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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 187/2022/2022

Fecha de Sanción: 2022-11-04
Fecha de Promulgación: 2022-11-09
Ciudad: Esquel, Chubut

CREACIÓN DEL PROGRAMA “LA HORA SILENCIOSA”

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HCD. H. Concejo Deliberante "A 40 AÑOS DE LA GESTA DE MALVINAS, HONOR Y GLORIA A NUESTROS VETERANOS Y CAÍDOS" De Esquel ORDENANZA N° 187/2022 TEMA: CREACIÓN DEL PROGRAMA "LA HORA SILENCIOSA". VISTO: La necesidad de promover acciones dirigidas hacia la inclusión de personas con discapacidades (Expte. 82/22) y; CONSIDERANDO: Que, a través de los sentidos nuestro cuerpo procesa toda la información que proviene de nuestro entorno. Pero no todas las personas la procesamos de la misma manera. Los olores, los sonidos, las luces, como tantos otros factores pueden generar sensibilidades que algunas personas apenas logran advertir, mientras que en otras puede desencadenar irritabilidad y molestia. Que, por lo general, las personas con autismo' sufren alteraciones sensoriales y les resulta molesto, en muchos casos hasta doloroso, los ruidos fuertes como la música, los bocinazos, las bombas de estruendos hasta incluso la aglomeración de personas; para muchas familias donde alguno de sus miembros se encuentra bajo esta condición, una salida algún lugar público puede ser abrumadora al tener que enfrentar espacios que no están preparados para responder a las necesidades generando condiciones que pueden desencadenar en que la persona se desregule o presente dificultades del procesamiento sensorial. Que, el autismo no es una enfermedad, es una condición. Es una manera distinta de procesar la información y de interactuar "con" y "en" el mundo. Las personas con autismo o con alguna discapacidad cognitiva son parte de NUESTRO mundo y eso nos obliga a facilitar todo lo necesario para garantizarles una vida plena. Que, esta iniciativa sería una importante contribución para la integración de las personas con TEA y ha sido reconocida por muchas organizaciones que nuclean a pacientes y familiares con distintos trastornos, como una medida que facilita el acceso a actividades tan comunes y cotidianas como la visita a los supermercados o comercios, apuntando directamente a la toma de conciencia y visibilización de este trastorno. Que, el presente programa "La Hora Silenciosa" tiene como fin dar un paso más en una sociedad inclusiva no solo de palabras sino de acción. Busca permitir que al menos 2 (dos) días a la semana, en horario matutino y vespertino, las personas con condición TEA puedan disponer de tiempo, espacio y lugar acorde a sus necesidades. Que, debemos reafirmar nuestro compromiso con valores que incluyen la igualdad, la equidad y la inclusión, y nuestra determinación de promover la plena participación de todas las personas con autismo asegurándonos de que dispongan de las herramientas necesarias para ejercer sus derechos y libertades fundamentales. Que, el color azul es el color que representa al mar. A veces el mar está tranquilo y en otras oportunidades está revuelto. Lo mismo sucede en las vidas de una persona con autismo y su entorno familiar: hay días serenos y otros más tormentosos. Es por eso que el color azul se transformó en símbolo de los trastornos del Espectro Autista (TEA). POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente: ORDENANZA H. Concejo Deliberante "A 40 AÑOS DE LA GESTA DE MALVINAS, HONOR Y GLORIA A NUESTROS VETERANOS Y CAÍDOS" De Esquel ART. 1°.- CRÉASE en el ámbito de la Municipalidad de Esquel el Programa "LA HORA SILENCIOSA", dirigido a las personas con Trastorno de Espectro Autista (TEA).- ART. 2°.- Dicho programa tendrá como objetivo, invitar a los comercios de nuestra ciudad a destinar al menos 2 (dos) días de la semana y horas en las cuales se implementarán las medidas de reducción de: - Estímulos visuales: las luces altas, luces de neón, reflectores, luces con destellos y cualquier variedad que pueda alterar la visión. - Estímulos sonoros: la música fuerte, estruendos, sirenas, bocinas, alarmas, golpes y gritos, como cualquier otro factor que pueda alterar o modificar un ambiente sonoro tranquilo y moderado. ART. 3º.- Todos aquellos comercios que adhieran a la presente, deberán distinguir en los changuitos y/o carritos con una cinta azul o también podrán instrumentar la pintura a modo de diferenciarlos del resto. Aquellos changos y/o carritos que contengan la distinción azul deberán tener prioridad en la línea de cajas. ART. 4°: La autoridad de aplicación de dicho programa, será la Dirección de Discapacidad, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social de la Municipalidad de Esquel, quien será la encargada de la coordinación, difusión e implementación del presente programa, realizando las capacitaciones que cree necesaria a fin de dar cumplimiento al mismo. ART. 5º.-: Todos aquellos comercios que adhieran a la presente deberán facilitar con un listón azul a aquellas personas que lo soliciten. ART. 6°.- Registrese, comuníquese y cumplido archívese. Esquel, 04 de noviembre de 2022. 1bog. Emiliana Sartori Secretaria Legislativa a/i H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Presidente H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Dada en la sala de Sesiones del H.C.D. en la 15° Sesión Ordinaria del 2022, bajo Acta N° 23/2022, registrada como Ordenanza N° 187/2022. POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y cumplido archívese. SECRETARIA DE GOBIERNO: of de noviembre de 2022 Lic Sanchez Uribe Mariela Secretaria de Gobierno Municipalidad da Esquer Municipalidad de Esquel