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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 58/2023/2023

Fecha de Sanción: 2023-05-12
Fecha de Promulgación: 2023-05-16
Ciudad: Esquel, Chubut

NOMINA BARRIO ALTOS DE LA CASACADA ( ARCO II - Y LOTEOS LAS NATALIAS Y LA VIEJA CANTERA)

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HCD. H. Concejo Deliberante De Esquel 'Año del Centenario de la Municipalidad de Esquel", "Año del cuadragésimo aniversario de vigencia ininterrumpida de la Democracia (1983-2023)", "Año del vigésimo aniversario de la Consulta Popular por el "NO A LA MINA". ORDENANZA N°58/2023 TEMA: NOMINACIÓN SECTOR BARRIAL "ALTOS DE LA CASCADA" VISTO: El pedido realizado por vecinas y vecinos (Expte. N° 234/22), y CONSIDERANDO Que, mediante nota ingresada a este Honorable Concejo Deliberante, los vecinos de los conjuntos habitacionales ARCO II, Las Natalias y La Vieja Cantera solicitan que a ese sector barrial se lo nomine como Altos de la Cascada. Que, mediante un proceso democrático, por votación de los vecinos surgió el nombre de ALTOS DE LA CASCADA. Que, resulta necesaria la denominación del barrio y configuración de sus límites, a los efectos que los vecinos puedan comenzar el proceso de organización de la Asociación Que el Concejo en Comisión, de acuerdo a los antecedentes obrantes en el Expediente, emite despacho favorable a lo solicitado. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones y facultades que le confiere la Ley XVI, N° 46 sanciona la presente: ORDENANZA ART. 1°: NOMINASE como BARRIO: "ALTOS DE LA CASCADA" al sector comprendido desde la intersección de las calles Libertad y Don Bosco en dirección Noreste por unos setenta y siete metros (77,00 m) aproximadamente hasta la intersección de la calle Don Bosco y la Parcela 2 de la Chacra 1 de allí, quiebra a noventa grados (90°) en dirección NE hasta encontrarse con el punto de intersección entre las Parcelas 2, 4 y 7 de la Chacra 1; de ahí continúa copiando el límite entre las Parcelas 4 y 7 de la misma Chacra hasta la continuación de la calle Guido Spano, uniéndose con la intersección de las Parcelas 3, 4 y 6 de la Chacra 2, continuando por la línea limítrofe entre Parcelas 4 y 6 de la misma Chacra cortando a la Parcela 1 hasta el límite NE de la Parcela 1. De allí quiebra a noventa grados ( 90°) en sentido SE hasta el Arroyo Esquel, continuando por el curso del Arroyo Esquel hasta las vías del Ferrocarril, continuando por las mismas hasta cerrar el polígono en la intersección de las vías del FFCC y Calle Libertad, según plano adjunto como Anexo I que es parte integrante de la presente Ordenanza. ART. 2°: Queda, en virtud de lo establecido en el Art. 1 de la presente, incorporar al Barrio Bella Vista: la Parcela 2 de la Chacra 1. ART. 3°: Registrese, comuníquese, y cumplido, archívese.- Esquel, 12 de mayo de 2023 lour Hic. Lorena Anderson Secretaria Legislativa A/C H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 5º Sesión Ordinaria del 2023, bajo Acta N° 13/2023, registrada como Ordenanza N° 58/2023. POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dése al Boletín Municipal y cumplido, archivese. SECRETARIA DE GOBIERNO: 16 de mayo de 2023. Lic. Sanchez Uribe Mariela Secretaria de Goberno Municipalidad de Esquel Municipalidad de Esquel ANEXO - 0.58/23 FOLIO 7 CHACRA 1 4 CHACRA 2 2 NZO, 95 ROKSORA YS 4 CH. Mzo 91 92. ESO EXPRES PJE. AP IWAN 34 2500 A. FLEMING + 2600 R SPN Mzo. 93 AVDA. ALVEAR B00 AVDA. ALVEAR 2800