Ordenanza Municipal N° 74/2023/2023
DEROGA ORD. 121/88 Y 237/13- ACTUALIZA MONTO POR NACIMIENTO O ADOPCION DE HIJO- (MODIFICADA POR ORD. 181/2023)
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD
H. Concejo Deliberante
De Esquel
'''Año del Centenario de la Municipalidad de Esquel",
"Año del cuadragésimo aniversario de vigencia ininterrumpida de la Democracia (1983-2023)",
"Año del vigésimo aniversario de la Consulta Popular por el "NO A LA MINÁ".
ORDENANZA N° 74/2023
TEMA: ACTUALIZACIÓN BONIFICACIÓN POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN DE HIJO
VISTO: La Ordenanza N° 237/13 (Expte. 146/12) y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ordenanza citada se abona una bonificación a todos los Agentes
Municipales que acrediten nacimiento o adopción de un hijo, consistente en una suma fija
de pesos cinco mil cincuenta y cinco con cincuenta y nueve centavos ($ 5.055,59);
Que, mediante la Ordenanza N°270/2018, la Municipalidad de Esquel adhirió a la Ley I
N°633 (Digesto Jurídico Chubut) de Asignaciones familiares con el objeto de mantener la
uniformidad en la liquidación de las asignaciones de los empleados de dicha repartición con
el resto del Estado Provincial y establecer la actualización anual de los importes de las
asignaciones familiares a partir del 1° de febrero de cada año, de acuerdo a la variación del
indice de precios al consumidor Región Patagónica (IPC Región Patagónica) publicado por
el INDEC, tomando como base el índice correspondiente al mes de enero del año
inmediato anterior y el del mes de enero del año en curso.
Que, es conveniente adoptar el mismo criterio de actualización que refiere el Art. 3 de Ley l
N°633 de Asignaciones familiares para liquidar la bonificación por nacimiento o adopción
de un hijo.
Que, la presente medida se adopta en virtud de que las Ordenanzas N° 121/1988 y N°
237/2013 han quedado desactualizadas ante un pronunciado contexto inflacionario de la
economia nacional.
Que, es necesario derogar las Ordenanzas números: 121/1988 ? N°237/2013.
Que, en consecuencia corresponde dictar la norma legal correspondiente.
POR ELLO:EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL,
en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente:
ORDENANZA
ART.1°: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a abonar, en carácter de Bonificación
por nacimiento o adopción, la suma de Pesos Veinticinco Mil Noventa y Cinco ($
25.095,00), a todo Agente Municipal que acredite ante el Departamento de Administración
de Personal, el nacimiento o adopción de un hijo.
ART.2°: ESTABLEZCASE la actualización anual del importe indicado en el Art. 1º de la
presente norma, a partir del 1 de Febrero de cada año, de acuerdo a la variación del índice
de precios al consumidor Región Patagónica (IPC Región Patagónica) publicado por el
INDEC, tomando como base la variación del índice correspondiente al mes de enero del
año en curso respecto del índice de enero del año inmediato anterior.
ART. 3º: AUTORÍZASE, el redondeo de los valores en centavos, al entero inmediato
superior.
ART. 4°: DEROGUENSE, las Ordenanzas N° 121/1988 y N° 237/2013.
ART. 5°: Regístrese, comuníquese y cumplido, Archívese.
Esquel, 29 de mayo de 2023.
laur
Ic. Lorena Anderson
Secretaria Legislativa afc
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Presidente
H/ Concejo Deliberam
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 6º Sesión Ordinaria del 2023, bajo Acta N°
15/2023, registrada como Ordenanza N°74 /2023.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín Municipal y
cumplido, archivese
SECRETARIA DE GOBIERNO: 02 de Junde 2023.
c. Sanchez Uribe Marlel
Secretaria de Gobiern
Municipalidad de Esquel
Arq. SERGIO ONGARATO
intendente
Municipalidad de Esquel