Ordenanza Municipal N° 67/2023/2023
RATIFICA CONVENIO CON CLUB BELGRANO POR ESPACIO, BECAS Y ADSCRIPCION DE AGENTES MARTIN FERNANDO LOBOS Y DE LUCAS DE GODOS
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
'''Año del Centenario de la Municipalidad de Esquel",
"Año del cuadragésimo aniversario de vigencia ininterrumpida de la Democracia (1983-2023)",
"Año del vigésimo aniversario de la Consulta Popular por el "NO A LA MINA"..
ORDENANZA N° 67 /2023
TEMA: RATIFICACIÓN CONVENIO CON CLUB BELGRANO
VISTO: El Convenio suscripto entre la Municipalidad de Esquel y el Club Social Cultural
y Deportivo Belgrano (Expte. 10/22) y;
CONSIDERANDO:
Que, el convenio mencionado en el Visto, tiene como finalidad la Adscripción al Club
Social, Cultural y Deportivo Belgrano, del agente Municipal, Lobos Fernando Martin
dependiente de la Secretaria de Deportes, quien se desempeña en el Club como
entrenador, y del agente De Godos Lucas Daniel, quien se desempeñará en tareas de
coordinación y administrativas
Que, las partes manifiestan que por el presente pretenden satisfacer intereses
comunes.
Que, como contraprestación el Club Belgrano ofrece 25 becas deportivas para la
incorporación de niños en las diferentes prácticas deportivas, y pone a disposición del
Municipio, previa coordinación con la Institución, 8 horas mensuales, no acumulativas
de la cancha sintetica tutbol 11, en horario 09:00 a 13:00 hs de lunes a viernes,
coordinado por la Secretaria de Deportes y Recreación con 15 días de anticipación
Que, el presente convenio tendrá vigencia a partir del 01 de enero del 2023, venciendo
indefectiblemente el día 31 de diciembre del 2023, sin necesidad de notificación alguna.
Que, el mismo fue estudiado por la Comisión de Asuntos Legales y emite despacho
favorable.
Que, en consecuencia, corresponde ratificar el convenio suscripto entre la
Municipalidad de Esquel y el Club Social, Cultural y Deportivo Belgrano.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente:
ORDENANZA
ART.1°: RATIFÍCASE
sus términos el convenio suscripto entre la
Municipalidad de Esquel y Club Social, Cultural y Deportivo Belgrano con fecha 21 de
abril de 2023, que tiene como finalidad la adscripción a dicho Club del Agente Municipal
Lobos Fernando Martin, DNI: 24 584 819 y del Agente De Godos Lucas Daniel DNI 32
142.578, el cual se adjunta a la presente con Anexo /
ART.2°: Registrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal y cumplido, Archívese.
Esquel, 29 de mayo de 2023.-
cocu
Lig Lorena Andersor
Secretaria Legislativa alc
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
lando filt
"Presidente
d. Concejo Deliberan
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 6º Sesión Ordinaria del 2023, bajo Acta
N° 15/2023, registrada como Ordenanza N° 67/2023
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese,
dese al Boletín
Municipal y cumplido, archívese
SECRETARIA DE GOBIERNO: 02 de Junio
de 2023.
Lic. Sanchez Uribe Mariela
Secretaria de Gobierno
Arg. SER
) ONGARATO
Intendente
FOLIO
Leiva
gal
e Esquel
ANEXO
I
ORD. N°.
67/23
PROVINCIA DEL CHUBUT
D.G.R.
IMPUESTO DE SELLOS
EXENCION SUDJETIVA
TICKET NE
21702945-01
FECHA PERF.3
22/04/2025
CONVENIO
FECHA PRESENT.: 21/04/2023
IMPORTE:
FIRMA:
EXENT2
Entre LA MUNICIPALIDAD DE ESQUEL, representada en este acto por el Sr.
