Ordenanza Municipal N° 181/2022/2022
OBRA “SEGUNDA ETAPA RED ELÉCTRICA PROVISORIA BARRIO MATADERO ALTO DE LA CIUDAD DE ESQUEL”.
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD.
H. Concejo Deliberante
"A 40 AÑOS DE LA GESTA DE MALVINAS, HONOR Y GLORIA A NUESTROS VETERANOS Y CAÍDOS"
De Esquel
ORDENANZA N° 181/2022
TEMA: Aprobación de la Obra "Segunda Etapa Red Eléctrica Provisoria Barrio
Matadero alto de la ciudad de Esquel".
VISTO: La necesidad de dar continuidad a la Segunda Etapa, Red Eléctrica Provisoria en
el Barrio Matadero alto de la ciudad de Esquel (Expte. 275/22) y,
CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad con la finalidad de dar continuidad a Obra ya ejecutada por la
Empresa Pasquini Construcciones S.R.L. decidió continuar la Segunda Etapa Red
Eléctrica Provisoria Barrio Matadero alto de la ciudad de Esquel.
Que, considerando que la Cooperativa 16 de Octubre cuenta con la capacidad técnica
requerida ante un Proyecto de tal envergadura, luego de haber solicitado el desarrollo del
correspondiente Proyecto, por parte de este Municipio, determinando así que la acción
correcta era delegar la presente obra a la misma.
Que, al momento de determinar la planificación para coordinar la ejecución de la Obra, la
Secretaria de Obras Públicas, Planificación y Obras Particulares, tuvo en cuenta que la
Cooperativa 16 de Octubre es la operadora de servicios en nuestra ciudad, contando con
profesionales, elementos técnicos y maquinaria acorde a lo demandado por la obra en si.
Que, la Cooperativa 16 de Octubre, presupuestó la ejecución de la Obra en un monto total
de Pesos Dos millones novecientos cincuenta y tres mil ochocientos cuarenta y cinco con
once centavos ($ 2.953.845,11).
Que, el costo de la Obra será imputado a la Partida Presupuestaria de Bancos de Tierras,
de acuerdo a lo estipulado en la Ordenanza N° 268/18
Que, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Corporaciones Municipales y en la
Ordenanza 268/18, la ejecución de la presente obra debe ser autorizada por el Honorable
Concejo Deliberante.
Que, el expediente ha sido analizado por la Comisión de Asuntos Legales, dando
despacho favorable al mismo.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL,
en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente:
ORDENANZA
ART. 1º: AUTORÍCESE la ejecución de la Obra denominada "Segunda Etapa Red
Eléctrica Provisoria Barrio Matadero alto de la ciudad de Esquel", destinado a
asegurar las condiciones de suministro de energía eléctrica del sector en cuestión ubicado
en Circunscripción 3 Sector 6, Chacra 4, de la ciudad de Esquel, por el monto total de
Pesos Dos millones novecientos cincuenta y tres mil ochocientos cuarenta y cinco con
once centavos ($2.953.845,11).
ART. 2°: El monto resultante de la ejecución de la Obra denominada "Segunda Etapa
Red Eléctrica Provisoria Barrio Matadero alto de la ciudad de Esquel", se imputará a
la Partida Presupuestaria 2-1-2-1-2-0 Banco de Tierras.
ART. 3°: Regístrese, comuníquese y cumplido archívese.
Esquel, 04 de noviembre de 2022.
witerior
Abog. Emiliana Sartorio
Secretaria Legislativa a/c
H. Concejo Deliberante
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Ciudad de Esquel
Dada en la sala de Sesiones del H.C.D. en la 15° Sesión Ordinaria del 2022, bajo Acta N°
23/2022, registrada como Ordenanza N° 181/2022.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal
y cumplido archivese.
SECRETARIA DE GOBIERNO:
09
de noviembre de 2022.
Lle. Sanchez Uribe Mariela
Secretaria de Gobierno
Municipalidad de Esquel
Arq. SERG
ONGARATO
Intendente
Municipalidad de Esquel