Ordenanza Municipal N° 56/2023/2023
AUTORIZA CONVENIO MARCO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE ESQUEL Y LA COOPERATIVA 16 DE OCTUBRE EJECUCION NEXO 33 KV Y ESTACION TRANSFORMADRA 33 / 13.2 VALLE CHICO
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del Centenario de la Municipalidad de Esquel"
"Año del cuadragésimo aniversario de vigencia ininterrumpida de la Democracia (1983-2023)"
"Año del vigésimo aniversario de la Consulta Popular por el "NO A LA MINA"
ORDENANZA N° 56/2023
TEMA: AUTORIZA FIRMA ACUERDO MARCO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE ESQUEL
Y LA COOPERATIVA 16 DE OCTUBRE
VISTO: El Acuerdo Marco entre la Municipalidad de Esquel y la Cooperativa 16 de octubre
Ltda. (Expte. 73/23), y
CONSIDERANDO:
Que, el Acuerdo mencionado en el Visto está destinado a asegurar las condiciones de
suministro de energía eléctrica a la zona del acceso este a la ciudad de Esquel.
Que, tiene como objetivo acordar pautas y acciones conjuntas destinadas a garantizar las
condiciones de abastecimiento futuro de energía eléctrica y alumbrado público a la zona de
expansión de la ciudad de Esquel en su acceso Este a la Ciudad, como así también de
mejorar las condiciones de alimentación al Parque Tecnológico Industrial y Playa
Transferencia de Carga (PTI y PTC), y en su cercanía al Aeropuerto Esquel.
Que, la Cooperativa "16 de Octubre" Ltda, prestadora del servicio de distribución de energía
eléctrica y alumbrado público ha establecido las condiciones técnicas y desarrollado el
Proyecto Ejecutivo denominado "Nexo en 33 kV y Estación Transformadora 33/13,2 kV - Valle
Que, dada la magnitud de la inversión requerida se ha recurrido al apoyo del Estado Nacional
para la concreción del proyecto.
Que, con este fin la Cooperativa ha presentado la necesidad y el proyecto de detalles ante la
sub Secretaria de Energía Eléctrica.
Que, con dicha Sub Secretaria se han acordado todas las condiciones técnicas del proyecto
de ingeniería.
Que, la MUNICIPALIDAD ha realizado las gestiones para obtener los recursos necesarios
para afrontar el costo de las obras indicadas en el presente convenio, las que según el
presupuesto al mes de abril del presente años asciende a cuatrocientos treinta y cinco
millones trescientos catorce mil cuatrocientos sesenta y nueve con 48/100 ($435.314.479,48)
Que, la Subsecretaria de Energía Eléctrica dio de alta el Proyecto bajo expediente Ex2023-
44281569-APN-SE y comprometido su financiamiento a través de LA MUNICIPALIDAD
Que LA MUNICIPALIDAD, considerando lo especifico del proyecto, ve como conveniente
delegar la gestión, obras y provisión de equipamiento en LA COOPERATIVA
Que, por todo lo expuesto, y a los fines de garantizar la creación de la obra indicada, es
necesario autorizar a la firma del acta acuerdo.
POR ELLO:EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL en
uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46 sanciona la presente
ORDENANZA
ART.1°: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el Acta Acuerdo entre
la Municipalidad de Esquel y la Cooperativa 16 de Octubre Ltda., para la ejecución de la obra
denominada "NEXO 33 KV Y ESTACIÓN TRANSFORMADORA 33/13,2 Kv VALLE CHICO", el
cual se adjunta como Anexo nde la presente.
ART.2°: Registrese, comuniquese, y cumplido, archívese
Esquel, 28 de/abril de 2023./
???
Lorena Anderson
lisanditup
Secretaria Legislativa a/c
Presidente
H. Concejo Deliberante
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 4º Sesión Ordinaria del 2023, bajo Acta N°
11/23, registrada como Ordenanza N° 56/2023.
cumplido, archivengase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletin Municipal y
cumplido, archívese.
TONGARATO
Intendente
Municipalidad de Esquel
Municipalidad de Esquel
ANEXO
I
ORD. Nº 56/ 2023
FOLIO
Serante lee
ACUERDO MARCO MUNICIPALIDAD DE ESQUEL - COOPERATTEA PET. : 08/E
DE OCTUBRE" LTDA
FIRMA:
Chubut
Entre la Municipalidad de Esquel, representada en este acto por el Sr. Intendente
de Rentas.
Municipal, Arq. Sergio Ongarato, con domicilio legal en calle Bartolomé Mitre N° 524
de Esquel, en adelante LA MUNICIPALIDAD, por una de las partes y por la otra la
Cooperativa de Provisión de Servicios Públicos, Vivienda y Consumo 16 de
Octubre Ltda., con domicilio legal en calle Belgrano N° 796 representada en este acto
por su Presidente Sr. Miguel Illuminati, el Secretario Sr. Omar Aleuy y el Tesorero
Sr. Néstor Cabezas, en adelante LA COOPERATIVA, acuerdan celebrar el presente
acuerdo marco, sujeto a las siguientes clausulas y condiciones:
Ninta Leiva
Asesorta Legal
Municipalidades Esquel
CASTO ONGARATO
atondente
coalidad de Esquel
ANTECEDENTES:
La necesidad de las partes de acordar pautas y acciones conjuntas destinadas a garantizar
las condiciones de abastecimiento futuro de energía eléctrica y alumbrado público a la
zona de expansión de la ciudad de Esquel en su acceso este a la ciudad, y asimismo
mejorar las condiciones de alimentación al Parque Tecnológico Industrial y Playa
Transferencia de Carga (PTlyPTC), y en su cercanía el Aeropuerto Esquel.
