Ordenanza Municipal N° 100/2023/2023
READECUACION DE PARTIDAS EN PROGRAMA DESARROLLO MEJORAMIENTO HABITACIONAL E INFRAESTRUCTURA BASICA (ORDENANZA 20/17 )
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HC]
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del Centenario de la Municipalidad de Esquel",
"Año del cuadragésimo aniversario de vigencia ininterrumpida de la Democracia (1983-2023)",
"Año del vigésimo aniversario de la Consulta Popular por el "NO A LA MINA".
ORDENANZA N° 100/2023
TEMA: MODIFICACION PARTIDAS SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL
VISTO: La necesidad de realizar refacciones y ampliaciones de viviendas precarias de
algunos vecinos de la ciudad (Expte. 139/23) y,
CONSIDERANDO:
Que, de manera permanente se reciben solicitudes por parte de los vecinos en situación de
vulnerabilidad para la reparación de sus viviendas.
Que, la Municipalidad de Esquel
está desarrollando el programa de Mejoramiento
Habitacional e Infraestructura Básica, otorgado por el Gobierno Nacional en el año 2018, a
través de préstamos a vecinos de la ciudad.
Que, a través de la ordenanza nro. 20/17 se ratifica en todos sus términos el convenio entre
el Ministerio del Interior, Obras Públicas y Viviendas y la Municipalidad de Esquel, dando
origen a la partida Desarrollo Mejoramiento Habitacional e Infraestructura Básica.
Que, a través de las distintas comunicaciones entre la Municipalidad de Esquel y la
Secretaria de Vivienda dependiente del Ministerio del Interior mencionado anteriormente,
surge que el programa se desarrollara con recupero de fondos.
Que, a su vez existe una demanda de mejoramiento de viviendas de familias en situación de
vulnerabilidad que no reúnen las condiciones del programa del considerando anterior.
Que, a través del presente proyecto, se propone el otorgamiento de materiales impulsado por
el municipio contemplando el mejoramiento habitacional y condiciones de seguridad.
Que, se brindará un acompañamiento y asesoramiento técnico durante la ejecución de las
obras.
Que, existe dentro del Presupuesto de la Secretaria de Desarrollo Social la partida 2-4-2-2-1-
1 "Mejoramiento de Viviendas Precarias" destinada a los fines de los considerandos
anteriores.
Que, en este momento esta partida se encuentra ejecutada en un 81% siendo su saldo
insuficiente para cubrir los requerimientos de los vecinos que hay en la Secretaria de
Desarrollo Social.
Que, el programa Desarrollo de Mejoramiento Habitacional e Infraestructura Básica ya fue
ejecutado en su totalidad, siendo el saldo actual de la partida el resultado del recupero de los
préstamos otorgados por el programa, aportado por los vecinos beneficiarios del mismo.
Que, hay fondos suficientes y disponibles en la partida de Desarrollo Mejoramiento
Habitacional e Infraestructura Básica.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
'Año del Centenario de la Municipalidad de Esquel",
"Año del cuadragésimo aniversario de vigencia ininterrumpida de la Democracia (1983-2023)",
"Año del vigésimo aniversario de la Consulta Popular por el "NO A LA MINA".
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en
uso de las atribuciones y facultades que le confiere la Ley XVI, N° 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
ART.1°: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a disponer hasta la suma de PESOS
DOCE MILLONES ($12.000.000) correspondiente al recupero de los créditos otorgados en el
marco del Programa Desarrollo Mejoramiento Habitacional e Infraestructura Básica.-
ART. 2°: FACULTESE al Departamento Ejecutivo a desafectar de la partida presupuestaria
2-4-2-4-1-1 Desarrollo Mejoramiento Habitacional e Infraestructura Básica, hasta la suma de
PESOS DOCE MILLONES ($12.000.000) y afectarlos a la partida presupuestaria 2-4-2-2-1-1
Mejoramiento de Viviendas Precarias.
ART. 3°: Regístrese, comuníquese, y cumplido, archívese.-
Esquel, 21 de Julio de 2023
Dr. Mariano Palma
Secretario Legislativo
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Rubén Álvarez
Vicepresidente
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 6º Sesión Extraordinaria del 2023, bajo Acta N°
19/2023, registrada como Ordenanza N°100/2023
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín Municipal y
cumplido, archívese
SECRETARIA DE GOBIERNO: 2S de julio de 2023.
Antenden
Mufficipalidad de Esquel