Ordenanza Municipal N° 30/2023/2023
ADHESION A LEY NACIONAL 27.629 Y LEY PROVINCIAL XIX nº 85 DEL DIGESTO JURIDICO DE CHUBUT - SISTEMA BOMBEROS VOLUNTARIOS MEDIDAS DE APOYO
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HeD.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del Centenario de la Municipalidad de Esquel",
"Año del cuadragésimo aniversario de vigencia ininterrumpida de la Democracia (1983-2023)"
"Año del vigésimo aniversario de la Consulta Popular por el "NO A LA MINA"
ORDENANZA N° 30/2023
TEMA: ADHESIÓN LEY NACIONAL N° 27.629 Y LEY XIX N° 85 DEL D.J.CH
VISTO: La nota presentada en el H.C.D., por la Asociación de Bomberos Voluntarios de
la ciudad de Esquel (Expte. N° 11/23) y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nacional N° 27.629 de Fortalecimiento del Sistema Nacional de Bomberos
Voluntarios establece medidas de apoyo económico a las entidades del Sistema
Nacional de Bomberos Voluntarios, entre ellos gozarán de un tratamiento tarifario
especial gratuito para los servicios públicos de provisión de energía eléctrica, gas
natural, agua potable y conexión de desagües cloacales, telefonía fija, telefonía móvil
en todas sus modalidades y servicios de las tecnologías de la información y las
comunicaciones que se encuentren bajo la Jurisdicción Nacional; así como también de
otros beneficios.
Que, la Ley XIX N° 85 del Digesto Jurídico de la Provincia del Chubut, se adhiere en
todos sus terminos a la Ley Nacional N° 27.629, siendo la autoridad de aplicación el
Ministerio de Gobierno y Justicia de la Provincia del Chubut.
Que, en el Art. 3º de la Ley XIX N° 85 se invita a todos los Municipios de la Provincia a
adherir a la misma.
Que, la Asociación de Bomberos Voluntarios de la ciudad de Esquel, solicita a este
HCD la posibilidad de adhesión a las mismas a los fines que dicha institución pueda
gozar de las medidas de apoyo económico adoptadas por el Gobierno Nacional.
Que, por todo lo expuesto, la Comisión de Asuntos Legales del HCD, decide emitir
despacho favorable a lo solicitado.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente
ART. 1: ADHIERASE en todos sus términos a la Ley Nacional N° 27.629 de
Fortalecimiento del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios de la República
Argentina; y a la Ley XIX N° 85 del Digesto Jurídico de la Provincia del Chubut.
ART. 2°: Registrese, comuníquese y cumplido archívese.
Esquel, 31 de marzo de 2023
lowl
orenn Anderson
Secretaria Legisintiza a/c
H. Concejo Deliberante
Cindad de Esquel
fund tipe
Presidente
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 2º Sesión Ordinaria del 2023, bajo Acta
N° 08/2023, registrada como Ordenanza N° 30/2023.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín
Municipal y cumplido, archívese
SECRETARIA DE GOBIERNO: 03 de Abril de 2023.
Arq. SERGIO ONGARATO
intendente
Municipalidad de Esquel
Diredtora Gral. de Gobierno
Munlcipalidad de Esquel
"AVE SECRETARIA"