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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 32/2023/2023

Fecha de Sanción: 2023-03-31
Fecha de Promulgación: 2023-04-03
Ciudad: Esquel, Chubut

DECLARA UTILIDAD PUBLICA Y PAGO OBLIGATORIO PAVIMENTACION CALLE MIGUENS

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HCD. H. Concejo Deliberante De Esquel "Año del Centenario de la Municipalidad de Esquel", "Año del cuadragésimo aniversario de vigencia ininterrumpida de la Democracia (1983-2023)", "Año del vigésimo aniversario de la Consulta Popular por el "NO A LA MINA". ORDENANZA N° 32/2023 TEMA: DECLARACION DE UTILIDAD PUBLICA Y PAGO OBLIGATORIO OBRA DE PAVIMENTACION EN CALLE MIGUENS VISTO: El requerimiento efectuado por los vecinos del Barrio Jorge Newbery, de la calle Miguens entre Avenida Ameghino y Chacabuco, (EXPTE N° 37/23) y; CONSIDERANDO: Que, mediante el mismo requieren que se declare de utilidad pública y pago obligatorio la obra de pavimentación a realizar en la calle Miguens entre Avenida Ameghino y Chacabuco de esta ciudad, y así poder dar inicio a la misma. Que, se adjunta a la presente planilla con las firmas de adhesión del más del setenta por ciento (70%) de los frentistas de la cuadra, que prestan el acuerdo para la ejecución de esta obra por el sistema de consorcios de vecinos (Art.12 Ordenanza N° 206/90). Que, desarrollar la obra de pavimentación redundará en un beneficio, no solo para los vecinos de dicho sector, sino para la comunidad en su conjunto. Que, la Comisión de Obras Públicas habiendo estudiado los antecedentes emite despacho favorable, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza General de Obras Públicas Nº206/90 y su modificatoria Ordenanza N° 77/18. POR ELLO:_EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente ORDENANZA ART. 1°: DECLARASE de UTILIDAD PÚBLICA Y PAGO OBLIGATORIO la Obra de Pavimento por consorcio de vecinos, de calle Miguens entre Avenida Ameghino y Chacabuco de nuestra ciudad. ART. 2°: AUTORIZASE, a la Secretaria de Hacienda a pagar a la empresa designada por consorcio hasta el VEINTE POR CIENTO (20%) del presupuesto de obra aprobado según lo establecido en el Art. 1° de la Ordenanza N° 77/18. El pago a la empresa se realizará una vez terminada la obra y otorgada la recepción provisoria de la misma. ART. 3°: Registrese, comuníquese y cumplido archívese. Esquel, 31 de marzo de 2023. handoT inh Cretaria Legislativan) ardo FiliDDI Presidente H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 2º Sesión Ordinaria del 2023, bajo Acta N° 08/2023, registrada como Ordenanza N° 32/2023 POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese Municipal y cumplido, archivese SECRETARIA DE GOBIERNO: 03 de Abril de 2023. Directora Gral. de Gobierno Municipalidad de Esquel AF SECRETARIA® Municipalidad de Esquei