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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 190/2022/2022

Fecha de Sanción: 2022-11-04
Fecha de Promulgación: 2022-11-09
Ciudad: Esquel, Chubut

MODIFICACION ORDENANZA 165/21 “PROGRAMA DE FINANCIAMIENTO Y ACOMPAÑAMIENTO TECNICO PARA EMPRENDIMIENTOS Y PYMES LOCALES”

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HCD. H. Concejo Deliberante De Esquel "A 40 AÑOS DE LA GESTA DE MALVINAS, HONOR Y GLORIA A NUESTROS VETERANOS Y CAÍDOS" ORDENANZA N° 190/2022 TEMA: MODIFICACION ORDENANZA 165/21 "PROGRAMA DE FINANCIAMIENTO Y ACOMPAÑAMIENTO TECNICO PARA EMPRENDIMIENTOS Y PYMES LOCALES" VISTO: La Ordenanza N° 165/21 promulgada el día 5/11/2021 (Expte. 162/21) y, CONSIDERANDO: Que la Ordenanza N°165/21 ha sido sancionada para acompañar y promover el crecimiento de emprendedores de la ciudad de Esquel. Que dentro del ANEXO I - Reglamento programa de financiamiento y acompañamiento técnico para emprendedores y pymes locales, en el inciso 3, se estipulan las características de financiamiento de los proyectos aprobados. Que, al momento de la aplicación de la Ordenanza mencionada en el Visto, se omitió especificar el sistema de cobro de las cuotas de los proyectos adjudicados. Que el Sistema de Administración Municipal (SAM) se rige por la Ordenanza Tarifaria municipal n° 204/21, utilizando el sistema de amortización francés, al cual se debe adecuar la mencionada Ordenanza. Que de igual manera se debe modificar el Contrato de Préstamos, ya que en los mismos se pacta la forma de pago con el emprendedor. Que dichas modificaciones son necesarias para poder avanzar en la puesta en marcha del programa sin alterar la esencia de la norma. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46 sanciona la presente ORDENANZA ART. 1°: MODIFICASE el inciso 3) Características del financiamiento, del ANEXO I, del Reglamento de la Ordenanza N° 165/21, que quedará redactado de la siguiente manera: " ...3) tasa de interés: se pautará una tasa del uno por ciento (1%) mensual que será aplicada a partir de la finalización del periodo de gracia, adecuando dicha cuota al sistema de amortización aplicado por el Sistema de Administración Municipal (SAM), regido por la ordenanza tarifaria vigente." ART. 2°: MODIFICASE la cláusula tercera del ANEXO III, del Contrato de Préstamo- de la Ord. 165/21, que quedará redactado de la siguiente manera: "TERCERA: los pagos de las cuotas deberán efectuarse, sin necesidad de aviso previo o requerimiento de ninguna naturaleza, del día 1 al 10 de cada mes, venciendo la primera de ellas el día ... del mes de ........... de....., debiendo realizarse los mismos en oficinas de la Tesorería Municipal. La amortización del préstamo se efectuará aplicando por el Sistema de Administración Municipal (SAM), regido por la ordenanza tarifaria vigente." en caso que las fechas de pago de capital e intereses bajo el presente contrato vencieran en días inhábiles bancarios, los pagos correspondientes deberán efectuarse el dia hábil bancario inmediato posterior." ART. 3°: Regístrese, comuníquese, y cumplido archívese. Esquel, 04 de noviembre de 2022.- -ABOG. Emiliana Sartorio Secretaria Legislatiza a/c H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 15° Sesión Ordinaria del año 2022, bajo Acta N° 23/2022, registrada como Ordenanza N° 190/2022 POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y cumplido, archivese. SECRETARIA DE GOBIERNO: op de noviembre de 2022. Lic. Sanchez Uribe Mariela Secretaria de Gobierno Municipalidad de Esquel Ara. SERGIO ONGARATO Intendente Municipalidad de Esquel