiento.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"A 40 AÑOS DE LA GESTA DE MALVINAS, HONOR Y GLORIA A NUESTROS VETERANOS Y CAÍDOS"
ART. 2°: ADHIÉRASE y DECLARASE de Interés Municipal el "Dia Nacional de la
Donación de Órganos" (Decreto N° 1079/97 del PEN) el cual se conmemora el 30
(treinta) de mayo de cada año, con el objetivo de concientizar a la sociedad sobre la
importancia de este acto voluntario, altruista y solidario que salva vidas.
ART. 3°: El Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área de Municipio Saludable
dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social, promoverá y acompañará las
actividades relacionadas a la donación de órganos.
ART. 4°: Regístrese, comuníquese, y cumplido, archívese.
Esquel, 20 de Mayo de 2022.
hoo. Emilana Sartorio
Secretaria Legislation n/c
H. Concejo Deliberante
Cindad de Esquel
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 6º Sesión Ordinaria del 2022, bajo Acta
N° 10/2022, registrada como Ordenanza N° 57/2022.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal,
registrese, dese
al Boletin
Municipal y cumplido, archívese.
SECRETARIA DE GOBIERNO: 24 de Mayor de 2022.
, safichez Unoe mari
Suntal de gobiern
Ara, SERGIO ONGARATO
Intendente
Municipalidad de Esquel