Ordenanza Municipal N° 94/2022/2022
CONVENIO CON IPV PARA “PROYECTO Y CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA ELÉCTRICA Y DE NEXOS PARA LA URBANIZACIÓN DE VALLE CHICO EN LA CIUDAD DE ESQUEL”
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"A 40 AÑOS DE LA GESTA DE MALVINAS, HONOR Y GLORIA A NUESTROS VETERANOS Y CAÍDOS"
ORDENANZA N° 94/2022
TEMA: RATIFICACIÓN CONVENIO EJECUTIVO, SUSCRIPTO ENTRE LA
MUNICIPALIDAD DE ESQUEL Y EL INSTITUTO PROVINCIAL DE LA VIVIENDA.
VISTO: El Convenio ejecutivo para; "Proyecto y Construcción de Infraestructura
Eléctrica y de Nexos para la Urbanización de Valle Chico en la ciudad de Esquel'
suscripto entra la Municipalidad de Esquel y el Instituto Provincial de la Vivienda y
Desarrollo Urbano, el día 11 de Mayo del 2022 (Expte. 120/22) y;
CONSIDERANDO:
Que, el Convenio mencionado en el visto, establece que la Municipalidad de Esquel
ejecutará la Obra "Proyecto y Construcción de Infraestructura Eléctrica y de Nexos
para la Urbanización de Valle Chico en la ciudad de Esquel", en un plazo de
ejecución de ciento veinte días (120) corridos a partir del acta de inicio de la obra.
Que, a su vez el IPV aportará la suma de pesos ciento trece millones seiscientos setenta
y siete mil ciento trece con cincuenta y siete centavos ($113.677.113,57), por el valor de
UVI al 31 de marzo del 2022 (UVI: $106.77).
Que, el mencionado monto será girado al Municipio una vez aprobada la documentación
legal y técnica, y se encuentre formalmente confeccionada el acta de inicio de la obra
por parte de la Dirección General de Ejecución de Obras.
Que, el Instituto certificará y verificará los avances de obras realizados por el Municipio
conforme al presente Convenio.
Que, por ello corresponde ratificar el Convenio suscripto entre la Municipalidad de
Esquel, y el Instituto Provincia de la Vivienda por éste Honorable Concejo Deliberante.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente
ORDENANZA
ART. 1°: RATIFICASE en todos sus términos el Convenio de Ejecución suscripto entre
la Municipalidad de Esquel y el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano,
con fecha 11 de mayo de 2022, el cual se adjunta como Anexo I de la presente.
ART. 2°: Registrese, comuníquese y cumplido archivese.
Esquel, 24 de Junio de 2022. -
sus Crita
miliana Sartori
Secretaria Legislation a/e
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 8va Sésión Ordinaria del año 2022, bajo
Acta N° 14/2022, registrada como Ordenanza N° 94/2022
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal,
registrese, dese al Boletín
Municipal y cumplido, archívese
SECRETARIA DE GOBIERNO: 30 de junio de 2022
Lic. Sanchez Uribe Mariela
Secretaria de Gobierno
Municipalidad de Esquel
ArG-SERGIO ONGARATO
Intendente
Municipalidad de Esquel
ANEXO
1
ORD. NO 9412022
FOLIO
Nº3
CONVENIO EJECUTIVO PARAL
"PROYECTO Y CONSTRUCCION
DE INFRAESTRUCTURA ELÉCTRICA Y DE NEXOS PARA LA
LA GEVERAL DE CO
URBANIZACIÓN DE VALLE CHICO EN LA CIUDAD DE ESQUEL"
Entre el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano,
representado en
este acto por su Gerente General a cargo de la
Presidencia, Sra. Ivana Papaianni, que obra en uso de las facultades
conferidas por el Decreto N° 837/21, en adelante "EL INSTITUTO" y
por la otra parte la Municipalidad de Esquel, representada por el
Intendente de esa localidad, Arq. Sergio Ongarato, en adelante "EL
MUNICIPIO", se celebra el presente Convenio Ejecutivo de Obra
Delegada del Convenio Compromiso firmado entre el Instituto
Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano y la Municipalidad de
Esquel en fecha 09 de febrero de 2022 y protocolizado en fecha 14
de febrero de 2022 al Tomo:01, Folio:121 de Escribanía General de
Gobierno.
El presente Convenio Ejecutivo queda sujeto a
las
siguientes cláusulas:
•PRIMERA: "EL MUNICIPIO" ejecutará la obra: "Proyecto y
Construcción de Infraestructura Eléctrica y de Nexo para la
Urbanización
de Valle Chico, en
ciudad de Esquel",
estableciéndose un plazo de ejecución de ciento veinte (120) días
corridos contados a partir del acta de inicio de obra.------_--- -- -
SEGUNDA: "EL INSTITUTO" aportará la suma de PESOS CIENTO
01
TRECE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CIENTO
TRECE CON CINCUENTA SIETE CENTAVOS ($113.677.113,57),
por el valor de la UVI al 31 de marzo de 2022 (UVI: $106,77) según
publicación del Banco Central de la República Argentina (BCRA), que
resulta equivalente a la suma de UN MILLÓN SESENTA Y CUATRO
MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y UNO CON CINCUENTA Y DOS
CENTÉSIMAS de Unidades de Vivienda (UVI: 1.064.691,52),
conforme valores vigentes expresados en UVI según Resolución N°
479/22 IPVyDU. - -
TERCERA: El monto que financiará "EL INSTITUTO", le será girado
a "EL MUNICIPIO", una vez aprobada la documentación legal, técnica
y se encuentre formalmente confeccionada el acta de inicio de obra
por parte de la Dirección General de Ejecución de Obras, de la
siguiente forma: a) hasta un veinte por ciento (20%) del monto total
del crédito expresado en UVI como anticipo de obra; este anticipo se
regirá por lo dispuesto en la Ley I-N°11. El valor de la UVI para el
pago del anticipo financiero será el correspondiente al último día del
mes anterior a la firma del acta de inicio de obra. Dicho anticipo será
descontado en forma proporcional en los sucesivos certificados de
obra; en los mismos no se efectuarán retenciones de ningún tipo. b)
El saldo restante, mediante certificados de pagos mensuales que
expida. "EL INSTITUTO" de los trabajos ejecutados en dichos
períodos por "EL MUNICIPIO" y conformados mediante fojas de
pone punto