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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 108/2021/2021

Fecha de Sanción: 2021-08-31
Fecha de Promulgación: 2021-08-31
Ciudad: Esquel, Chubut

MODIFICA ORD. Nº 110/16 “LIMPIEZA DE VEREDAS Y TERRENOS BALDIOS”.

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HED. H. Concejo Deliberante De Esquel "2021 AÑO DEL BICENTENARIO DEL FALLECIMIENTO DEL GENERAL MARTÍN MIGUEL DE GÜEMES" - ORDENANZA Nº108/2021 TEMA: MODIFICACION ORDENANZA N° 110/16 "LIMPIEZA DE VEREDAS Y TERRENOS BALDIOS". VISTO: La Ordenanza N° 110/16 y su modificatoria la Ord. 49/18 (Expte. 60/18) y, CONSIDERANDO: Que la norma citada en el visto regula las actuaciones pertinentes para lograr mantener libre de basura, hierbas y arbustos las veredas y terrenos baldios en la ciudad. Que la aplicación de la Ordenanza es adecuada para terrenos de poca superficie, siendo los más frecuentes en las actuaciones realizadas. Que dichos valores pueden generar baja cobrabilidad poniendo en riesgo el recupero de los gastos administrativos y logísticos municipales que fueron necesarios para llegar a la instancia de multa y limpieza. Que se hace necesaria una fórmula de cálculo superadora con el fin de lograr que los valores a cobrar sean razonables y estén en real proporción con la falta y el tamaño del área afectada. Que la Comisión de Hacienda del H.C.D. ha decidido emitir despacho favorable. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL. en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente ORDENANZA ART. 1°: MODIFICASE el Art. 7º de la Ordenanza N° 110/16 que quedará redactada de la siguiente manera: "ART. 7°: "La suma que el propietario o poseedor a titulo de dueño deba abonar en concepto de los gastos administrativos asumidos por el Municipio, más la multa por el no cumplimiento del Art. 1°, será entre ciento cincuenta (150) y trescientos (300) módulos municipales. Así mismo deberá abonar un monto de 0.50 módulo Municipal por metro cuadrado de superficie intervenida para cubrir el costo de la limpieza efectuada por la Municipalidad. La autoridad de aplicación informará a la Secretaría de Hacienda para que los montos correspondientes se carguen como deuda de la propiedad al Municipio. La deuda estará sometida a una tasa de interés establecida por el Departamento Ejecutivo Municipal; el tipo de interés que se fije no podrá exceder del doble de la mayor tasa de interés activa normal vigente que perciba en sus operaciones el Banco del Chubut S.A". ART. 2°: Registrese, comuniquese, y cumplido, archívese.- Esquel, 31 de agosto de 2021. lau Ate?andro Wengier Presidento H. Concejo Deliberante Concejo Deliberante Dada en la Sala de Sesiones/del H.C.D. en la gª Sesión Ordinaria del 2021, bajo Acta N° 19/21, registrada como Ordehanza N° 108/21