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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 144/2022/2022

Fecha de Sanción: 2022-09-23
Fecha de Promulgación: 2022-09-26
Ciudad: Esquel, Chubut

MODIFICACIÓN DE ARTICULO DE ORDENANZA Nº 70/21 QUE INCENTIVA USO DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS O HÍBRIDOS.

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HCA H. Concejo Deliberante De Esquel "A 40 AÑOS DE LA GESTA DE MALVINAS, HONOR Y GLORIA A NUESTROS VETERANOS Y CAÍDOS" ORDENANZA N° 144/2022 TEMA: MODIFICACIÓN ORDENANZA N° 70/21. VISTO: La presentación realizada por el Sr. Gustavo Donadille y la Ordenanza N° 70/21 (Expte. 226/22) y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ordenanza N°70/21 se regulan bonificaciones para el pago del impuesto patente automotor para aquellos vehículos que revistan las características de eléctricos o híbridos. Que, el Sr. Donadille efectúa una presentación ante el HCD manifestando que en el mes de julio del corriente inscribió su vehículo para uso particular ante la Municipalidad de Esquel, en la que le informaron que el beneficio establecido en la Ordenanza precedentemente mencionada rige desde el 1 de enero al 31 de diciembre del año de inscripción del vehículo, dado que la norma establece que dichas bonificaciones se aplicarán "durante el primer año calendario", en que dichos vehículos sean dados de alta. Que, los beneficios regulados en la actual legislación, se tornan inviables para aquellos vehículos que no son inscriptos desde el 01 de enero del año calendario, obteniendo dichas bonificaciones desde la fecha de inscripción hasta el 31 de diciembre del mismo año. Que, al sancionarse la Ordenanza 70/21, el HCD pretendió otorgar la bonificación del ciento por ciento del impuesto automotor durante un año contado desde la inscripción del vehículo en la Municipalidad de Esquel, y del cincuenta por ciento durante los dos años siguientes (segundo y tercer año contado desde la inscripción) como un incentivo para el uso de este tipo de automotores, procurando reducir al máximo la contaminación ambiental; Que, la errónea introducción del texto "año calendario" en el Art. 2º ha tergiversado la intención de la norma, y por tal motivo, la Comisión de Asuntos Legales del HCD, decide modificar el art. 2º de la Ordenanza N° 70/21. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N.° 46, sanciona la presente; ORDENANZA ART 1°: MODIFÍCASE el art. 2º de la Ordenanza N° 70/21, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Art. 2º: El beneficio mencionado en el art. 1º será aplicado durante los doce primeros meses contados a partir de que el vehículo fuese dado de alta en la Municipalidad. Para los veinticuatro meses siguientes la bonificación será del cincuenta por ciento (50%). A: partir del mes treinta y siete (37), contado desde su inscripción, el vehículo abonará el cien por ciento (100%) del impuesto patente automotor. ART. 2°: Regístrese, comuníquese, y cumplido archívese. Esquel, 23 de septiembre de 2022.- Abog. Emiliana Sartorio Secretaria Legislativa a/c H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Diego Austin Presidente H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 12° Sesión Ordinaria del año 2022, bajo Acta N°20/2022, registrada como Ordenanza N° 144/2022. POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín Municipal y cumplido, archívese. SECRETARIA DE GOBIERNO: 26 de septiembre de 2022 Lic. Banonez uc Secretaria de Gobiern Municipalidad de Esque Arg. 35 GIO ONGARA I Intendente Municipalidad de Farr