Ordenanza Municipal N° 191/2022/2022
TARIFAS USO GIMNASIO MUNICIPAL
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD.
H. Concejo Deliberante
"A 40 AÑOS DE LA GESTA DE MALVINAS, HONOR Y GLORIA A NUESTROS VETERANOS Y CAÍDOS"
De Esquel
ORDENANZA N° 191/2022
TEMA: TARIFAS USO GIMNASIO MUNICIPAL
VISTO: La Ordenanza N° 50/16 y N° 38/19 (Expte. 355/15) y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ordenanza N° 50/16 regula las tarifas sobre el uso del Gimnasio Municipal, por
lo cual la última actualización de tarifas se realizó con fecha 12 de Mayo de 2016
Que, la Ordenanza N° 38/19 solo modifica los artículos 1 y 2 de la norma mencionada
precedentemente sin actualizar valores que han quedado desfazados con los actuales.
Que, a los efectos de su normal funcionamiento es necesaria la adquisición de
insumos, cuyos precios se han incrementado durante los últimos años, por lo cual
resulta imperioso actualizar las tarifas que abonan los usuarios, requiriéndose para ello
el dictado del correspondiente instrumento legal.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente:
ORDENANZA
ART. 1°.- MODIFICASE el art. 1º de la Ordenanza N° 50/16 que quedará redactada de
la siguiente manera: "Art. 1°: FIJASE, a partir de la promulgación de la presente
ordenanza las tarifas para el alquiler del Gimnasio Municipal en los siguientes valores:
a. Por alquiler para espectáculos —...--
---- 600 (seiscientos) Módulos por día.
b.
Para la práctica de actividades deportivas y/o recreativas después de las 22:00
hs. de Lunes a Viernes, quedará establecido en: 20 (veinte) módulos por hora.
c. Para los días Sábado, Domingos y Feriados, quedará establecido en: 25
(veinticinco) Módulos por hora.
d. Para alquiler para eventos deportivos con fines de lucro 300 (trescientos)
módulos por día.
Contarán con una bonificación de la tarifa de hasta el cincuenta por ciento (50%), las
instituciones constituidas legalmente cuyo fin de utilización del espacio, sea la
preparación para Torneos Provinciales, Patagónicos, Nacionales o Internacionales"
ART. 2°.- MODIFICASE el art. 2º de la Ordenanza N° 50/16 que quedará redactado de
la siguiente manera: "Art. 2º: a) En caso de eventos privados auspiciados por la
Secretaría Cultura y Educación de la Municipalidad de Esquel se abonará un mínimo
de doscientos cincuenta (250) Módulos. b) En caso de espectáculos artísticos
organizados por productoras privadas y auspiciados por la mencionada Secretaría se
abonarán trescientos (300) módulos".
ART. 3º.- MODIFICASE el art. 4º de la Ordenanza N° 50/16 que quedará redactado de
la siguiente manera: "Art. 4°: FIJASE para el alquiler de sillas plásticas, a partir de la
promulgación de la presente un valor correspondiente a tres (3) módulos".
H. Concejo Deliberante
"A 40 AÑOS DE LA GESTA DE MALVINAS, HONOR Y GLORIA A NUESTROS VETERANOS Y CAÍDOS"
De Esquel
ART. 4°: MODIFICASE el art. 5º de la Ordenanza N° 50/16 que quedará redactado de
la siguiente manera: "Art. 5°: FIJASE para el alquiler del "ring de boxeo", a partir de la
promulgación de la presente un valor de doscientos (200) módulos".
ART. 5°..: Registrese, comuniquese y cumplido archívese
Esquel, 04 de noviembre de 2022.
culterio
Abog. Emiliana Sartorio
Secretaria Legislativa a/c
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Dada en la sala de Sesiones del H.C.D. en la 15° Sesión Ordinaria del 2022, bajo Acta
N° 23/2022, registrada como Ordenanza N° 191/2022
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese
al Boletín
Municipal y cumplido archivese.
SECRETARIA DE GOBIERNO: of de noviembre de 2022
Ara, SERGIO ONGARATO
Intendente
Municipalidad de Esquel