Intendente Municipal, Arq. Sergio ONGARATO, con domicilio
Bartolomé Mitre N° 524 de Esquel, en adelante "LA MUNICIPALIDAD"
› por una
parte, y por la otra, el CLUB SOCIAL CULTURAL Y DEPORTIVO BELGRANO,
CUIT 30-67035191-9, representado por su Presidente, Sr. Sergio Raúl GALINDO,
DNI. N° 20.239.151, con domicilio legal en calle Alsina N° 363 de Esquel, en adelante
"EL CLUB", convienen en celebrar el
presente convenio, sujeto a las siguientes
cláusulas y condiciones:
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD otorgará, una vez ratificado el presente Convenio
por el Honorable Concejo Deliberante de nuestra ciudad, la adscripción del Profesor de
Direcclón General de Rentas
FECEPTORIA NºS - ESQUEL
Provincia dei Chubut
Omar W. Fernandez
Ed. Física Fernando Martin LOBOS, DNI: 24.584.819, quien se desempeñará en EL
CLUB como entrenador, debiendo cumplir las 18 horas cátedras, en días y horarios que
EL CLUB disponga; y del agente Lucas Daniel DE GODOS, DNI: 32.142.578 quien se
desempeñará en tareas de coordinación y administrativas, garantizando que el agente
cumpla treinta y seis horas (36 horas) semanales de lunes a viernes en horario diurno
entre las 06:00 a 21:00 horas, comunicando EL CLUB la asistencia,
de ambos
adscriptos, a mes vencido a la Dirección de Recursos Humanos de la Municipalidad.----
En caso de que los agentes deban realizar horas extras o trabajar en días feriados o fines
de semana, como consecuencia de las actividades aquí pactadas, las mismas serán
abonadas exclusivamente por EL CLUB, quedando expresamente acordado entre las
partes que LA MUNICIPALIDAD no abonará horas extras, viáticos ni adicionales
algunos.----
SEGUNDA: EL CLUB otoiga a LA MUNICIPALIDAD y ésta acepta, veinticinco
(25) besa depora del ra la ine para don de sicote nitas menoscipe 18 aguien la
práctica deportiva del club en las distintas categorías y
disciplinas
disponibilidad de cupos.-.-
Asimismo EL CLUB se compromete a poner a disposición de LA MUNICIPALIDAD
ocho (8) horas mensuales, no acumulativas, de uso de la cancha sintética fútbol 11, en el
horario de 9 a 13 hs., de lunes a viernes; las que deberán ser solicitadas por la Secretaria
de Deportes y Recreación de LA MUNICIPALIDAD con al menos 15 días de
anticipación.-
TERCERA: LA MUNICIPALIDAD en ningún
responsable por
indemnización de daño material, físico o moral que pueda ocasionarse a alguno de los
beneficiarios de las becas, mientras se encuentren realizando las actividades deportivas
en instalaciones de EL CLUB.-
CUARTA: El presente convenio tendrá vigencia de doce (12) meses, contados desde el
01 de Enero de 2023, venciendo indefectiblemente el 31 de Diciembre de 2023, sin
necesidad de notificación judicial o extrajudicial alguna entre las partes.---
QUINTA: El incumplimiento por parte de EL CLUB de cualquiera de las obligaciones
contraídas por en el presente convenio, facultará a LA MUNICIPALIDAD a rescindir el
mismo y a iniciar las acciones judiciales que correspondan.--
SEXTA: Para todos los efectos legales del presente las partes se someten a la
jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Circunscripción Judicial del Noroeste del
Chubut, con asiento en la ciudad de Esquel, renunciando expresamente a cualquier otro
fuero que pudiera corresponder y fijando sus domicilios especiales en los indicados
precedentemente, donde serán válidas todas las comunicaciones y/o notificaciones que
se cursen.--
De conformidad ambas partes firman tres (3) ejemplares de igual tenor y a un solo
efecto, en la ciudad de Esquel, a los 21 días del mes de Abril de 2023
4rg. 58
municipalidad de Esquel
GALINDO SERGIO RAUL
Presidente C.S.C y D. Belgrano
Esquel - Chubut