Ordenanza Municipal N° 187/2022/2022
CREACIÓN DEL PROGRAMA “LA HORA SILENCIOSA”
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD.
H. Concejo Deliberante
"A 40 AÑOS DE LA GESTA DE MALVINAS, HONOR Y GLORIA A NUESTROS VETERANOS Y CAÍDOS"
De Esquel
ORDENANZA N° 187/2022
TEMA: CREACIÓN DEL PROGRAMA "LA HORA SILENCIOSA".
VISTO: La necesidad de promover acciones dirigidas hacia la inclusión de personas
con discapacidades (Expte. 82/22) y;
CONSIDERANDO:
Que, a través de los sentidos nuestro cuerpo procesa toda la información que proviene
de nuestro entorno. Pero no todas las personas la procesamos de la misma manera.
Los olores, los
sonidos, las luces, como tantos otros factores pueden generar
sensibilidades que algunas personas apenas logran advertir, mientras que en otras
puede desencadenar irritabilidad y molestia.
Que, por lo general, las personas con autismo' sufren alteraciones sensoriales y les
resulta molesto, en muchos casos hasta doloroso, los ruidos fuertes como la música,
los bocinazos, las bombas de estruendos hasta incluso la aglomeración de personas;
para muchas familias donde alguno de sus miembros se encuentra bajo esta
condición, una salida algún lugar público puede ser abrumadora al tener que enfrentar
espacios que no están preparados para responder a las necesidades generando
condiciones que pueden desencadenar en que la persona se desregule o presente
dificultades del procesamiento sensorial.
Que, el autismo no es una enfermedad, es una condición. Es una manera distinta de
procesar la información y de interactuar "con" y "en" el mundo. Las personas con
autismo o con alguna discapacidad cognitiva son parte de NUESTRO mundo y eso
nos obliga a facilitar todo lo necesario para garantizarles una vida plena.
Que, esta iniciativa sería una importante contribución para la integración de las
personas con TEA y ha sido reconocida por muchas organizaciones que nuclean a
pacientes y familiares con distintos trastornos, como una medida que facilita el acceso
a actividades tan comunes y cotidianas como la visita a los supermercados o
comercios, apuntando directamente a la toma de conciencia y visibilización de este
trastorno.
Que, el presente programa "La Hora Silenciosa" tiene como fin dar un paso más en
una sociedad inclusiva no solo de palabras sino de acción. Busca permitir que al
menos 2 (dos) días a la semana, en horario matutino y vespertino, las personas con
condición TEA puedan disponer de tiempo, espacio y lugar acorde a sus necesidades.
Que, debemos reafirmar nuestro compromiso con valores que incluyen la igualdad, la
equidad y la inclusión, y nuestra determinación de promover la plena participación de
todas las personas con autismo asegurándonos de que dispongan de las herramientas
necesarias para ejercer sus derechos y libertades fundamentales.
Que, el color azul es el color que representa al mar. A veces el mar está tranquilo y en
otras oportunidades está revuelto. Lo mismo sucede en las vidas de una persona con
autismo y su entorno familiar: hay días serenos y otros más tormentosos. Es por eso
que el color azul se transformó en símbolo de los trastornos del Espectro Autista
(TEA).
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente:
ORDENANZA
H. Concejo Deliberante
"A 40 AÑOS DE LA GESTA DE MALVINAS, HONOR Y GLORIA A NUESTROS VETERANOS Y CAÍDOS"
De Esquel
ART. 1°.- CRÉASE en
el ámbito de la Municipalidad de Esquel el Programa
"LA HORA SILENCIOSA", dirigido a las personas con Trastorno de Espectro Autista
(TEA).-
ART. 2°.- Dicho programa tendrá como objetivo, invitar a los comercios de nuestra
ciudad a destinar al menos 2 (dos) días de la semana y horas en las cuales se
implementarán las medidas de reducción de:
- Estímulos visuales:
las luces altas, luces de neón, reflectores, luces con
destellos y cualquier variedad que pueda alterar la visión.
- Estímulos sonoros: la música fuerte, estruendos, sirenas, bocinas, alarmas,
golpes y gritos, como cualquier otro factor que pueda alterar o modificar un
ambiente sonoro tranquilo y moderado.
ART. 3º.- Todos aquellos comercios que adhieran a la presente, deberán distinguir en
los changuitos y/o carritos con una cinta azul o también podrán instrumentar la pintura
a modo de diferenciarlos del resto. Aquellos changos y/o carritos que contengan la
distinción azul deberán tener prioridad en la línea de cajas.
ART. 4°: La autoridad de aplicación de dicho programa, será la Dirección de
Discapacidad, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social de la Municipalidad
de Esquel, quien será la encargada de la coordinación, difusión e implementación del
presente programa, realizando las capacitaciones que cree necesaria
a fin de dar
cumplimiento al mismo.
ART. 5º.-: Todos aquellos comercios que adhieran a la presente deberán facilitar con
un listón azul a aquellas personas que lo soliciten.
ART. 6°.- Registrese, comuníquese y cumplido archívese.
Esquel, 04 de noviembre de 2022.
1bog. Emiliana Sartori
Secretaria Legislativa a/i
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Presidente
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Dada en la sala de Sesiones del H.C.D. en la 15° Sesión Ordinaria del 2022, bajo Acta
N° 23/2022, registrada como Ordenanza N° 187/2022.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín
Municipal y cumplido archívese.
SECRETARIA DE GOBIERNO: of de noviembre de 2022
Lic Sanchez Uribe Mariela
Secretaria de Gobierno
Municipalidad da Esquer
Municipalidad de Esquel