Ordenanza Municipal N° 88/2023/2023
RATIFICA CONVENIO CON SECRETARIA DE ENERGIA DE NACION EN EL MARCO DE LA EXTENSION DE RED DE GAS DE VALLE CHICO
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HeD.
H. Concejo Deliberante
de Esquel
"Año del Centenario de la Municipalidad de Esquel",
"Año del cuadragésimo aniversario de vigencia ininterrumpida de la Democracia (1983-2023)",
"Año del vigésimo aniversario de la Consulta Popular por el "NO A LA MINA"..
ORDENANZA N° 88/23
TEMA: RATIFICACIÓN CONVENIO
VISTO: El Convenio marco de extensión de red de gas de Valle Chico, suscripto entre la
Secretaria de Energía del Ministerio de Economía de la Nación y la Municipalidad de Esquel
(Expte. 89/23) y
CONSIDERANDO:
Que, el Convenio mencionado en el Visto tiene como finalidad dar continuidad a las
inversiones en infraestructura gasífera en la ciudad de Esquel, con el objetivo de incrementar
y ampliar la producción económica, generar fuentes de empleo y mejorar la calidad de vida
de la población.
Que, es necesario articular estrategias de acción en conjunto entre los organismos públicos
nacionales, provinciales y municipales junto al sector privado.
Que, la mencionada obra del visto, permitirá ampliar la cobertura territorial del servicio de gas
natural, asegurando el abastecimiento de setecientos once (711) conexiones en forma
directa y quinientas (500) en forma indirecta, beneficiando a más de dos mil setecientos
vecinos (2.700), en toda la zona denominada Valle Chico.
Que, la misma será de vital importancia, ya que cubrirá las necesidades de abastecimiento
de los vecinos y comerciantes de la zona generando las condiciones necesariasi para el
crecimiento y desarrollo económico.
Que, la Secretaria de Energía se compromete a otorgar la asistencia financiera para la
ejecución de la obra por un monto de Pesos Cuatrocientos veintiún millones quinientos
cincuenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y dos ($421.559.452.-) con impuestos
incluidos.
Que, la Municipalidad de Esquel, se compromete a la ejecución y culminación de la
mencionada obra y a la rendición de los fondos transferidos por parte de la Secreti ia de
Energía y, en caso de ser necesario, aportar por sí o por terceros las sumas necesaria ; para
la culminación de la obra.
Que, el plazo establecido para la misma es de doce (12) meses contados a partir de li fecha
de la firma del Acta de Inicio de obra.
H. Concejo Deliberante
de Esquel
"Año del Centenario de la Municipalidad de Esquel",
"Año del cuadragésimo aniversario de vigencia ininterrumpida de la Democracia (1983-2023)",
"Año del vigésimo aniversario de la Consulta Popular por el "NO A LA MINA"..
Que, la Comisión de Asuntos Legales del HCD, decide emitir despacho favorable y proceder
a su ratificación.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en
uso de las atribuciones y facultades que le confiere la Ley XV N° 46 sanciona la presente
ORDENANZA
ART.1°: RATIFICASE en todos sus términos el Convenio Marco de Extensión de Red de Gas
de Valle Chico suscripto entre la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía de la
Nación y la Municipalidad de Esquel, de fecha 9 de mayo del corriente año, el cual se adjunta
como Anexo I de la presente.
ART.2°: Registrese, comuníquese, y cumplido, archívese.-
Esquel, 23 de junio de 2023.
Dr. Mariano Palma
Secretario Legislatico
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 8° Sesión Ordinaria del 2023, bajo Acta N° 17
12023, registrada como Ordenanza N° 88/2023.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín Municipal y
cumplido, archivese.
SECRETARIA DE GOBIERNO: 27 de Junio de 2023.
me wartela
Secretaria de Gobierno
Municipalidad do Esquel
Antendente
Municipalidad de Esquel
FOLIO
N'.1
CONVENIO MARCO EXTENSIÓN DE RED DE GAS DE VALLE CHICO
MUNICIPALIDAD DE ESQUEL, PROVINCIA DEL CHUBUT
Dr. Mariano Palma
Secretario Legislatiy
4. Concelo Deliberarfetre la SECRETARIA DE ENFRCIA del MINISTERIO DE ECONOMÍA cor
Ciudad de Esqueldomicilio legal en la Avenida Paseo Colón N° 171, Piso 6°, Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, representada en este acto por la Secretaria de Energía, Ingeniera
Flavia Gabriela ROYÓN (M.I, N° 25.218.237), en adelante la SECRETARÍA, por
una parte, y por la otra parte, la Municipalidad de Esquel, con domicilio legal en
la calle Bartolomé Mitre N° 524, Esquel, Provincia del CHUBUT, representada
en este acto por el Intendente, Arquitecto Sergio ONGARATO (M.I. 16.872.251),
en adelante la MUNICIPALIDAD, ambas denominadas de forma conjunta como
las PARTES, acuerdan en celebrar el presente CONVENIO MARCO
EXTENSIÓN DE RED DE GAS DE VALLE CHICO - MUNICIPALIDAD DE
DE VAL CHO
ESQUEL, PROVINCIA DEL CHUBUT en virtud de las consideraciones que se
exponen a continuación;
CONSIDERACIONES PRELIMINARES
Que es un objetivo común de las PARTES dar continuidad a las inversiones en
infraestructura gasifera en la MUNICIPALIDAD, que permitan afianzar su
desarrollo integral, combinando crecimiento económico con equidad social y
equílibrio territorial, para lo cual se busca incrementar y ampliar la producción
económica, generar condiciones para la creación de empleo, y promover la
mejora en la calidad de vida de la población, reivindicar a los municipios y a las
provincias que integran, como forjadoras del modelo federal en la conformación
del Estado Argentino.
Que para ello resulta necesario articular esfuerzos en el marco de una estrategia
de acción conjunta entre los Organismos Públicos Nacionales, Provinciales ?
Municipales y el sector privado involucrado.
Que, en virtud de ello y al objetivo común planteado, las PARTES consideran
necesario continuar
desarrollando la infraestructura gasífera en la
MUNICIPALIDAD a través de la obra denominada "EXTENSIÓN DE RED DE
GAS DE VALLE CHICO - MUNICIPALIDAD DE ESQUEL, PROVINCIA DEL
CHUBUT", en adelante la OBRA.
Que la OBRA permitirá ampliar la cobertura territorial del servicio de gas natural
de la MUNICIPALIDAD, asegurando el abastecimiento de SETECIENTAS ONCE
(711) conexiones en forma directa y QUINIENTAS (500) conexiones en forma
indirecta, con aproximadamente DOS MIL SETECIENTOS (2.700) beneficiarios.
er
Escaneado con CamScanner
Que, el plazo establecido para la misma es de doce (12) meses contados a partir del fecha
de la firma del Acta de Inicio de obra.