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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 30/2023/2023

Fecha de Sanción: 2023-03-31
Fecha de Promulgación: 2023-04-03
Ciudad: Esquel, Chubut

ADHESION A LEY NACIONAL 27.629 Y LEY PROVINCIAL XIX nº 85 DEL DIGESTO JURIDICO DE CHUBUT - SISTEMA BOMBEROS VOLUNTARIOS MEDIDAS DE APOYO

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HeD. H. Concejo Deliberante De Esquel "Año del Centenario de la Municipalidad de Esquel", "Año del cuadragésimo aniversario de vigencia ininterrumpida de la Democracia (1983-2023)" "Año del vigésimo aniversario de la Consulta Popular por el "NO A LA MINA" ORDENANZA N° 30/2023 TEMA: ADHESIÓN LEY NACIONAL N° 27.629 Y LEY XIX N° 85 DEL D.J.CH VISTO: La nota presentada en el H.C.D., por la Asociación de Bomberos Voluntarios de la ciudad de Esquel (Expte. N° 11/23) y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nacional N° 27.629 de Fortalecimiento del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios establece medidas de apoyo económico a las entidades del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios, entre ellos gozarán de un tratamiento tarifario especial gratuito para los servicios públicos de provisión de energía eléctrica, gas natural, agua potable y conexión de desagües cloacales, telefonía fija, telefonía móvil en todas sus modalidades y servicios de las tecnologías de la información y las comunicaciones que se encuentren bajo la Jurisdicción Nacional; así como también de otros beneficios. Que, la Ley XIX N° 85 del Digesto Jurídico de la Provincia del Chubut, se adhiere en todos sus terminos a la Ley Nacional N° 27.629, siendo la autoridad de aplicación el Ministerio de Gobierno y Justicia de la Provincia del Chubut. Que, en el Art. 3º de la Ley XIX N° 85 se invita a todos los Municipios de la Provincia a adherir a la misma. Que, la Asociación de Bomberos Voluntarios de la ciudad de Esquel, solicita a este HCD la posibilidad de adhesión a las mismas a los fines que dicha institución pueda gozar de las medidas de apoyo económico adoptadas por el Gobierno Nacional. Que, por todo lo expuesto, la Comisión de Asuntos Legales del HCD, decide emitir despacho favorable a lo solicitado. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente ART. 1: ADHIERASE en todos sus términos a la Ley Nacional N° 27.629 de Fortalecimiento del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios de la República Argentina; y a la Ley XIX N° 85 del Digesto Jurídico de la Provincia del Chubut. ART. 2°: Registrese, comuníquese y cumplido archívese. Esquel, 31 de marzo de 2023 lowl orenn Anderson Secretaria Legisintiza a/c H. Concejo Deliberante Cindad de Esquel fund tipe Presidente H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 2º Sesión Ordinaria del 2023, bajo Acta N° 08/2023, registrada como Ordenanza N° 30/2023. POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y cumplido, archívese SECRETARIA DE GOBIERNO: 03 de Abril de 2023. Arq. SERGIO ONGARATO intendente Municipalidad de Esquel Diredtora Gral. de Gobierno Munlcipalidad de Esquel "AVE SECRETARIA"