Que la Cooperativa "16 de Octubre" Ltda, prestadora del servicio de distribución de
energía eléctrica y alumbrado público ha establecido las condiciones técnicas y
desarrollado el Proyecto Ejecutivo denominado "Nexo en 33 kV y Estación
Transformadora 33/13,2 kV - Valle Chico".--
Que dada la magnitud de la inversión requerida se ha recurrido al apoyo del Estado
Nacional para la concreción del proyecto.---
Que con este fin la Cooperativa ha presentado la necesidad y el proyecto de detalles ante
la Subsecretaria de Energía Eléctrica.-
Que con dicha Subsecretaria se han acordado todas las condiciones técnicas del proyecto
de ingeniería.-
Que LA MUNICIPALIDAD realizó las gestiones tendientes a obtener los recursos
necesarios para afrontar el costo de las obras indicadas en el presente Convenio, las que
según el presupuesto al mes de abril del presente año asciende a la suma de PESOS
CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS
CATORCE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON
($435.314.479,48).--
Que la Subsecretaría de Energía Eléctrica dio de alta el Proyecto bajo el expediente Ex -
2023-44281569-APN-SE y ha comprometido su financiamiento a través de LA
MUNICIPALIDAD.--
Que LA MUNICIPALIDAD, atento lo específico del proyecto, considera adecuado
delegar la gestión, ejecución de las obras y provisión de equipamiento a LA
COOPERATIVA.-
Por todo ello las partes ACUERDAN:
CLAUSULA PRIMERA: Objeto: Luego de que se suscriba un Acuerdo para la
financiación de la obra con
la Subsecretaría de Energía de la Nación, LA
, MUNICIPALIDAD encomendará a LA COOPERATIVA, a través de la suscripción del
NESTOR CABE
contrato de obra especifico, y ésta acepta de conformidad la ejecución de la obra
DOP 16 CZ OBR: iZddenominada "NEXO 33 KV Y ESTACIÓN TRANSFORMADORA 33/13,2 kV
VALLE CHICO" en un todo de acuerdo al proyecto presentado por LA
COOPERATIVA y aprobado por la Subsecretaría de Energía Eléctrica de la Nación.---.-
CLAUSULA SEGUNDA: Plazo: El plazo de ejecución de la obra será de trescientos
ROD REMAR EUsesenta (360) días, contados a partir de la acreditación del correspondiente pago de
049.837 Anticipo de Obra.--
COOF 16 DE
OCTUBRE LTDA.
CLAUSULA TERCERA: Monto de la obra y forma de pago: El costo actual de las
obras a ejecutar asciende a la suma de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y
CINCO MILLONES TRESCIENTOS CATORCE MIL CUATROCIENTOS SETENTA
Y NUEVE CON CUARENTA Y OCHO CENTAVOS ($435.314.479,48) y que LA
MIGUEL A. ILLUMINATI
D.N.I.
11.113.874
PRESIDENTE
COOP 15 DE OCTUBRE LTDA.
RICARDO G.
BARTOLOME
lour
MUNICIPALIDAD se compromete a abonar, una vez suscripto el contrato específico de
obra con LA COOPERATIVA, un anticipo de obra equivalente al veinte por ciento
(20%) del monto presupuestado y el saldo contra certificados de obra según avance de
obra, de acuerdo a plan de inversiones aprobado. Las partes acuerdan expresamente que
LA MUNICIPALIDAD abonará los importes de la manera descripta en la presente
cláusula mediante transferencia bancaria a la cuenta 00200020032800201 perteneciente
a LA COOPERATIVA en el Banco del Chubut S.A.-ai...
CLAUSULA CUARTA: El presente Acuerdo se encuentra sujeto a la aprobación del
mismo por parte del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Esquel y a los
Convenios que con el fin de concretar la presente obra rubriquen la Subsecretaría de
Energía Eléctrica de la Nación y LA MUNICIPALIDAD. -
CLAUSULA QUINTA: Una vez concretado lo dispuesto en la Cláusula Cuarta del
presente, las partes acuerdan rubricar un Contrato de Obra específico.-
CLAUSULA SEXTA: Para todos los efectos judiciales y extrajudiciales derivados del
las partes fijan domicilio en los indicados al inicio, sometiéndose a la
competencia de los Iribunales Ordinarios de la Circunscripción Judicial del Noroeste de
la Provincia de Chubut, con asiento en la ciudad de Esquel, renunciando expresamente a
cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiese corresponder. -___
De conformidad entre ambas partes se firman tres (3) ejemplares del mismo tenor y a un
solo efecto en la ciudad de Esquel, Provincia de Chubut a los. 28 del mes de Abril de
2023
NESTOR CABE
TESORERA
COOP CLLROCTUBRE iTOA.
ALEUY
E LIDA.
MIGUEL A
ILLUMINATI
D.N.I. 11.113.874
COOP 16 DE OCTUBRE LTDA.
sna pean.