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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 33/2023/2023

Fecha de Sanción: 2023-03-31
Fecha de Promulgación: 2023-04-03
Ciudad: Esquel, Chubut

utilidad publica y pago obligatorio pavimento calle alsina

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HCD. H. Concejo Deliberante De Esquel "Año del Centenario de la Municipalidad de Esquel", "Año del cuadragésimo aniversario de vigencia ininterrumpida de la Democracia (1983-2023)", "Año del vigésimo aniversario de la Consulta Popular por el "NO A LA MINA". ORDENANZA N° 33/2023 TEMA: "DECLARACION DE UTILIDAD PÚBLICA Y PAGO OBLIGATORIO OBRA DE PAVIMENTACION EN CALLE ALSINA". VISTO: La solicitud presentada por los vecinos de la calle Alsina entre calle Owen Jones e Hipólito Yrigoyen (Expte. 43/23), y CONSIDERANDO: Que, mediante la misma requieren que se declare de utilidad pública y pago obligatorio la calle Alsina entre calle Owen Jones e Hipólito Yrigoyen. Que, se ha designado a, dos frentistas representantes para la conformación del consorcio. Que, por medio de una planilla de adhesión presentada por los representantes más del 70% de los vecinos están de acuerdo con la obra a realizarse. Que, la pavimentación mencionada acarrea un beneficio importante para la comunidad. Que, la municipalidad de Esquel asume el costo del 20% de la obra. Que, en virtud de lo antedicho es necesario declarar de Utilidad Pública y pago Obligatorio la Obra de Pavimentación que se detalla en el Artículo 1° de la presente, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza General de Obras Públicas N° 206/90 y su modificatoria Ordenanza N°77/18. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI N°46, sanciona la presente ORDENANZA ART. 1°: DECLÁRASE DE UTILIDAD PÚBLICA Y PAGO OBLIGATORIO, la obra de la Pavimentación de la arteria que a continuación se detalla, para los frentistas afectados por la obra: calle Alsina entre Owen Jones e Hipólito Yrigoyen. ART. 2°: AUTORIZASE a la Secretaria de Hacienda a pagar la empresa designada por el consorcio hasta el 20% del presupuesto de obra aprobado según lo establecido en el Artículo 1º de la Ordenanza N° 77/18. El pago a la empresa se realizara una vez terminada la obra y otorgada la recepción provisoria de la misma. ART. 3°: Regístrese, comuníquese y cumplido archivese. Esquel, 31 de marzo de 2023.- ??? orena Anderson Secretarin Legislation ac H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel randilipe Hiloresid Deliberante Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 2º Sesión Ordinaria del 2023, bajo Acta N° 08/2023, registrada como Ordenanza N° 33/2023. POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y cumplido, archívese. SECRETARIA DE GOBIERNO: 03 de abril de 2023. Orator de so desac Municipalidad de Esquel "QUE SECRETARIA' Municipalidad de Esquel