Ordenanza Municipal N° 190/2022/2022
MODIFICACION ORDENANZA 165/21 “PROGRAMA DE FINANCIAMIENTO Y ACOMPAÑAMIENTO TECNICO PARA EMPRENDIMIENTOS Y PYMES LOCALES”
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"A 40 AÑOS DE LA GESTA DE MALVINAS, HONOR Y GLORIA A NUESTROS VETERANOS Y CAÍDOS"
ORDENANZA N° 190/2022
TEMA: MODIFICACION ORDENANZA 165/21 "PROGRAMA DE FINANCIAMIENTO
Y ACOMPAÑAMIENTO TECNICO PARA EMPRENDIMIENTOS Y PYMES LOCALES"
VISTO: La Ordenanza N° 165/21 promulgada el día 5/11/2021 (Expte. 162/21) y,
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza N°165/21 ha sido sancionada para acompañar y promover el
crecimiento de emprendedores de la ciudad de Esquel.
Que dentro del ANEXO I - Reglamento programa de financiamiento y acompañamiento
técnico
para emprendedores y pymes locales, en el inciso 3, se estipulan las
características de financiamiento de los proyectos aprobados.
Que, al momento de la aplicación de la Ordenanza mencionada en el Visto, se omitió
especificar el sistema de cobro de las cuotas de los proyectos adjudicados.
Que el Sistema de Administración Municipal (SAM) se rige por la Ordenanza Tarifaria
municipal n° 204/21, utilizando el sistema de amortización francés, al cual se debe
adecuar la mencionada Ordenanza.
Que de igual manera se debe modificar el Contrato de Préstamos, ya que en los mismos
se pacta la forma de pago con el emprendedor.
Que dichas modificaciones son necesarias para poder avanzar en la puesta en marcha
del programa sin alterar la esencia de la norma.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46 sanciona la presente
ORDENANZA
ART. 1°: MODIFICASE el inciso 3) Características del financiamiento, del ANEXO I, del
Reglamento de la Ordenanza N° 165/21, que quedará redactado de la siguiente manera: "
...3)
tasa de interés: se pautará una tasa del uno por ciento (1%) mensual que será aplicada a partir
de la finalización del periodo de gracia, adecuando dicha cuota al sistema de amortización
aplicado por el Sistema de Administración Municipal (SAM), regido por la ordenanza tarifaria
vigente."
ART. 2°: MODIFICASE la cláusula tercera del ANEXO III, del Contrato de Préstamo- de la Ord.
165/21, que quedará redactado de la siguiente manera: "TERCERA: los pagos de las cuotas
deberán efectuarse, sin necesidad de aviso previo o requerimiento de ninguna naturaleza, del día
1 al 10 de cada mes, venciendo la primera de ellas el día ... del mes de ........... de....., debiendo
realizarse los mismos en oficinas de la Tesorería Municipal. La amortización del préstamo se
efectuará aplicando por el Sistema de Administración Municipal (SAM), regido por la ordenanza
tarifaria vigente." en caso que las fechas de pago de capital e intereses bajo el presente contrato
vencieran en días inhábiles bancarios, los pagos correspondientes deberán efectuarse el dia hábil
bancario inmediato posterior."
ART. 3°: Regístrese, comuníquese, y cumplido archívese.
Esquel, 04 de noviembre de 2022.-
-ABOG. Emiliana Sartorio
Secretaria Legislatiza a/c
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 15° Sesión Ordinaria del año 2022, bajo
Acta N° 23/2022, registrada como Ordenanza N° 190/2022
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal
y cumplido, archivese.
SECRETARIA DE GOBIERNO: op de noviembre de 2022.
Lic. Sanchez Uribe Mariela
Secretaria de Gobierno
Municipalidad de Esquel
Ara. SERGIO ONGARATO
Intendente
Municipalidad de Esquel